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Participaciones del usuario Enasua - Fiscalidad

Enasua 25/06/24 18:55
Ha respondido al tema 100€ madre trabajadora - Deducción por maternidad
Lo que dice la Ley es que son compatibles si SE TENÍA DERECHO a ambas, por el mismo descendiente, en 2022; por tanto: revisa el documento que te darían en Seguridad Social cuando te concedieron la ayuda a la infancia; ahí debe poner desde qué fecha se te concede (es decir: desde qué fecha tienes derecho a esa ayuda). Independientemente de que te empezaran a pagar en 2023, si se te concedió desde 2022 (y te pagaron de forma retroactiva), tienes derecho a cobrar, a partir del 01-01-2023, la deducción y maternidad (y, en su caso, su complemento en gastos de custodia); pero, si se te concedió con fecha 2023, dará igual la fecha de solicitud: no tendrás derecho a la deducción.
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Enasua 25/06/24 18:44
Ha respondido al tema Deducción por alquiler de vivienda habitual
No sé yo eso de la retroactividad ... Es decir: un arrendamiento de vivienda habitual, el que da derecho a la reducción, no sólo depende del tiempo de estancia del inquilino en el inmueble, sino que también hay una serie de derechos (como el de adquisición preferente en caso de que transmitas el inmueble, o el de que su cónyuge o hijos continúen el contrato de alquiler, en las mismas condiciones económicas y de duración, en caso de fallecimiento del inquilino) que la persona que arrienda tu propiedad no ha tenido hasta ahora. Pero, por intentarlo, que no quede: haz un nuevo contrato, con fecha 01-01-2023; que se rija por el artículo 2 de la LAU. Se lo das a firmar al inquilino, a ver si no le importa. Y lo llevas (con la mensualidad  de la fianza) al Organismo autonómico que lleve el tema de las fianzas en tu CCAA; seguramente tengas que pagar un recargo por depositar tarde la fianza de un contrato "de hace año y medio", pero seguro que es menos que lo que te ahorras en impuestos.
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Enasua 25/06/24 18:33
Ha respondido al tema Error deducción alquiler, no sé cómo proceder - Declaración complementaria
En lugar de presentar la complementaria calculada, haz tú tu propia declaración correcta (entras en "modificar declaración"), quitando una deducción y añadiendo la otra; comprueba el resultado: puede ser complementaria (si el resultado es peor que el de la primera renta) o rectificación (si el resultado es mejor). Cuando ya sepas el resultado, pones el resto de datos.
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Enasua 22/06/24 12:55
Ha respondido al tema Deducción por alquiler de vivienda habitual
Ellos la llaman carta; pero claro que ya no lo es, lo del correo postal ya es cosa del pasado.No; si no la haces, la tuya va a quedarse parada hasta que un funcionario la revise; y, si está bien, te devolverán lo que pediste. Si está mal, pues entonces no podrás evitar la sanción, porque ya te dieron la oportunidad para arreglarlo y no lo hiciste.Ha salido en todas las noticias, mira, por ejemplo, en esta:https://www.20minutos.es/noticia/5458479/0/hacienda-envia-cartas-contribuyentes-alertar-posibles-errores-declaracion-renta/
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Enasua 21/06/24 18:26
Ha respondido al tema Renta 2023 Caos total
No entiendo porqué tienes estas dudas ahora, si la transmisión la tuvisteis que declarar el año pasado, en la renta de 2022...El caso es que no hay "vacío legal" alguno: para aplicar la exención por reinversión, la vivienda transmitida tenía que haber sido vuestra vivienda habitual bajo el régimen de propiedad durante, al menos, tres años. Hay muchas resoluciones de la Dirección General de Tributos al respecto.Pero la idea que te ha dado Rucko es muy buena: si podéis demostrar que llevabais tiempo en paro, o con contratos muy eventuales, y que os trasladasteis porque os habían ofrecido un trabajo mejor o más estable, no habrá problema para aplicar la exención.Si no es así, no hay posibilidades de "impugnar" de ninguna manera el pago de impuestos; solo podríais fraccionar la deuda e ir pagándola poco a poco.
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Enasua 21/06/24 18:15
Ha respondido al tema Renta padres sin custodia
No tiene que indicar ningún dato de sus hijos en la parte de datos personales.Sólo tiene que poner las anualidades por alimentos.
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Enasua 21/06/24 18:14
Ha respondido al tema Deducción por alquiler de vivienda habitual
Nada. Esa carta se ha enviado porque el programa informático de la Agencia no ha detectado que declararas ese alquiler con el DNI del arrendador en 2014; quizá no hiciste ese año declaración, por no estar obligado, o sí, pero tenías ingresos bajos y la deducción no aplicó. El caso es que la carta se envía automáticamente, son que ninguna persona haya revisado tu caso, y de ahí que sea errónea: si tú ya estabas en ese alquiler desde antes de 2015, y tuviste derecho a aplicar la deducción en algún ejercicio anterior a ese año, lo tienes bien declarado y no tienes que hacer caso a la comunicación, no hacer complementaria.Esas cartas se han mandado porque hubo sentencias judiciales en las que se decía que no deberían imponerse sanciones a los contribuyentes por cometer errores involuntarios en sus declaraciones; para que eso no ocurra, cuando el programa informático detecta algo que considera que se puede haber aplicado por error, y no por deseo expreso de ponerlo, aunque sea improcedente, se os está mandando esto para que veáis si lo tenéis bien y, si no, para sugeriros que lo arregléis antes del final de campaña, evitando sanciones.Otra cosa: hablas de que aplicas, en tu renta, "la pensión de alimentos" de tus hijos. Asegúrate de que lo estás declarando como anualidades por alimentos a favor de descendientes, y no como pensión compensatoria, porque eso sí que da lugar a sanciones, y, este año, al haber recibido esa carta, te van a revisar la renta de todas-todas.
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Enasua 20/06/24 14:25
Ha respondido al tema Fiscalidad rendimientos profesionales
Pon sólo las retenciones que efectivamente se hayan practicado. Y la totalidad de los rendimientos. Como si fueran facturas a particulares. Porque, otra cosa, no cuadraría con lo que conste en el 347 y ahí es donde se fijan.
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Enasua 20/06/24 13:29
Ha respondido al tema Fiscalidad rendimientos profesionales
Sin duda, poner la realidad. En el tema de las retenciones, la AEAT no pasa una. Si tú dices que te han retenido 2.000 porque eso es lo que han informado las empresas con las que has trabajado, pero, en la cuenta del Tesoro, sólo constan ingresados 1.000, inmediatamente van a preguntar dónde están los otros 1.000. No sé si el culpable de este descuadre eres tú, por hacer facturas sin indicar retenciones, o las empresas, por no ingresarlas, pero el que sea tendrá, con total seguridad, un procedimiento de comprobación limitada y una sanción antes de que prescriba el impuesto.
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Enasua 20/06/24 13:23
Ha respondido al tema 100€ madre trabajadora - Deducción por maternidad
Seguridad Social no pregunta a Hacienda si tu hermana cobra la deducción por maternidad cuando tramita su ayuda; es tu hermana quien la ha pedido y, para ello, se supone que ha leído las condiciones. Y Hacienda le concedió el derecho a cobrar anticipadamente la deducción porque, cuando la pidió, cumplía los requisitos; si, luego, dejó de cumplirlos al concedérsele la ayuda a la infancia, es tu hermana quien debió decirlo para que dejaran de pagarle. Si, en lugar de ello, ha esperado a que sea la Administración quien tenga que revisar su expediente, mandarle carta preguntando si sigue o no teniendo el derecho, esperar la respuesta y, finalmente, dejar de pagarle la deducción improcedente, debería dar gracias de que sólo le pidan que devuelva lo cobrado de más, y no la multen por el trabajo causado.
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