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Participaciones del usuario Enasua - Fiscalidad

Enasua 27/06/25 06:20
Ha respondido al tema Cuenta que no admite domiciliaciones en primer pago de IRPF, cómo rectificar el error antes del 30 de Junio?
Pide cita para recaudación en cualquier oficina de la AEAT para el día 30. Que te den una carta de pago de la cantidad que, por la mañana, no se haya podido cobrar de la domiciliación errónea y la llevas a pagar al banco ese mismo día. Quédate el justificante, porque va a salir automáticamente un recargo al hacerse el intento fallido, y, cuando te llegue, podrás demostrar que pagaste en plazo. 
Enasua 26/06/25 12:24
Ha respondido al tema Deducción por ascendiente con discapacidad
Lerolero, si tu hija sí trabaja por cuenta ajena, aunque sea a media jornada, entonces sí tiene derecho a la deducción, con el máximo de las cotizaciones que tenga por ese concepto. Dile a quien te ha escrito eso que  transcribes después que no hay jurisprudencia que avale un cambio legislativo a fecha actual: que algunas resoluciones de algunos TEAR permitan aplicar esa deducción, e, incluso (que no lo sé, porque Bacalo no ha hablado de ello y yo no lo he buscado), que algún TSJ haya sentenciado a favor de ello, no vincula a la AEAT. La jurisprudencia sólo la crea el Tribunal Supremo y, de momento, no hay nada al respecto.Los Órganos de Gestión e Inspección Tributaria tienen la obligación de seguir el criterio marcado por la Dirección General de Tributos y, a fecha actual, dicho criterio es que las personas en situación asimilada al alta no tienen derecho a las deducciones familiares del IRPF.En consecuencia, quien la aplique tiene que saber que le van a quitar la deducción en una liquidación, que puede que también le pongan una sanción, y que le desestimarán el recurso de reposición que pueda interponer. Después tendrá que interponer una REA y, si se la estiman, le devolverán el resultado de la liquidación y el importe de la sanción y le darán intereses de demora. Y, si no, deberá acudir a los Tribunales.
Enasua 25/06/25 19:25
Ha respondido al tema Deducción por ascendiente con discapacidad
Me alegro por las que lo han conseguido. A ver si pronto llega criterio del Supremo porque, mientras tanto, el grueso de este colectivo seguirá sin la deducción: conseguirla requiere tiempo (los TEAR tardan un par de años en resolver) y las resoluciones positivas son minoritarias.
Enasua 25/06/25 17:36
Ha respondido al tema Deducción por ascendiente con discapacidad
Si tu hija (copio del enlace que pusiste tú): no realiza una actividad por cuenta propia o ajena por la cual esté dada de alta en la Seguridad Social o Mutualidad, no percibe prestaciones contributivas y asistenciales del sistema de protección del desempleo, no percibe pensiones abonadas por la Seguridad Social o por Clases Pasivas ni es una profesional no integrada en el RETA  que perciba, de las mutualidades de previsión alternativas, prestaciones análogas a las anteriores, no tiene derecho a aplicar la deducción. En el caso de la persona que abrió el hilo, no está de alta como trabajadora, sino únicamente "en situación asimilada al alta" como cuidadora no profesional en virtud de la Ley de Dependencia. Y, ese tipo de situaciones"asimiladas" no dan derecho a practicar esas deducciones familiares.
Enasua 25/06/25 11:07
Ha respondido al tema Deducción por ascendiente con discapacidad
No, no lo tiene: pregunta del INFORMA 138272, Consultas Vinculantes de la DGT V 1676 de 2016 y V 1688 de 2020.
Enasua 24/06/25 19:56
Ha respondido al tema Fecha adquisición vivienda heredada alquilada
Si no viene en los datos fiscales es que Catastro no ha pasado la información de esa propiedad a la AEAT y, entonces, no saben que es tuya.  ¿Perjudica "aflorar" una propiedad? Pues sí, porque hay que pagar impuestos. Pero también beneficia hacerlo antes de que se enteren por otro lado, por aquello de las sanciones.
Enasua 24/06/25 14:50
Ha respondido al tema Gastos por la compra de un terreno
El comprador podrá incluir esos gastos para calcular el valor de adquisición cuando venda.Actualmente no existen deducciones por compra de terrenos, ni por los gastos incurridos.
Enasua 24/06/25 14:46
Ha respondido al tema Amortizaciones para calcular ganancia patrimonial por venta de vivienda
Aunque no lo hayas deducido, hay que aplicar la amortización por el tiempo en que haya estado alquilado para calcular el valor de adquisición del inmueble.Es probable que te hayan aplicado la amortización de todo el año porque tú pusieras en tu autoliquidación que estuvo arrendado todo el año: comprueba si consta que sólo lo estuvo 60 días y que aplicaste imputación inmobiliaria por el resto del año. Si es así, alega que sólo corresponde la amortización por 2 meses; si pusiste que estuvo arrendado todo el año para ahorrarte la imputación inmobiliaria, será más difícil justificar que, en realidad, no fue así: apórtales los contratos y los documentos de finalización de los mismos, y diles que sólo fueron 2 meses, a ver si se lo creen.No cuenta lo que tú hayas declarado de amortización, sino la que corresponde realmente. Si, cuando la aplicaste como gasto, pusiste un valor de adquisición más alto que el real, pues te aplicaste un gasto superior al que corresponde; esos años han prescrito y no pueden liquidarte.El plazo de prescripción se interrumpió el día que te notificaron el inicio del procedimiento de comprobación (cuando te mandaran el requerimiento ése al que dices que contestaste "mandando documentos electrónicamente").Ir a la oficina no te soluciona nada: quien te va a atender no es quien está haciendo la comprobación; sólo vale para resolver dudas, y eso ya lo estás haciendo aquí. Pero hay a quien le gusta comentar el expediente con el auxiliar del mostrador, que te mandará a Registro a que entregues tus alegaciones. Ya decides tú el tiempo que tienes y en qué quieres emplearlo.
Enasua 23/06/25 15:36
Ha respondido al tema Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda
¡Y los intereses de esos meses!
Enasua 23/06/25 15:22
Ha respondido al tema Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda
En ese acuerdo de pago que firmaste aceptaste que, cualquier crédito de la AEAT a tu favor, se utilizará para reducir la deuda. Si tú le prestas dinero a alguien y él te lo devuelve a plazos, y, de pronto, tú tienes que hacerle un pago a él, lo normal es que compenses la deuda con el crédito; sería raro que tú tuvieras que descapitalizarte para darle el dinero a él mientras él te sigue debiendo a ti.