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Participaciones del usuario Enasua - Fiscalidad

Enasua 11/06/25 03:45
Ha respondido al tema Deducción por la reducción de la demanda de calefacción. Renta 2024
Eso es.
Enasua 10/06/25 20:43
Ha respondido al tema Deducción por la reducción de la demanda de calefacción. Renta 2024
De los certificados de eficiencia energética. Para tener derecho a estas deducciones necesitas haber obtenido un certificado anterior al inicio de la obra (2 años antes como máximo) y, otro, posterior a la finalización de la misma. Esos certificados tienen que haberse inscrito en la Comunidad Autónoma (para evitar picarescas, que ya se han dado, de personas que no habían obtenido el anterior y piden al certificador que haga uno con fecha pasada).
Enasua 10/06/25 11:46
Ha respondido al tema Declaración Renta 2024
Gestión ha liberado tu devolución; pero Recaudación está comprobando si tiene que aplicarse para compensar alguna deuda.
Enasua 06/06/25 18:42
Ha respondido al tema Se confunden en hacienda ¿QUÉ HAGO?
Creo que deberías acudir de nuevo a la oficina y pedir hablar con el coordinador. Dile que hiciste ayer la declaración allí y que el operador incluyó a tu madre como ascendiente, creyendo que RentaWeb no lo admitiría en caso de no cumplirse los requisitos. Pide que te presenten una rectificativa eliminándola. En la Plataforma de Renta de la AEAT no "confeccionan" declaraciones, sino que, el servicio que prestan, es el de "presentación" con los datos que tú quieras. Así que, si lo dejas así, te vas a comer una sanción por hacer mal la declaración y, aunque digas que la presentaste en la Plataforma, te van a contestar que, la responsable de poner los datos correctos, eres tú. Arréglalo antes de final de plazo voluntario. Y yo, además, pondría una queja contra el operador, porque no puede ser que desconozcan el funcionamiento de su programa y cometan esos errores.
Enasua 06/06/25 12:07
Ha respondido al tema Plusvalía municipal venta de bajo de 1988
Entonces, poco que hacer: adjudicaos la herencia con los valores del ISD y vended de acuerdo a vuestros porcentajes de participación. 
Enasua 05/06/25 20:45
Ha respondido al tema Indemnización cese trabajador
1) No: se lo han pagado sin retención. Si, ahora, ingresaran las retenciones en el Tesoro, tendrían que pedirle que las pagara él. Tendrá que declararlo íntegro y pagar esas "retenciones" no soportadas antes.2) Yo creo que sí.
Enasua 05/06/25 18:31
Ha respondido al tema Plusvalía municipal venta de bajo de 1988
El bajo no se puede vender hasta que no se adjudique la herencia de tu madre.La manera más conveniente sería que tu padre se quedara la totalidad del inmueble en concepto de disolución de la comunidad conyugal, quedándoos los hijos con otros bienes para compensar.Y eso porque, en ese caso, tu padre vendería el total, pagando sólo una plusvalía municipal, por 20 años, mientras que, si los hijos os hacéis dueños, habrá dos plusvalías: la de la herencia (por los 4 años en que tu madre fue propietaria) y la de la venta (por 20 años). Si se adjudica tu padre el inmueble por la disolución de la sociedad conyugal, en IRPF el valor de adquisición será el de la escritura de adquisición de 1998, que no va a ser muy inferior al valor de mercado a fecha de fallecimiento de tu madre de 1992, pero podrá aplicar los coeficientes de abatimiento sobre 6 años; si os adjudicais los hijos el 50% de tu madre, ya te digo que, el valor de mercado a fecha de fallecimiento no va a ser mucho más alto, pero sólo podréis aplicar los coeficientes por 2 años.Te pongo un ejemplo: imaginemos que, la sociedad conyugal de tus padres tenía, a fecha de fallecimiento de tu madre, 100.000 euros; pues, en lugar de decir "la mitad de todo para mi padre, por la disolución de la sociedad conyugal, y, la otra mitad, la adjudicamos a partes iguales para los hijos", decís: "para pagar el 50% de la sociedad que corresponde a mi padre, se queda el bajo por 10.000, más los bienes que sean por otros 40.000; y, el resto de los bienes, ya son los correspondientes a mi madre y se reparten de acuerdo a su testamento".
Enasua 05/06/25 17:20
Ha respondido al tema Indemnización cese trabajador
Está claro que, la empresa, lo ha declarado exento, porque, en el momento en que se pagó, lo estaba;  porque, de declararlo sujeto en el 190, habría un descuadre de retenciones y no quieren exponerse a sanciones. El problema es que esa indemnización perdió el carácter exento en el momento en que fue readmitido, y eso ha sucedido antes del fin del plazo voluntario de presentación de la declaración de 2024, por lo que, si el afectado espera a hacer la complementaria de 2024 al año que viene (que es cuando la empresa lo pondrá en el 190 cómo atrasos y, en consecuencia, aparecerá en los datos fiscales, la estará haciendo extemporáneamente y se llevará una sanción (o, como mínimo, un recargo).Así que debería incluir el importe de la indemnización, aunque no conste en sus datos fiscales, como ingresos de trabajo del ejercicio.
Enasua 05/06/25 10:51
Ha respondido al tema Declaración Renta 2024
Si, al cambiar de vivienda, has cambiado de Comunidad Autónoma, es posible, puesto que habrá que mirar en qué Comunidad has estado más de 6 meses para saber qué deducciones autonómicas te corresponden. Pero, si no hay cambio de Comunidad, no es eso.Si hay más de una declaración, se para, por duplicidad (por haber más de una, aunque sea correcto).Las cuestiones que más llevan a error al declarar son las vinculaciones de descendientes y ascendientes y las deducciones familiares. Muchas veces se pone, por ejemplo, una fecha de discapacidad que no coincide con la que ha informado la CCAA, y ya la hemos liado: queda parada hasta que la mira una persona. O no se pone que se ha cobrado algo anticipadamente, porque no afecta, pero ya queda parado. O, el otro progenitor, pone una vinculación de los hijos diferente a la que pones tú... Si has vendido acciones, o inmuebles, eso no se vuelca automáticamente y hay que modificar el borrador para ponerlo; si sólo presentas como venía, se te va a quedar parado porque hay datos de ventas no declaradas. Si has vendido algo en plataformas tipo Wallapop, o, incluso, un coche que has entregado al concesionario, es posible que se quede parada, aunque esas cosas no haya que declararlas, hasta que alguien compruebe que, esas ventas, fueron a pérdidas. Y, luego ya, están las cosas que se han declarado mal "adrede": pensión compensatoria en lugar de anualidades, o mínimo por descendientes y anualidades por los mismos niños, un mínimo por ascendientes cuando el ascendiente supera los límites económicos, incluir una deducción a la que no hay derecho, reducir ingresos para pagar menos...
Enasua 05/06/25 06:21
Ha respondido al tema Deducción un solo cónyuge factura de placas solares
Lo que quiero decir es que, si hacéis tributación conjunta, aunque pongáis la deducción a medias se integra entera en "el común": el resultado sería el mismo que si tu marido se la pusiera entera como suya; al hacer tributación conjunta, tu parte no "se pierde".No he dicho que estéis declarando mal el alquiler, sino que, lo obtenido del mismo, son bienes gananciales. Que no es dinero privativo.