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Participaciones del usuario Enasua - Fiscalidad

Enasua 29/05/25 18:05
Ha respondido al tema IRPF - Alquiler de piso
1) haz la división más sencilla: si son 4 habitaciones y has alquilado 3, pues imputación del 25%.2) el 10% del total cada año, pero teniendo en cuenta lo ya amortizado. Hazte un Excel.3) en principio, un alquiler por curso académico es alquiler por temporada y, en consecuencia, no se puede aplicar la deducción por ese inmueble, pero, si puedes justificar que fue residencia habitual de los inquilinos, adelante (habrá que comprobar, por ejemplo, quien paga, si los padres se aplican mínimo por descendientes por ellos, si están empadronados en ese inmueble...).4) Justo así.
Enasua 29/05/25 17:57
Ha respondido al tema Declaración Renta 2024
En la página de la AEAT, asistencia y cita, de nuevo asistencia y cita (no la de Campaña de Renta 2024, sino la primera que sale), asistencia y cita para particulares, te identificas, otras gestiones, impuestos y tasas, IRPF.
Enasua 29/05/25 17:54
Ha respondido al tema Ayuda IRPF mueble arrendado en 2024
Tanto el aparato de aire acondicionado como el frigorífico tienen que amortizarse al 10% anual, en amortización de los muebles.En el apartado de reparaciones y demás van esos otros gastos. Como tú no eres un profesional, pon el importe de las compras en la parte de abajo de esa pantalla, que hay un apartado en que no piden DNI.Siempre, las cosas, si tienes factura y puedes justificar que los gastos son del piso en alquiler.La deducción autonómica, de esos gastos que has dicho, los de reparaciones. Además, los seguros, la inmobiliaria y la factura del certificado de eficiencia energética.
Enasua 29/05/25 17:43
Ha respondido al tema Declaración Renta 2024
¿Qué tiene de "complicado" tramitarlas en el orden en que se reciben? Pues que, en ese caso, los 18 millones de personas que presentan declaración a devolver querrían ser los primeros en hacerlo. El sistema informático colapsaría el primer día en que se abriera. La gente, con tal de cobrar pronto, presentaría las declaraciones casi sin mirar, provocando muchos más errores y, en consecuencia, la necesidad de presentar muchas más rectificaciones y de que la Administración haga muchas más comprobaciones, para lo que se necesitaría más personal, para lo que se necesitaría más dinero, para lo que te subirían los impuestos.Si hay 3 meses para presentar es por algo... Y, como se presentan dentro del plazo, el que lo hace el 30 de junio tiene el mismo derecho a que se la comprueben el primero que el que la presenta el 2 de abril. Por eso las comprobaciones no se inician hasta julio. Antes, son revisiones automáticas de un programa informático muy rígido que, en cuanto algo no le cuadra, lo pasa a otro programa informático más complejo, y así sucesivamente. Por eso hay declaraciones que se tramitan en 3 días y, otras, en 1 mes, pero todas sin revisión real de una persona.
Enasua 29/05/25 17:37
Ha respondido al tema Declaración Renta 2024
Sí, esas citas son para presentar declaraciones. Si lo que quieres es preguntar dudas, o saber porqué no te han devuelto, pide cita de información y asistencia de renta (telefónica o presencial, al gusto) porque las presenciales de presentación de declaraciones están muy demandadas y, quitársela a alguien que sí la necesita realmente porque no sabe usar el programa informático, no está bien.De todas formas, ya te lo he dicho antes: si tienes dos declaraciones, ésa es la razón por la que están paradas: por duplicidad. No se puede hacer nada, sólo esperar.
Enasua 29/05/25 14:52
Ha respondido al tema Devolución renta cuando existe rectificación - Hacienda
Este año nos "engañaron" cuando nos explicaron la entrada en vigor de las autoliquidaciones rectificativas. Hasta abril del 25 (y, ahora, para todas las declaraciones presentadas antes de abril del 25), si te equivocabas tenías varias opciones: si, el resultado correcto, era peor del solicitado antes, tenías que presentar una declaración complementaria, que se convertía en "la válida"; si, el resultado, era mejor que el solicitado, podías solicitar una rectificación (por registro, pidiendo que te calcularán ellos el resultado), o podías presentar una declaración con solicitud de rectificación, haciendo el cálculo tú mismo; en ese caso, te quedaban las dos declaraciones, porque, la solicitud de rectificación, no era "la válida", sino un "apéndice" de la primera. Con la entrada en vigor, a partir de abril, de las autoliquidaciones rectificativas, nos dijeron que ya no se iban a hacer "solicitudes", sino auténticas rectificaciones, siendo la última presentada "la válida". Así que, en teoría, ya no quedaría parada por duplicidad. La práctica es que sí: todos aquellos que tienen más de una declaración presentada siguen teniéndolas paradas por duplicidad. Aunque la válida sea la última. Nadie (salvo los informáticos que hayan hecho el programa) sabe porqué. Quizá están intentando solucionarlo y, pronto, liberen todas "las válidas" que no tengan otros riesgos. Ojalá. Pero también cabe la posibilidad de que sea un "castigo": las paramos, y así, el año que viene, tienen más cuidado para revisar antes de presentar la declaración y evitar rectificaciones, pues ya saben que, si hay duplicidad, se alarga la tramitación.
Enasua 29/05/25 14:37
Ha respondido al tema Deducir impuestos obras de mejora en piso alquilado siendo arrendador
La cosa está en saber si, la obra, es o no es mejora. Básicamente, la AEAT considera que es mejora si se pone una cosa donde no había nada, y conservación si ya había algo. Ejemplos: se pone un ascensor en un edificio en el que sólo había escaleras, pues es una mejora; se cambia el ascensor porque era de hace 100 años y no cabía un carrito ni una silla de ruedas, pues es conservación; se cambian las ventanas, el circuito eléctrico y la fontanería, porque estaba todo inservible: conservación; se abren huecos para poner ventanas y se pone un circuito eléctrico y fontanería en un local que no tenía nada: mejora.Si las obras son, realmente, de mejora, los gastos que dices se amortizan junto a la mejora y el resto del valor de adquisición; si son de reparaciones y conservación, se aplican como gasto en el año de la factura.
Enasua 27/05/25 17:43
Ha respondido al tema Venta finca rústica 2024
Sí, eso te decía, lo de los coeficientes de abatimiento, que, en todo caso, aquí no aplican porque la fecha de adquisición es posterior al 94.
Enasua 27/05/25 17:02
Ha respondido al tema Venta finca rústica 2024
Si declaraba en módulos, no tenía que poner en qué parcelas ejercía la actividad, pero sí tenía que decir si era en tierras propias o arrendadas; la AEAT presume que, si ejerces la agricultura en tierras propias, lo haces en todas. Pero es una presunción, puede destruirse mediante prueba en contrario.
Enasua 27/05/25 11:27
Ha respondido al tema Venta finca rústica 2024
A la segunda pregunta, tienes que poner que sí, que estuvo afecta a aaee, pero, como tú dices, va a dar igual porque ni aplicó amortizaciones, ni, por la fecha de adquisición, pueden aplicarse coeficientes de abatimiento (que no se podrían aplicar, si la adquisición fuera anterior a 1994, si se trata de inmuebles afectos a actividad económica).