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Participaciones del usuario Enasua - Fiscalidad

Enasua 20/06/25 12:10
Ha respondido al tema Fecha adquisición vivienda heredada alquilada
El ISD hay que presentarlo en 6 meses desde el fallecimiento. Las adjudicaciones en escritura no tienen relevancia en el IRPF: importa el valor de los inmuebles dados en un ISD presentado en tiempo y forma por un valor que no sea superior al de mercado.Si no presentasteis el Impuesto en plazo, deberás solicitar a la CCAA el valor de mercado del inmueble a fecha de fallecimiento de tu padre. Será el que tengas que aplicar para calcular la amortización, y el que se pondrá cuando transmitas el inmueble.
Enasua 20/06/25 11:46
Ha respondido al tema Deducción por ascendiente con discapacidad
Si tienes interés, puedes buscar en el Informa.
Enasua 19/06/25 18:51
Ha respondido al tema Deducción por ascendiente con discapacidad
https://www2.agenciatributaria.gob.es/es13/s/iafriafrc05fNo, no tienes derecho.
Enasua 19/06/25 18:44
Ha respondido al tema Fecha adquisición vivienda heredada alquilada
Repercusión, que hayas aplicado una amortización superior a la que corresponde y te liquiden... Pero no creo que la diferencia sea tanta como para eso.Sí, la plusvalía es un gasto necesario, puedes ponerlo para calcular el valor de adquisición.
Enasua 19/06/25 13:13
Ha respondido al tema Reinversión Vivienda Habitual en IRPF
Si puedes justificar que volviste a la casa con intención de quedarte de manera indefinida, sí.Es complicado, porque sólo un mes... Igual no cambiaste ni el domicilio fiscal. Pero si tienes el burofax en el que notificaras al inquilino la intención de no renovar el contrato porque necesitabas la vivienda para uso propio, puedes demostrar que finalizaste tu contrato de alquiler en Tarragona porque no tenías intención de volver y, luego, tuviste que buscar otro sitio diferente, que no empezaste a anunciar para vender la casa de Madrid hasta que no estabas de vuelta en Cataluña, etc., no veo porqué no.
Enasua 19/06/25 12:44
Ha respondido al tema Reinversión Vivienda Habitual en IRPF
No. La vivienda habitual es aquella en la que vives. Cuando dejas de vivir en ella, deja de ser vivienda habitual. Da igual la razón por la que dejes de vivir ahí.Hay una idea errónea que corre por ahí, y es que alguna gente cree que, en determinados casos, como el traslado por trabajo, el inmueble sigue considerándose, a efectos de IRPF, vivienda habitual.Eso no es así.Para que un inmueble se considere vivienda habitual, hay que vivir en ella 3 años seguidos; pero, si te trasladas antes de esos 3 años por trabajo y demás, la AEAT admite que haya sido vivienda habitual durante el tiempo en que la habitaste.Pero sólo durante el tiempo en que la habitaste: en cuanto sales por la puerta, deja de ser vivienda habitual. Y, para tener derecho a la exención por reinversión de la ganancia que obtengas por la venta de esa vivienda, tendría que haber sido tu vivienda habitual (real y efectivamente) hasta, al menos, 2 años antes. Si tú llevas desde 2020 fuera de allí, no cumples requisitos. No existe ninguna posibilidad de aplicar la exención.
Enasua 18/06/25 20:40
Ha respondido al tema Calculo del pago por beneficio de venta de vivienda habitual
Justo debajo de esa casilla donde ponías lo que te comprometes a reinvertir. Justo, justo debajo.
Enasua 18/06/25 16:40
Ha respondido al tema Fecha adquisición vivienda heredada alquilada
Éste es el único año en que vas a tener que declararlo como si fueran dos alquileres, porque, a partir del año que viene, tienes el 100% del inmueble en propiedad plena durante todo el ejercicio.Pero, el único sitio donde te piden la fecha de adquisición, es en la pantalla de la amortización inmobiliaria, y ahí no tendrás que poner nada, porque aplicarás la "amortización en casos especiales".
Enasua 18/06/25 16:21
Ha respondido al tema Calculo del pago por beneficio de venta de vivienda habitual
No, porque dijiste al principio del hilo que tu hipoteca era de 128mil. Los gastos suelen estrenar torno al 8%; en tu caso, eso serían unos 9.000 euros.En ese caso, de los 128.000 euros de hipoteca sólo 119.000 estaría destinado a financiar el precio de adquisición de la casa: el 93%.Entonces, sólo 93.000 de los 100.000 euros que te quedaban pendientes se restarían del valor de venta.Tendrías que adquirir una casa de, al menos, 57.000 euros (150000 - 93000).
Enasua 18/06/25 15:38
Ha respondido al tema Calculo del pago por beneficio de venta de vivienda habitual
Sí: para tener derecho a la exención basta con reinvertir, en una nueva vivienda habitual, el importe obtenido de la venta de la anterior menos el importe del préstamo destinado a financiar el precio de adquisición de aquella que quedara pendiente en el momento de la transmisión de la casa.