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100€ madre trabajadora - Deducción por maternidad
Ella, probablemente, puede aplicar la deducción, pero no le modifica el resultado porque no hay cuota autonómica suficiente. Esa deducción tiene que aplicarla ambos progenitores, prorrateada; así que tú ya habrás deducido tu parte en la declaración de 2021. En tal caso, no puedes aplicar también la deducción que corresponde a tu cónyuge.
Enasua09/04/25 19:14
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100€ madre trabajadora - Deducción por maternidad
¿Cuando hablas de "atrasos" te refieres a que, durante los últimos 18 meses, ha tenido derecho a la deducción de maternidad? En ese caso: por los 2 meses de 2023, tiene que solicitar una rectificación de su declaración de ese ejercicio; por los 12 meses de 2024, tiene que rectificar el borrador para poner la deducción. Y, por los 4 meses de 2025, tiene que esperar a hacer la declaración de este ejercicio para que se lo paguen.
Enasua09/04/25 19:08
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Deducciones IRPF alquiler siendo arrendador
No, no, para nada. Un cambio de caldera es gasto de reparación y conservación. Igual si, por ejemplo, pintan los rellanos, cambian el ascensor... Sólo es mejora (mayor valor de adquisición) la rehabilitación (consolidación y reparación de estructuras como fachada, tejados, etc.) y la puesta de algo que no existía (se pone ascensor y no había, se pone una rampa y sólo había escaleras, se abre un vano para poner una puerta donde había muro...).
Enasua09/04/25 18:44
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Deducciones IRPF alquiler siendo arrendador
La amortización se calcula así, sí: prorrateado días y al 50%. Si se entrega la obra en enero de 2026, pues, para calcular la amortización inmobiliaria de 2026, ya se toma el importe íntegro que hayas pagado. Y, de ahí, 50% y días de alquiler.
Enasua09/04/25 18:28
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Deducciones IRPF alquiler siendo arrendador
1 - Correcto.2 - Pues es una cosa que he aprendido hace muy poco de uno de los grandes de este foro, Bacalo: yo creía que se ponía como mayor importe del gasto de comunidad, pero no; se declara como gasto íntegro cuando se entrega la obra. En tu caso, si es una rehabilitación de la fachada, se considera mejora del inmueble, así que, a partir del momento en que se pague la obra, el importe que hayas pagado en derramas pasará a ser mayor importe de adquisición del inmueble, y podrás aplicarlo para calcular la amortización inmobiliaria.
Enasua09/04/25 18:21
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Segundo pagador y subvención pública
Parece que esa subvención no se considera "ganancia patrimonial derivada de ayudas públicas", como sí lo son el bono joven o el bono social térmico. Digo "parece" porque no lo sé: no conozco sus condiciones.Pero la premisa de la que hay que partir es que todo el mundo está obligado a presentar declaración de IRPF, excepto si cumple unas determinadas condiciones. Esas condiciones son las que ya se han comentado en el hilo.Y, si el RentaWeb no dice que no estás obligado, es que lo estás. No hay más.En tu caso, lo fácil es que sea por lo que he puesto más arriba: que esa subvención que has percibido no se considere derivada de ayudas públicas. En ese caso, al obtenerla, tienes que ir a la regla 2, que es la que dice que estás obligado porque has obtenido rendimiento del trabajo + ganancias patrimoniales diferentes a las de la regla 1 que, en conjunto, superan los 1.000 euros.Otras opciones son: que los rendimientos del trabajo de tu primer pagador lo fueran a tipo fijo de retención; que provengan de una pensión del extranjero; que sea una pensión compensatoria de tu ex cónyuge; o que hayas estado dado de alta como autónomo (aunque no hayas obtenido ingresos y aunque fuese sólo un día).
Enasua09/04/25 17:28
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Deducción alquiler com. madrid – ¿se pierde si la cuota es 0? - Declaración de la Renta
Sí, así es: antes de poner la deducción ya le devuelven todas las retenciones, no tiene que pagar nada de IRPF. Por tanto, al poner la deducción, el resultado no varía. "Devolver" requiere que, antes, de cojan algo. Si ya te devuelven todo, no hay más que rascar.
Enasua09/04/25 17:24
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Deducciones IRPF alquiler siendo arrendador
Es un aviso informativo, te deja seguir, no le hagas caso. No se pone nada del 50%. Los gastos, 50% y prorrateado por los meses alquilado.
Enasua09/04/25 14:06
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Deducciones IRPF alquiler siendo arrendador
Sí, hay opción de poner varios usos. No es vivienda habitual, no tienes derecho a la reducción, efectivamente. No es un alquiler turístico, así que no tendrás problema. Y tendrás que poner 366 días como vivienda habitual y los días que sea de alquiler.
Enasua08/04/25 14:13
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Custodia compartida y pension - Declaración de la Renta
No es compatible el mínimo por descendientes con las anualidades por alimentos por el mismo hijo.Si tienes custodia, aunque sea compartida, no puedes aplicar anualidades. Si no tienes custodia, no puedes aplicar mínimo.