Acaban de explicarte que, el límite de los 15.000 euros, para la obligación de declarar, se refiere EXCLUSIVAMENTE a los rendimientos del trabajo. Si tienes otro tipo de rentas (por ejemplo: una venta de un piso; por ejemplo, una venta de acciones; por ejemplo: un alquiler de un local comercial; por ejemplo: unos intereses bancarios de un depósito o un fondo), el límite es diferente.En el caso de los viners, concretamente, y de acuerdo al criterio de la AEAT, lo que obtienen en concepto de productos son ganancias patrimoniales sin retención.Eso supone que, el límite para que exista obligación de hacer la declaración, son 1.000 euros de rentas brutas (donde hay que sumar todo lo que obtengas en el año).En consecuencia, si tú tienes, por ejemplo, un trabajo de socorrista en una piscina durante los dos meses de verano, y pides un único artículo de Amazon que no sea de "precio 0", según la Ley ya tienes la obligación de declarar (aunque, obviamente, con esos ingresos no tendrías que pagar nada). O, si no tienes ningún ingreso, pero obtienes de Amazon productos por 1.001,00 euros en un año, pues también estás obligado (y, de nuevo, con eso no te va a salir a pagar).Otra cosa diferente es que se decida incumplir la Ley basándose en el hecho de que no le pueden "pillar" porque no hay información. Eso no es nada nuevo: hay muchas personas, desde los albores de la historia, que cometen infracciones, faltas y delitos sin que les pillen. Allá cada uno con su conciencia (y con lo de dormir mejor o peor con la incertidumbre).Y, si lo de incumplir la Ley es porque se considera que "es una injusticia", o "alegal", pues, de nuevo, cada uno que apechugue con las consecuencias o con la falta de éstas; es algo que también se ha hecho toda la vida, seguro que conoces a algún "objetor de conciencia" que no quería ir a la "mili" en los 80, o a algún "okupa" que no cree en la propiedad privada, o a algún "anarca" anacrónico que no reconoce la autoridad del Estado.