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Participaciones del usuario Enasua - Fiscalidad

Enasua 19/06/25 13:13
Ha respondido al tema Reinversión Vivienda Habitual en IRPF
Si puedes justificar que volviste a la casa con intención de quedarte de manera indefinida, sí.Es complicado, porque sólo un mes... Igual no cambiaste ni el domicilio fiscal. Pero si tienes el burofax en el que notificaras al inquilino la intención de no renovar el contrato porque necesitabas la vivienda para uso propio, puedes demostrar que finalizaste tu contrato de alquiler en Tarragona porque no tenías intención de volver y, luego, tuviste que buscar otro sitio diferente, que no empezaste a anunciar para vender la casa de Madrid hasta que no estabas de vuelta en Cataluña, etc., no veo porqué no.
Enasua 19/06/25 12:44
Ha respondido al tema Reinversión Vivienda Habitual en IRPF
No. La vivienda habitual es aquella en la que vives. Cuando dejas de vivir en ella, deja de ser vivienda habitual. Da igual la razón por la que dejes de vivir ahí.Hay una idea errónea que corre por ahí, y es que alguna gente cree que, en determinados casos, como el traslado por trabajo, el inmueble sigue considerándose, a efectos de IRPF, vivienda habitual.Eso no es así.Para que un inmueble se considere vivienda habitual, hay que vivir en ella 3 años seguidos; pero, si te trasladas antes de esos 3 años por trabajo y demás, la AEAT admite que haya sido vivienda habitual durante el tiempo en que la habitaste.Pero sólo durante el tiempo en que la habitaste: en cuanto sales por la puerta, deja de ser vivienda habitual. Y, para tener derecho a la exención por reinversión de la ganancia que obtengas por la venta de esa vivienda, tendría que haber sido tu vivienda habitual (real y efectivamente) hasta, al menos, 2 años antes. Si tú llevas desde 2020 fuera de allí, no cumples requisitos. No existe ninguna posibilidad de aplicar la exención.
Enasua 18/06/25 20:40
Ha respondido al tema Calculo del pago por beneficio de venta de vivienda habitual
Justo debajo de esa casilla donde ponías lo que te comprometes a reinvertir. Justo, justo debajo.
Enasua 18/06/25 16:40
Ha respondido al tema Fecha adquisición vivienda heredada alquilada
Éste es el único año en que vas a tener que declararlo como si fueran dos alquileres, porque, a partir del año que viene, tienes el 100% del inmueble en propiedad plena durante todo el ejercicio.Pero, el único sitio donde te piden la fecha de adquisición, es en la pantalla de la amortización inmobiliaria, y ahí no tendrás que poner nada, porque aplicarás la "amortización en casos especiales".
Enasua 18/06/25 16:21
Ha respondido al tema Calculo del pago por beneficio de venta de vivienda habitual
No, porque dijiste al principio del hilo que tu hipoteca era de 128mil. Los gastos suelen estrenar torno al 8%; en tu caso, eso serían unos 9.000 euros.En ese caso, de los 128.000 euros de hipoteca sólo 119.000 estaría destinado a financiar el precio de adquisición de la casa: el 93%.Entonces, sólo 93.000 de los 100.000 euros que te quedaban pendientes se restarían del valor de venta.Tendrías que adquirir una casa de, al menos, 57.000 euros (150000 - 93000).
Enasua 18/06/25 15:38
Ha respondido al tema Calculo del pago por beneficio de venta de vivienda habitual
Sí: para tener derecho a la exención basta con reinvertir, en una nueva vivienda habitual, el importe obtenido de la venta de la anterior menos el importe del préstamo destinado a financiar el precio de adquisición de aquella que quedara pendiente en el momento de la transmisión de la casa.
Enasua 18/06/25 15:30
Ha respondido al tema Calculo del pago por beneficio de venta de vivienda habitual
Depende de la parte del préstamo destinado a financiar el precio de adquisición de la casa.Suma esos 110.000 y los gastos derivados de la adquisición, a ver cuánto te da, para que pueda decirte cantidades exactas.
Enasua 18/06/25 14:15
Ha respondido al tema Calculo del pago por beneficio de venta de vivienda habitual
Pongamos que compras una casa por 100mil en escritura. Los gastos son 10mil. Te dan un préstamo hipotecario de 120mil (todos sabemos porqué). Pues sólo el 91,6% del préstamo estará relacionado con la adquisición de la vivienda (110000 / 120000).Eso es lo primero que tienes que tener en cuenta: sólo vale, para lo que voy a decir a continuación, la parte del préstamo destinado a financiar el importe de adquisición de tu vivienda habitual.Una vez establecido eso, si vendes tu vivienda habitual y, antes de 2 años, adquieres otra vivienda habitual con el dinero de esa venta, la ganancia obtenida por la venta de la primera estará exenta.Sólo para este cálculo se tiene en cuenta el préstamo hipotecario pendiente (repito: la parte del mismo destinada a financiar el precio de adquisición): si, en tu caso, de esos 100.000 que te quedaban por amortizar, 85.000 estaban destinados a financiar el importe de adquisición de la que fue tu vivienda habitual, para que la ganancia obtenida quede totalmente exenta basta con que compres una nueva vivienda habitual por importe de 67.000 euros (152.000 - 85.000).
Enasua 18/06/25 13:56
Ha respondido al tema Fecha adquisición vivienda heredada alquilada
Creo que no me has entendido, porque te he contestado ya dos veces y vuelves a preguntar lo mismo una tercera: no vas a poder calcular la amortización de manera automática. Nunca. Porque no tienes una única fecha y un único valor de adquisición. Tienes 3 (hablas de dos, pero tienes 3: la de adquisición del 25% por herencia de tu padre, en la fecha de su deceso; la de adquisición del 25% por herencia de tu madre, en la fecha de su deceso; y la de adquisición del 50% de tu hermana en la fecha de la escritura de venta (o de disolución de condominio; a efectos prácticos es lo mismo, en este caso).Cada año tendrás que hacer los cálculos de la amortización a mano y poner el importe resultante en la casilla de abajo de la pantallita de la amortización, donde dice "amortización en casos especiales", sin poner ni fechas, ni valores, ni si es adquisición onerosa o lucrativa (porque, en tu caso, hay de las dos).
Enasua 18/06/25 13:00
Ha respondido al tema Calculo del pago por beneficio de venta de vivienda habitual
"Como dato en la escritura de venta la notaría en el Mod.100 ha reflejado los 128000 euros".Esto no lo entiendo... ¿Qué tiene que ver el notario con el modelo 100, que es el del IRPF, y por qué habla, en una escritura de transmisión, del valor de adquisición del que vende?En cuanto al resto, supongo que estás intentando declarar la ganancia exenta por reinversión.Primero, calcula el valor de adquisición (el que viene en la escritura de adquisición) y el de los gastos de los que puedas justificar su pago. Si la suma llega a los 128.000, se considerará que, todo el importe del préstamo, estaba destinado a financiar el precio de adquisición de la vivienda.En ese caso, para calcular el importe a reinvertir, debes restar, del precio de venta, los gastos derivados de ésta y el importe pendiente del préstamo en el momento de la transmisión.