¿Puedes exponer qué tipo de siniestro ocurrió y que es lo que reclamas y dice la aseguradora? Te lo pregunto porque la DGSFP solo va a intervenir en caso que se trata de un tema que vaya en contra de la ley o del contrato pero no en un mal servicio o una interpretación respecto al siniestro o su tramitación. En estos casos la DGSFP te indicará que vayas a los procedimientos habituales de atención al cliente.Por cierto, ¿has llegado a presentar la reclamación ante el Defensor del Asegurado de la compañía? No tiene nada que ver con la posible reclamación a la propia compañía.
Holynes, lo que digo es que la ley de contrato (rango superior) dice que se pueden ambas cosas pero es decisión de la aseguradora una, otra o ambas. Por tanto, hay que ver lo que Balumba ha puesto en su Contrato (la ley le permite esa "flexibilidad"). Si habla de "indemnizar", a reclamar el importe de la pieza. Si habla de "reparar", será más difícil que le devuelvan el importe.
Todo lo contrario... yo he dicho... la Ley de Contrato de Seguro deja la puerta abierta a que, siempre que sea posible y el asegurado consienta, se opte por la reparación en lugar de la indemnización.
Ningún condicionado puede ir en contra de la ley. Sería ilegal... pero no recuerdo que la ley establezca la obligación de indemnizar y/o reparar. Yo puedo decidir solo garantizar la reparación y no la indemnización. De hecho, la Ley de Contrato de Seguro deja la puerta abierta a que, siempre que sea posible y el asegurado consienta, se opte por la reparación en lugar de la indemnización. Por eso decía que hay que ver su condiciones generales porque lo mismo hablan solo de reparación y, al ser un contrato de adhesión, al firmar el mismo ha dado tal consentimiento.
uf!! arriesgado. Habrá que verse si en su cobertura de daños habla de indemnización o reparación de los daños... si no habla de indemnización (salvo para siniestro total), siendo Balumba me temo que al final no le pagarían el importe de la pieza si la compra él.
Laura, no le des más vueltas.... traslada todo a tu seguro... la defensa penal la harán sí o sí porque ellos deben asumir la responsabilidad civil y la defensa penal también la harán por su cobertura de Defensa Penal. Si no hay agravantes por alcohol, drogas, etc., la cosa no será excsivamente grave pero hay que esperar a ver qué tipo de imprudencia se le acusa.... yo creo que, por lo que dices, "investigada por un DELITO..." en principio irá tanto por lo penal como por lo civil.
Como te decía, yo es la primera vez que escucho eso pero, siendo Balumba, puedo entender el hecho de concentrar la compra de piezas como mecanismo de abaratar sus costes y, en consecuencia, ofrecer un seguro más barato.Habla con Balumba y a ver que te dicen... teniendo en cuenta que Balumba no es una aseguradora sino un mediador de Admiral que es la verdadera aseguradora... lo mismo su proceso logístico no compran directamente a la marca (Dacia) sino que lo hacen a través de otros proveedores. En su ánimo de abaratar costes es más que probable que no compren piezas originales y lo que estén esperando es una pieza equivalente homologada pero de marca blanca.
Lo primero es que tienes que ser consciente que tu seguro es Balumba... Al parecer el tema es la falta de una pieza y ahí poco o nada vas a poder luchar si no existe recambio disponible para tu coche. Lo que si me sorprende (no lo había escuchado nunca) es que sea la compañía de seguros quien entrega la pieza a un taller. ¿estás seguro de que es así y no es una "milonga" del taller?
Sin duda. Este tema es una cuestión interna de cada compañía. Hoy en día, dado que es un problema que afecta a muchos padres, la gran mayoría ya ha introducido el concepto de unidad familiar por el que al incluir al conductor novel de más riesgo en uno de los coches (en teoría el más caro), queda cubierto en todos los vehículos de la unidad familiar (convivan en el mismo domicilio) que estén asegurados en esa compañía.