Los siniestros y las casuisticas pueden ser muchas y "pequeños detalles" alterar las responsabilidades. Yo lo que te digo es que, para evitar posibles problemas futuros, se debe informar el tipo de negocio de los locales a la aseguradora de la comunidad por si ésta considera una agravación del riesgo y, por tanto, un cambio en las condiciones del contrato. Lo suyo es informar y que el seguro de la comunidad decida si no altera nada, supone un incremento de prima o, incluso, si el riesgo ya no le interesa asegurarle.... la realidad es que el sector HORECA, en general, no presenta una mala siniestralidad y, por tanto, no debería ser un gran inconveniente para el seguro de la comunidad la existencia de un restaurante. Es habitual que éstos tengas mucha maquinaria que requiera un mayor consumo eléctrico.
Los locales forman parte de la Comunidad y, por tanto, están en el seguro de la misma y debe constar en dicho seguro cualquier posible agravación del riesgo. De no estarlo, y aunque lo tengan en su seguro propio, el seguro de la comunidad en principio pondrá pegas o aplicará regla equidad en caso de siniestro.Los locales, en sus cuotas comunitarias, no pagarán algunos servicios o zonas comunes, como piscina, etc., pero si pagan entre otras cosas su parte del seguro comunitario.
Pideles la Nota Informativa de tu seguro. Ahí viene todo. Respecto a lo de contratar una prima única, aunque yo no soy muy partidario de los bancos. Mira con tu banco. Puedes contratar un prima única y luego pedir un préstamo personal para pagar dicho importe. Pagarás un poco más por los intereses pero es una forma de fraccionar el pago.
El problema es que tu contratar un servicio y no una indemnización para que puedas pagar la diferencia. Intentar hacer ese cambio sobre la marcha y en ese momento tan duro para la familia puede suponer un problema extra.Respecto a tu prima Mixta, todo dependerá de que % de prima natural y de prima nivelada tengas (no todas las compañias tienen el mismo) y hasta que edad. Pide a tu compañía que te de una copia de la Nota Informativa y ahí puedes ver cuanto irás pagando de aquí a los próximos 20 años pues algunos seguros aparentemente económicos hoy luego, especialmente a partir de los 60 o 65 años pasas a ser carísimos.
Dices "vaya con los seguros" y deberías decir "vaya con los políticos" son ellos y no las compañías quienes establecen y aprueban las leyes. Las compañías, como no puede ser de otra manera, lo que hacen es aplicarla y respetarla. Dicho esto, la ley es de 1980 y nuestros queridos políticos han sido incapaces de actualizarla en 40 años.
Respecto a la consulta 2 es tal cual indicas. En lo que respecta a la consulta 1 es complejo de explicar por escrito.... la ley habla de cambio en las condiciones del contrato pero no establece si el precio del seguro es parte o no del contrato. En ese sentido, existe jurisprudencia de todo tipo y parece que sí se considera como una parte del contrato. Por eso, tal y como indica la ley, en caso de que se produzca un cambio en las condiciones, tu tienes 15 días para aceptar o rechazar las nuevas condiciones. Lógicamente, ese rechazo lo debes hacer por escrito y medio fehaciente... el riesgo... que los días pasan y tu tienes que buscar un seguro porque tu coche tiene que estar asegurado y, como te decía, si la compañía te dice que "vale, te mantengo el precio" tendrías dos seguros. Eso suele ser muy poco habitual pero puede pasar y, de ocurrir, tienes obligación de seguir con ellos y de no hacerlo te lo podrían reclamar via judicial.
Yo tampoco te lo puedo asegurar pero conociendo a este gobierno, el hecho de que la ayuda venga de otro organismo, me temo que si va a computar como un ingreso económico extraordinario.
Vamos por partes....Si la aseguradora te indica el precio faltando menos de un mes. Una vez lo conozcas, si no estás de acuerdo, tendrás que informar a la aseguradora que no estás de acuerdo con el mismo en el plazo de 15 días. Si la aseguradora te acepta tu propuesta, perfecto. Si no te la acepta, entonces podrás cambiarte e irte. Ojo, un error típico es contratar otro seguro mientras tu actual compañía responde. Si finalmente, tu compañía actual decide mantenerte el precio estarías OBLIGADO a seguir con ellos y te encontrarías con dos seguros.Respecto al siniestro. La teoría y la ley dice que no tendrías que tener problema alguna. La realidad es que, logicamente, no van a poner el mismo interés en atenderte si ya no eres cliente de ellos. Tu decides.