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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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#1456

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

ten en cuenta que la cantidad que se reduce no va al tipo medio, sino al marginal, y este comienza al 19% y enseguida sube al 24%.
En el caso que exponéis de pensión media de 1.500x14, si se baja el bruto a 15.000, se restan los 2.000 euros de gastos del trabajo, 8.000 de mínimo personal si mayor de 75 años, y entra en juego la reducción de rendimientos del trabajo por ser menos de 19.700, me parece que pasa a una cuota 0 desde 2.100 (19% x (21.000-2.000-8.000) ) 
Y encima puede suceder lo que comenté en otro mensaje, que personas que perdían el mínimo por ascendiente sus hijos,  lo recuperen en el caso de pensiones mínimas o cercanas al mínimo.
#1457

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Si, bueno, hay que ajustar cálculos p, pero es que a la pensión hay que reducirla al menos en esos casos en un 25%, osea 21.000 -5.250 de reducción da 15.750 de ingresos  y de ahí empezamos a restar gastos y te quedas con una base imponible mínima para aplicar impuestos. Luego para devolver también baja la cantidad.
#1458

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

con 15.750 pagas : 15.750-2.000 gastos trabajo - 4.557 reducción rendimientos trabajo -8.000 mínimo personal 75 años = 1.1992 de base imponible, salen 200 euros a pagar. 
Sin la reducción por mutualidades, unos 2.100.
Es decir, la diferencia es muy gorda, lo que decía la persona que exponía su caso, ya que no solo no pagas impuestos sobre el 25% de reducción por mutuas, es que tampoco pagas sobre los 4557 por reducción de rendimientos del trabajo que no tienes con 21.000 euros de pensión integros.
Y precisamente unos 1.500 euros/mes nos dicen que es la pensión media....

" Reducción rendimientos del trabajo:
  1. Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo iguales o inferiores a 14.047,5 euros: 6.498 euros anuales.
  2. Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo comprendidos entre 14.047,5 y 19.747,5 euros: 6.498 euros menos el resultado de multiplicar por 1,14  la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 14.047,5  euros anuales.
"
#1459

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF


Lógicamente, a nadie le van a devolver más de lo que le hayan retenido. En pensiones bajas, en las que se haya retenido poco, aunque el ajuste afectase al 80 por ciento de la pensión, por decir una cifra exagerada, nunca le devolverían 2.000 euros si no se los han retenido previamente, mes a mes.
#1460

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Pues sí hay casos.
Si pagó 100€ y le retuvieron 100€ puede darse el caso en que al añadir el ajuste mutua, la nueva declaración le salga a devolver todo lo retenido 100€, más lo pagado 100€, total 200€.

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#1461

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF


Estoy totalmente de acuerdo con lo que dices de este Gobierno y que parece que se pueden "hacer los tontos" para devolver esas cantidades. Pero te añado dos temas: por una parte, éste no es el único Gobierno que ha "esquilmado" a impuestos a los ciudadanos; recordemos al infame murciégalo confiscador, con gran parecido al Señor Burns de Los Simpson, de un Gobierno anterior. Por otro lado, estoy seguro de que estos meses el personal ha estado más dedicado el tema de la Campaña del IRPF de 2023, y era más o menos previsible que no se hiciesen devoluciones por el tema de las mutualidades.

Pero no tengo muchas dudas de que empezarán ahora a devolver a los primeros que lo solicitaron. Lógicamente, a los que ya les han devuelto 2023 aplicando el ajuste, ya les han dado una pista de que han hecho una comprobación adicional y, de alguna manera, se confirma que el ajuste aplicado es el correcto.

Por eso, apostaría a que en las próximas semanas se empezará a devolver y, a finales de año, se habrá devuelto todo o casi todo lo que se tiene que devolver. Tienen seis meses para ello... y entiendo que, si lo incumplen, tendrán que pagar intereses de demora adicionales, algo que tratarán de evitar, como se hace con las devoluciones del IRPF, que a veces las apuran hasta diciembre, porque en enero se devengan intereses de demora.

En resumen, aunque no deja de ser mi opinión, creo que no hay que caer en el desánimo. Aun conociendo a esta gentuza, ya no hay vuelta atrás y tienen que devolver, y pronto, todo lo que les deben a los antiguos mutualistas... algunos serán 30.000 euros... y otro solo 200 o 300... pero cada uno cobrará lo que le corresponde.

No tengo ninguna duda de que será así... y te lo dice alguien que desconfía de toda o casi toda la clase política de este país... especialmente en materia tributaria, respecto a la que casi todos son unos confiscadores... pero esto va más allá de la política. Hay varias sentencias que hay que cumplir y tienen la obligación de cumplir las sentencia en todos sus términos... y, en caso de no hacerlo, se les exigiría la responsabilidad correspondiente.

Aquí dejo este post y, en estos meses, veremos si tenía razón... o he sido un iluso por pensar que en este país, que es una república bananera en muchos temas, también lo es en éste.

#1462

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Efectivamente, a eso me refería. En pensiones bajas que retienen el 7%, 8% o 10% no le pueden devolver más de lo retenido. Con 22.000 € retienen aprox. un 8%, pues eso devuelve hacienda, nada de 2.200 ni 4.000 €.
#1463

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Toda la razón. Conozco personas con pensiones de 16.000 € y hacienda no retienen nada, luego no devuelve nada por mucho que le reduzcan la sentencia. 
#1464

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

depende de los otros ingresos que tenga esa persona. Para el que solo tiene una pensión de 1.000 euros, el impacto es nulo, como decís.
Pero por ejemplo, mi padre cobra la pensión mínima, lógicamente no le retienen nada; pero tiene otros ingresos -alquileres, depósitos, letras del tesoro, dividendos- que, sumados, arrojan una cuota tributaria positiva; y entonces el que le hayan aplicado la reducción de las mutualidades hace que salga una cuota inferior.
#1465

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

De devolución por año. Ahora mismo no puedo acceder a su renta. Pero te pongo el caso de mi tía.

25.380 brutos, ha pasado de pagar 50e el año pasado a cobrar 1663,65 este.

Puede que lo que escribí antes sea error mío de escritura ya que hablaba de cobros netos por paga, no sueldo bruto.
#1469

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF


Tienes razón en lo que dices. Me refería a que, si se hace la declaración por primera vez, no te pueden devolver más de lo que te han retenido. Lógicamente, en el caso de que, en años anteriores, hubiese salido a pagar, ahora, al regularizarlas, podrían devolver el importe de las retenciones más lo que se pagó en su momento.