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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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#3631

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Gracias 
#3633

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Pregunta que me surge:
Vosotros anteriormente, en tiempo y forma, hicisteis las liquidaciones del Impuesto sobre Sucesiones correspondientes (una por cada uno de los herederos) y si en la relación de bienes y derechos de vuestro familiar fallecido incluisteis los derechos de crédito sobre Hacienda (devoluciones mutualidades + devoluciones IRPF del familiar fallecido de los ejercicios correspondientes, otros), haríais una estimación y este importe total estimado figuraría en el documento de reparto y aceptación de herencia.
¿Es así?

#3634

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

No, en el momento de hacer la liquidación del impuesto de sucesiones no sabíamos ni el importe de la devolución del año de fallecimiento (2023 que se liquido en 2024) ni los importes correspondientes a la dt2 (2019-2022) por tanto no se incluyeron ni se hizo estimación.

Cuando nos aprobaron la devolución de 2023 (declaración hecha en 2024) tuvimos que hacer una complementaria del impuesto de sucesiones.

Cuando nos confirmen el importe a devolver por dt2, tendremos que volver a hacer complementaria incluyendo dichos importes.

Este era otro de los problemas de haberlo cobrado en 4 años (cada año un ejercicio) ya que tendríamos que haber hecho 4 complementarias del impuesto de sucesiones.

#3635

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Es lo correcto. 
No podéis incluir en el I. de Sucesiones ningún derecho no reconocido. Tenerlo solicitado no es suficiente, al tratarse de la Administración sólo hay un derecho cuando ya lo ha reconocido expresamente.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3636

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

gracias, no lo tenía claro
#3637

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

gracias, sigo aprendiendo 
#3638

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Y nosotros de ti 
#3639

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Ha sido terrible, otra vez todos los papeles y como tardan en revisar la documentación para hacerte sucesor, por teléfono me ha dicho una funcionaria de hacienda, que fuese allí, me ha dado cita en dos horas (estoy en Zaragoza) y me ha presentado el DT2 una funcionaria a nombre de mi padre, pk yo aun no soy sucesora. Gracias
#3640

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

tanta publicidad de la e-administración para que finalmente en numerosas ocasiones no faciliten las gestiones y trámites, sino todo lo contrario 
#3641

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

perdonádme, hace tiempo que no paso por aquí. todo sigue igual?
#3642

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Si, todo sigue igual.
Continua la tramitacion del Proyecto de Ley por la que se modifican el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, que es donde va la Disposición final que nos afecta.
El proximo martes 27 a las 11:00 se reune nuevamente la
Ponencia de la Comisión de Economía, Comercio y Tranformación Digital que trata este asunto.

Redactado, a dia de hoy, del Punto 3 de la citada Disposición final:
Disposición final (nueva). Modificación de la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, por la que......
......., y se modifican otras normas tributarias.
3. El formulario de apoderamiento correspondiente al período impositivo 2019 y períodos anteriores no prescritos, puesto a disposición del contribuyente conforme a lo dispuesto en el apartado anterior, servirá también para solicitar la devolución correspondiente por aportaciones a mutualidades de los períodos impositivos 2020, 2021y 2022, aún en el caso de que aquél se hubiera presentado con anterioridad a la entrada en vigor de esta disposición.
Por lo tanto, solo nos queda esperar.


#3643

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

atención, pregunta: ¿de qué web obtienes esta información actualizada,?
Gracias 
#3644

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Esperar a que el coco caiga del cocotero nunca es una buena estrategia.
Puede suceder que los mismos que se opusieron a la actualización de las pensiones, se opongan a esta Ley. En cuyo caso, el coco no cae.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3645

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

 
Ahora sí que estoy alucinando y veo que no he entendido nada. Fui la semana pasada de nuevo a Hacienda para solicitar la devolución por mutualidades de mi padre fallecido en el 2021, como heredera que éramos mi hermana y yo. 

Hoy resulta que el gestor de mi madre le hace la renta y le aparecen a ella dos ajustes por mutualidades: 

RTA0003 AJUSTE POR MUTUALIDADES - DT2 LIRPF -4.533,44 
 
RTA0004 AJUSTE POR MUTUALIDADES - DT2 LIRPF -2.648,72 

Mi madre cobra la pensión de viudedad de mi padre y luego el SOVI de ella misma. 

Esto que han ajustado, de que es?? Los tres años que le debían a mi padre? Le ajustaran todos los años a mi madre?? 

Alguien sabe??