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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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#5746

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Vamos por partes: una complementaria se presenta cuando tienes que pagar a Hacienda, no es lo mismo que una solicitud de rectificación sino más bien lo contrario.
Por tanto, al presentar una rectificativa, se abre un nuevo plazo de prescripción para Hacienda no para ti.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5747

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Como te explico en mi anterior mensaje, la complementaria de 2025 no implica nuevo plazo de prescripción para rectificación con devolución.
La rectificación por mutualidades sí abre un nuevo plazo por prescripción que arranca en la fecha que hayas solicitado la rectificación (quizás 2024 o 2025). En este caso, con las debidas reservas por si Hacienda considera que mutualidades es un caso especial que sólo interrumpe la prescripción de mutualidades, no creo que suceda pero todo es posible.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5749

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Entendido y gracias. Presentaré rectificativas por el pk.


#5750

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

¿Con ese enlace quieres aportar algo en concreto? Supongo que no se trata de leer todas las consultas.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5751

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Por cierto, por lo que acabo de ver, hay alguna sentencia del TEAC que establece que las complementarias también dan comienzo a un nuevo período de prescripción para solicitar devoluciones. 
No sé si es criterio ya asumido por la AEAT.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5752

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Habiendo abierto nueva prescripción con la rectificación por mutualidades, 
ya me vale para presentar a continuación Liquidación rectificativa por el pk.
#5753

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

la forma de solicitud de rectificación por otra causa cuando se solicita ño de mutualidades 
#5754

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

¿Cómo puedo solicitar la rectificación de autoliquidación de IRPF de 2020 presentada para aplicar ademá  de la DT2 otra cuestión?

En este caso, el contribuyente deberá:

  1. Para solicitar la aplicación de la DT2 en IRPF 2020, presentar el correspondiente formulario de solicitud habilitado en Sede electrónica de la Agencia Tributartia desde partir del 2 de abril 2025.
  2. Para solicitar la aplicación de otras cuestiones (ejemplo: aplicación de una deducción autonómica) mediante la presentación de una solicitud de rectificación de la autoliquidación de IRPF del ejercicio 2020 antes del 30 de junio de 2025 (dentro del plazo general de prescripción de IRPF 2020).
#5755

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Antes se me ha contestado a mi que al haber presentado el FPH las rectificaciones de ahora por mutualidades, el plazo de prescripción de dichos ejercicios se vuelve  abrir por tanto entiendo que puedo aprovechar para presentar alguna rectificación por otro concepto.
#5756

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Entiendes bien. 
Una cosa es que Hacienda, por operatividad,  utilice documentos diferentes para cada caso y otra es lo que sucede con la prescripción. Lo que sucede con la prescripción lo establece la ley y la jurisprudencia.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.