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Participaciones del usuario mivisa - Fiscalidad

mivisa 30/03/25 09:41
Ha respondido al tema Ingresos en el extranjero ciudadano EU
Según el sitio web de la Agencia Tributaria de España, los ingresos obtenidos por seguros de vida y productos de ahorro similares deben declararse en el IRPF como rendimientos del capital mobiliario, en función de la forma en que se perciban. 1. Tributación del rescate del seguro Dado que ha realizado aportaciones durante 25 años y recibe un capital en 2024, el tratamiento fiscal depende de si el seguro es de vida o un producto de ahorro con rentabilidad garantizada. En general: Si el seguro incluye rentabilidad:La parte correspondiente a los intereses generados se considera rendimiento del capital mobiliario y tributa en la base del ahorro.La parte de las primas pagadas (el dinero aportado por usted) no tributa, ya que no es una ganancia.Si el seguro es un capital diferido:Se aplica la tributación en función de los rendimientos acumulados, con reglas específicas según el tipo de seguro.2. Tipo impositivo aplicable en la Renta 2024 Los rendimientos del capital mobiliario tributan según la siguiente escala en la base del ahorro para 2024: Hasta 6.000 €: 19%De 6.000,01 a 50.000 €: 21%De 50.000,01 a 200.000 €: 23%De 200.000,01 a 300.000 €: 27%Más de 300.000 €: 28%Si el seguro ha sido gestionado en Rumania, es importante verificar si ha sufrido retención en origen y si existe convenio de doble imposición entre España y Rumania para evitar pagar impuestos dos veces. España y Rumania tienen un Convenio de Doble Imposición, por lo que podría aplicarse deducción por doble imposición internacional. 3. Declaración en el IRPF 2024 En la declaración de la renta de 2024 (a presentar en 2025), deberá: Incluir los intereses obtenidos como rendimiento del capital mobiliario en la base del ahorro.Comprobar retenciones en Rumania y, si las hubo, aplicar deducción por doble imposición.Declarar en el modelo 720 (si el capital recibido más otros bienes en el extranjero superan 50.000 €).Le recomiendo que consulte con un asesor fiscal para analizar su caso concreto y asegurarse de cumplir con todas las obligaciones fiscales. Para más información, puede consultar la Agencia Tributaria: https://sede.agenciatributaria.gob.es/ChatGPT puede cometer errores. Considera verificar la información importante.
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mivisa 29/03/25 20:42
Ha respondido al tema Devolución de la renta - Hacienda
La mejor opción: que tu suegro reciba la devolución en su cuenta, y que después lo retire del banc  y te dé el dinero en mano. No deja rastro que según lo que expones es lo que quereis tu suegro y tú
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mivisa 29/03/25 20:34
Ha respondido al tema Devolución de la renta - Hacienda
pues tiene implicaciones fiscales, ya el nuevo titular a efectos de renta pasa a ser titular del 50% del saldo de esa cuenta y de los rendimientos que pueda generar.No todo tipo de cuentas permiten añadir nuevos titulares y si lo permiten, el proceso de darse de baja uno de los titulares puede ser engorroso y lleva un tiempo.Si es solo para esa operación, abrid una cuenta online nueva conjunta y cuando  se ejecute la operación, transferencia, bizum o retirada en efectivo para tu cuenta, y cancelais la cuenta (no todas las entidades permiten cancelación de la cuenta online
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mivisa 29/03/25 11:34
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Las que he visto de casos similares de funcionarios jubilados, en los rendimientos del trabajo figuran 2 conceptos:1  La pensión de clases pasivas: Dirección General Ordenación Seguridad Social.2. Complemento de pensión: Mutualidad General Funcionarios Civiles del Estado MUFACE.No figura  el ajuste por aplicación de DT2.Sobre el importe total que reciben de MUFACE, hay que corregir el borrador e integrar solo el 75%.
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mivisa 28/03/25 21:15
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Datos fiscales  mutualistas jubilados:A) No funcionarios:-sí figura el ajuste por aportaciones a mutualidades laborales.- no figura el ajuste por aportaciones a mutualidades de previsión social voluntaria del complemento de pensión (tocaá una vez más corregirlo manualmente).B) Funcionarios: no figura el ajuste en el complemento de pensión que reciben de sus cirrespondientes mutualidades funcionariales); tocará una vez  más aplicar el ajuste manualmente 
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