mivisa
25/03/25 16:36
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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No pretendía tal cosa.La Ley 7/2024, de 22 de marzo, ha introducido cambios en la obligación de Hacienda de abonar intereses de demora en los casos de rectificación de autoliquidaciones por ingresos indebidos. Modificación clave Según la nueva redacción del artículo 32.2 de la Ley 58/2003, General Tributaria (LGT), Hacienda deberá abonar intereses de demora desde la fecha del ingreso indebido, sin necesidad de que el contribuyente lo solicite expresamente. Antes de la reforma Hasta ahora, la Agencia Tributaria solo reconocía el derecho a los intereses de demora desde la fecha en que el contribuyente solicitaba la devolución, lo que en muchos casos generaba un perjuicio económico para los afectados. Impacto de la reforma Con la modificación introducida por la Ley 7/2024: Se refuerza la protección del contribuyente.Se corrige el criterio previo, alineándolo con la doctrina del Tribunal Supremo, que ya había reconocido el derecho a los intereses desde la fecha del ingreso indebido.Puedes consultar el texto completo de la Ley 7/2024 en el Boletín Oficial del Estado (BOE) a través de este enlace: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2024-5467.