antes del 1 de enero de 2017 la venta de derechos de suscripción de acciones computaba como menor valor de compra de las acciones en el momento de su venta; por tanto, es correcto tu cálculo y sí puedes compensar esa pérdida en la próxima declaración si materializas esas plusvalias latentes
mivisa27/07/25 16:08
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Compensacion perdidas
has comprado los títulos por un total de 60000 + 24000 = 84000y los has vendido por 20000.Minusvalía = 64000
mivisa27/07/25 16:03
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Compensacion perdidas
Los cálculos son erróneos, por la venta de los derechos de suscripción ya tributaste en el ejercicio en que los vendiste (ganancia patrimonial con retención); por tanto, no tienes que tenerlos en cuenta
mivisa27/07/25 15:52
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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
¿puedes aportar datos numéricos?Importe que te salió a ingresar Importe que compensaste.Si hiciste simulación aplicando el ajuste por aportaciones a mutualidades, el resultado de la Regularización
mivisa27/07/25 08:19
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Plusvalia - Herencia
puedes explicar a qué te refieres con "la plusvalía" la he tenido que pagar yo y después que el impuesto lo has pagado tú, si te refieres al impuesto de sucesiones, este impuesto tiene que autoliquidarlo cada uno de los herederos individualmente (a cada heredero le corresponde lo que figure en el reparto y partición a la que han dado su conformidad
mivisa27/07/25 08:13
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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
e hiciste la comprobación de si en esos 2 ejercicios os correspondía devolución? Recuerdo ver aquí formularios de solicitud en los que figura expresamente los ejercicios a los que corresponde devolución y a los que no corresponde (indicaba que todo lo retenido en tal ejercicio ya había sido devuelto en su momento)
mivisa25/07/25 20:57
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Prestacion de la Ley de Dependencia
no hay día fijo:as transferencias se realizan do 1 ao 10 de cada mes. Dependendo da súa entidade bancaria, pode tardar máis tempo en figurar na súa conta. Seguramente terá o ingreso no prazo máximo de 48h. Senón, volva a contactarnos por se houbese algunha incidencia.Reciba un cordial saúdo,Subdirección Xeral de Valoración da Dependencia e da DiscapacidadeSecretaría Xeral TécnicaConsellería de Política Social e XuventudeXunta de [email protected]
mivisa25/07/25 20:54
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Mutualistas: devolución del IRPF
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Mutualistas: devolución del IRPF
lo han publicado hoy
mivisa24/07/25 14:44
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Mutualistas: devolución del IRPF
error, se publicó en el Boletín Oficial del Congreso, está pendiente de publicarse en el Boletín Oficial del Estado.En el texto aprobado, pendiente de la publicación en el Boletín Oficial del Estado pero que se puede ver en la web del Congreso de los Diputados, se insiste en que "el formulario de apoderamiento correspondiente al período impositivo 2019 y períodos anteriores no prescritos (...) servirá también para solicitar la devolución correspondiente por aportaciones a mutualidades de los períodos impositivos 2020, 2021 y 2022".https://www.congreso.es/es/busqueda-de-publicaciones?p_p_id=publicaciones&p_p_lifecycle=0&p_p_state=normal&p_p_mode=view&_publicaciones_mode=mostrarTextoIntegro&_publicaciones_legislatura=XV&_publicaciones_id_texto=(BOCG-15-A-22-5.CODI.)