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Participaciones del usuario Mialen - Hipotecas

Mialen 30/01/25 15:10
Ha respondido al tema Desesperación Hipoteca
Buff, pues leí hace no mucho que solo el 15-20% de las inmobiliarias también le cobran comisión al comprador. Y encima te la cobran en la firma de arras y no cuando está todo listo para la firma. Menudos jetas. No irán con corbata verde o roja?Después de leer esta historia de terror, te recomiendo acudir a un abogado para que les reclame lo siguiente:-al vendedor, las arras dobladas. Es decir, 20.000 €. Si a 31 de marzo no se ha podido realizar la compraventa porque la vivienda tiene un problema grave que no permite ni tasarla, el día 1 de abril quieres las arras dobladas. Luego si te ofrece devolver las arras sin más, ya verás si aceptas.-a la inmobiliaria le solicitas la devolución íntegra de los 8.600€, puesto que es una comisión de compraventa que no se puede realizar por un defecto que ellos deberían conocer previamente como profesionales y por su negligencia la operación no se ha podido realizar. La comisión se la pagaste a ellos y ellos te la tienen que devolver. Que se dejen de historias. El vendedor aquí no pinta nada.Yo lo haría ya. Y que se pongan las pilas para que antes del 31 de marzo tú tengas tu casa o el 1 de abril vayan devolviendo el dinero. Y si no, a juicio toda esa banda.Solo una cosa, los de la inmobiliaria tienen mucha pinta de ser piratas, y quizás los nervios del vendedor estén en parte justificados, porque seguramente le estén mareando a él también. No es tu problema, fue él quien les contrató, pero para tenerlo en cuenta.Espero que todo se arregle.
Mialen 28/01/25 07:43
Ha respondido al tema Nuevo en la comunidad de vecinos
Juan te lo ha explicado paso por paso. Te pongo aquí el resumen de lo que he entendido:1. Enviar ya un escrito al Administrador de fincas exponiendo tu caso y diciendo que por motivos de salud no podéis asumir la presidencia de la comunidad. Yo añadiría que todo es demostrable (si es demostrable) y que se solicitará ante un juez en caso que se deniegue la solicitud.2. Si aceptan la solicitud, fin del problema 3. Si no la aceptan, te nombrarán presidenta el año que viene.4. En ese momento, no antes, tienes tres opciones:a) lo aceptas y asumes las funciones. Fin del problema.b) contactas con un abogado para solicitar ante el juez que te liberen de esa responsabilidad por problemas de salud. Tiene un coste económico.c) no haces nada. En ese caso, la comunidad podría ir tirando sin presidencia y con temas bloqueados por ese motivo (no muy buen rollo), nombrar a otra persona o, en el peor de los casos, si se produce algún problema grave en la comunidad y se considera que es debido al bloqueo provocado por tu dejadez de funciones, te podrían poner una demanda y pedirte daños y perjuicios, etc.Yo empezaría por el punto 1 y a ver qué pasa.
Mialen 13/01/25 09:33
Ha respondido al tema Necesidades mascotas zona común - Administración de fincas
Pues siendo propietario no veo que pueda acarrear mayores consecuencias. Si hicieras mal uso de las zonas comunes y rompes o degradas algo siempre te lo podrían reclamar económicamente. Pero algo así, que intentas evitar, limpias bien para que ni haya olores ni manche o rompa nada... Dudo mucho que pueda prosperar una reclamación económica si no hay degradación visible.A quien se queje, intenta explicarle que lo intentas evitar y que lo limpias bien para que no huela ni haya corrosión. Poco más se puede hacer.
Mialen 12/01/25 11:41
Ha respondido al tema Certificado de eficiencia energética
Muchas gracias por la respuesta, Juan. Investigaré un poco lo de la fecha :)
Mialen 12/01/25 10:41
Ha respondido al tema Certificado de eficiencia energética
Aprovecho este hilo para consultar lo siguiente. A raiz de leer la consulta inicial, volví a revisar el de mi vivienda, el que se usó para la compraventa y que tanto gestoría, banco y notario dieron por bueno. Y vi que la referencia catastral es correcta, como comprobé en su momento, pero la dirección del documento no, en concreto el número de portal (y que creo que realmente no existe, en Google maps muestra la dirección de un pequeño parque público que hay delante).Primera duda: entiendo que fue válido porque la referencia catastral era la correcta y la vivienda era perfectamente identificable, como dices. Cierto?Segunda duda. Aparece válido hasta diciembre de 2023. Sé que la respuesta es obvia, pero si algún día se quisiera alquilar o vender, ese CE no serviría y habría que renovarlo. Cierto? No sabía que caducaban y por eso querría confirmar.Muchas gracias!
Mialen 12/01/25 08:24
Ha respondido al tema Necesidades mascotas zona común - Administración de fincas
Pues quejas siempre podrá haber. Si estás de alquiler puede suponer que se quejen al propietario y te puede afectar cuando tenga que renovarte. Más allá de eso, lo desconozco. Y si eres propietario, no sé si puede acarrear sanciones de tipo económico, aunque si lo limpias y no se deteriora, no creo (dudo que pudiese ir más allá de eso). Esperemos que alguien con más base legal te responda, sobretodo en el caso que el piso sea tuyo.En todo caso, ya haces lo que debes. Intentar evitarlo y, cuando no se puede (un perro levanta la pata en medio segundo y poco se puede hacer), limpiarlo a conciencia. Si algún vecino se queja y es comprensivo, entenderá la explicación que le des. 
Mialen 09/01/25 15:15
Ha respondido al tema Ayuda salida de contrato vigente a 2 meses de finalizar
Si fuese un contrato por habitaciones y se va una persona, la habitación vacía va a coste del propietario. Cada una pagaría su contrato por su habitación. En este caso es un alquiler del piso entero a nombre de 3 personas. Una se va, las otras dos tienen que pagar la totalidad del alquiler. Mucho me temo que esos dos meses tendréis que pagar la parte de la que se va.En estos casos lo ideal sería haberos ido las tres al mismo tiempo y dando el mes de preaviso, pero no siempre es posible, claro.Los de la inmobiliaria a lo suyo... Que no se puede, dicen...pues claro que se puede. A ver si después de casi 5 años y preavisando 1 mes no vas a poder irte de un piso. Para hacerlo bien, habría que sacar a la persona que se va del contrato y muchas inmobiliarias que abusan tratan eso como una nueva entrada y te cobran mensualidad (ahora eso está prohibido, por cierto)... Y eso es lo que os dejan caer..y claro, ese pago y gestión por 2 meses que quedan no sale a cuenta...Sé que es una faena, pero a menos que alguien con más conocimientos legales que yo diga lo contrario, os diría que estáis obligadas a pagar el 100% del alquiler y que os conviene no tocar nada del contrato, quedando solo dos meses.
Mialen 02/01/25 14:54
Ha respondido al tema Cuadro amortizacion
Si por más económica te refieres a pagar menos una vez termines la hipoteca, como dice Juan Lackland, sería amortizar en plazo, ya que pagarás menos intereses totales (menos meses pagando). Si lo que quieres es pagar una cuota menor para ir más desahogado, hay que amortizar en cuota.Al final tienes que ver la estrategia que quieres seguir. Si ya tienes una cuota cómoda, pues mejor amortizar en plazo. Si por el contrario, tu cuota es alta y vas o podrías ir un poco ahogado, amortiza en cuota. Hay gente que amortiza primero en cuota para bajar a una cuota muy cómoda de pagar ante cualquier imprevisto futuro, y con lo que paga menos de cuota, va ahorrando y haciendo amortizaciones. Una vez llegas a una cuota pequeña, si amortizas más, ya vas a plazo. Esto si es tu vivienda, si eres inversor supongo que siempre sale más a cuenta acortar plazo.
Mialen 28/12/24 10:10
Ha respondido al tema Arras - Inmobiliaria
La provisión de fondos más grande la hace el comprador. La del comprador suele ser de 2000-4000€, que es alguna cosa del notario (otorgamiento de escrituras, cancelación de hipoteca, si la hay) y quizás algo de gestoría, y ya. Yo no me preocuparía por eso. Si has acordado con la inmobiliaria que las arras se las quedan ellos hasta la firma, pues es lo que harán y muy probablemente descontarán de allí su comisión. Así se aseguran que la cobran por adelantado. En mi opinión, las arras deberían ir directamente al propietario, ya que el dinero y el acuerdo de arras es suyo, pero sé que hay inmobiliarias que lo hacen así. Una pregunta, los de la inmobiliaria van de verde? 
Mialen 27/12/24 08:52
Ha respondido al tema Mi arrendador no quiere que mi hijo duerma en mi piso. - Alquiler de vivienda
Estas cláusulas se ponen para evitar abusos y que la persona que vive allí realquile habitaciones y se lucre, no para que los propietarios toquen las narices a madres o padres que tienen que vivir con un hijo.En todo caso te diría que parece que la ley te ampara:Esto significa que otra persona puede vivir en el piso siempre que no pague nada por hacerlo y que esté dentro de las excepciones que marca la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y que son las siguientes:Cuando esté integrado en la unidad familiar del arrendatario, bien por consanguinidad o por afinidad.En el caso de que un tercero dependa económicamente del arrendatario. Por ejemplo, los empleados domésticos o las personas pertenecientes a programas de asistencia social.Cuando entre el tercero y el arrendatario exista un vínculo de convivencia marital afectiva estable