Jotaerre
09/02/22 08:02
Ha respondido al tema
Fin del Articulo 28 Ley Hipotecaria
Buenas, polémica zanjada sobre la retroactividad o no de la derogación del art. 28 LH, en la resolución de la DGSJyFP del BOE de hoy, en el sentido de que SÍ TIENE EFECTOS RETROACTIVOS, así que debe cancelarse la advertencia registral de los 2 años:https://www.boe.es/boe/dias/2022/02/09/pdfs/BOE-A-2022-2095.pdf"Si las herencias presentadas a inscripción después del 3 de septiembre quedan absolutamente incólumes de la aplicación de un precepto hoy derogado -aun habiendo fallecido el causante antes de dicha derogación-, con mayor razón, y por un criterio de pura igualdad y de estricta justicia material, habrá de suceder lo mismo con aquellas herencias inscritas antes, y respecto de las cuales se hubiera eventualmente practicado la mención citada. Simplemente, porque han de quedar en pie de igualdad respecto de aquellas otras en las que tal mención no conste registralmente, pues tanto en un caso como en otro no hay duda alguna respecto de la falta de operatividad y de virtualidad de un precepto que ha sido expulsado del ordenamiento jurídico". Saludos,