guillermotell
29/06/25 20:10
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Jubilacion activa autonomo
Tengo entendido que sería el 75 % de la pensión al primer año, siendo autónomo con empleado, cuyo trabajador esté contratado por cuenta ajena con contrato indefinido y tenga una antigüedad mínima de 18 meses en esa relación laboral.Para el caso de tu hijo, creo que la antigüedad se mide desde la fecha del contrato indefinido, no desde que solicites la jubilación activa ni desde tu edad de jubilación. Por tanto, tu hijo debería tener esos 18 meses completados antes de que solicites la jubilación activa y, además, que esa situación se prolongue cuando solicites la jubilación, con antigüedad acreditada. Para tu mujer, en principio también puede solicitarla porque no le impide que tú seas el autónomo titular. La norma no excluye a los autónomos colaboradores: su condición es similar a la tuya en cuanto a edad, cotización y espera. Tendría que cumplir la edad ordinaria de jubilación, esperar al menos un año hasta pedirla y cumplir con el requisito de cotización (a partir de 2025, solo 15 años mínimo). Si quiere aspirar al 75 % desde el primer año, necesitaría cumplir similar requisito: tener contratado un trabajador indefinido con 18 meses, o un alta nueva sin vínculo previo.