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Participaciones del usuario guillermotell - Fiscalidad

guillermotell 22/06/25 21:24
Ha respondido al tema Cómo calculo la variación patrimonial venta de acciones
Puedes hacerlo de una forma sencilla que sería rellenando los datos en la casilla 0328 'Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de acciones negociadas', para lo cual tendrías que indicar importe de valor de compra y valor de venta de las mismas acciones. Para el cálculo de compra sólo tienes que sumar el coste de todas las compras que has efectuado, incluyendo las acciones de las ampliaciones, puesto que sobre la venta de derechos (si tu bróker es español) probablemente ya deberían haberse notificado a la Agencia Tributaria la retención correspondiente, para lo cual debes revisar si  es así mirando en el borrador de tus datos fiscales. La otra opción (que es más laboriosa) es usar el Servicio Cartera de Valores de la Agencia Tributaria, que básicamente es un servicio de ayuda donde puedes ir anotando tus operaciones una a una con el código ISIN o el NIF de la empresa en la que has invertido, de modo que los datos se trasladarán desde dicha Cartera de Valores a Renta WEB, para lo cual es necesario que tengas marcada la casilla correspondiente en el apartado F2 de tu declaración, que puede venir marcada por defecto en función de los datos fiscales o será el propio contribuyente el que escoja o no marcarla. Si utilizas el traslado de datos desde el programa Cartera de Valores no podrás modificar o añadir datos en las casillas correspondientes de Renta WEB ya que son excluyentes, esto es, puedes usar el traslado de resultados de Cartera de Valores o cumplimentar directamente esos datos en Renta WEB. Tienes más información en este enlace: Agencia Tributaria: Servicio de ayuda de Cartera de Valores - Cartera de Valores: Funcionamiento del servicio de ayud... 
guillermotell 17/06/25 21:49
Ha respondido al tema Desgravación vivienda habitual
En ese caso si cumples los requisitos podrás seguir obteniendo la desgravación.
guillermotell 14/06/25 16:52
Ha respondido al tema Desgravación vivienda habitual
En principio podrías seguir desgravando por la vivienda habitual en los años siguientes, siempre que sigas cumpliendo con los requisitos legales para ello, aunque en un año concreto te hayan quitado la desgravación, que podría haber sucedido porque no aportaste correctamente la documentación, incumpliste alguna premisa ó los datos declarados no eran concordantes.Si te refieres a vivienda habitual recuerda que para seguir aplicando la desgravación, tendría que ser la misma vivienda habitual adquirida antes del 1 de enero de 2013 y la deducción puedes seguir aplicándola mientras dure la hipoteca, dentro de los límites establecidos (hasta 9.040 € anuales de base máxima deducible, al 15%).
guillermotell 11/06/25 20:53
Ha respondido al tema Fiscalidad herencia cobraba 15 años después del fallecimiento.
Creo que la situación que describes es un caso de transmisión de herencia, por lo cual debe tributar el dinero recibido en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones porque el dinero que recibe es una herencia, que es considerada una adquisición de bienes y derechos por parte de los herederos, y la cantidad que se establece a pagar se desprende de esa herencia y, por tanto, no se trata de una ganancia patrimonial que implique tributación de IRPF, ya que se percibe como parte de la herencia y no como un rendimiento o ganancia. 
guillermotell 04/06/25 19:42
Ha respondido al tema Deducciones incompatibles
Significa que no se puede aplicar la deducción por cónyuge no separado legalmente en el caso de que también se aplique la deducción por descendientes o ascendientes con discapacidad respecto a la misma persona, es decir, no puedes aplicar la deducción por cónyuge no separado y la deducción por un descendiente con discapacidad al mismo tiempo para el mismo contribuyente.La idea detrás de esta incompatibilidad es que el sistema fiscal busca evitar que una persona se beneficie de dos deducciones porque la deducción por cónyuge no separado ya está proporcionando una ayuda, por lo que no se permite aplicar otra deducción por un miembro de la familia, si ya se está aplicando la deducción por el cónyuge. Respecto a la segunda cuestión, si puedes poner la deducción por descendiente con discapacidad y la deducción por familia numerosa a la madre, y poner la deducción por cónyuge no separado al padre, porque la deducción por descendiente con discapacidad y la deducción por familia numerosa se aplican a los hijos, por lo que estas deducciones se aplican a los descendientes (tanto si están a cargo de la madre como del padre) y la deducción por cónyuge no separado se aplica específicamente al cónyuge, y no entra en conflicto con las deducciones de los descendientes o la familia numerosa, siempre y cuando no se aplique por la misma persona (como se mencionaba anteriormente).
guillermotell 29/05/25 20:05
Ha respondido al tema Fiscalidad acciones My investor
Si, tendrías que hacerlo rellenando los datos en la casilla 0328 'Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de acciones negociadas'.Otra opción es que utilices el Servicio Cartera de Valores de la Agencia Tributaria,  que básicamente es un servicio de ayuda donde puedes ir anotando tus operaciones una a una con el código ISIN o el NIF de la empresa en la que has invertido, de modo que los datos se trasladarán desde dicha Cartera de Valores a Renta WEB, para lo cual es necesario que tengas  marcada la casilla correspondiente en el apartado F2 de tu declaración, que puede venir marcada por defecto en función de los datos fiscales o será el propio contribuyente el que escoja o no marcarla.Si utilizas el traslado de datos desde el programa Cartera de Valores no podrás modificar o añadir datos en las casillas correspondientes de Renta WEB ya que son excluyentes, esto es, puedes usar el traslado de resultados de Cartera de Valores o cumplimentar directamente esos datos en Renta WEB.Tienes más información en este enlace:Agencia Tributaria: Servicio de ayuda de Cartera de Valores - Cartera de Valores: Funcionamiento del servicio de ayud...
guillermotell 25/05/25 12:17
Ha respondido al tema Cartera Valores. Operacion a revisar (en amarillo)
En ocasiones esta alerta se produce por error de registro respecto a la fecha de la operación.A veces se soluciona con borrar la transacción de la alerta y crear una nueva operación con los mismos  datos (importe, cantidades, gastos, etc.), pero retrasando un día la fecha de dicha  transacción. Si no se soluciona, revisa en los datos fiscales la fecha de registro que tiene la AEAT, porque puede no coincidir con la fecha valor de tu bróker, debido a la AEAT tiene grabada  la fecha de dicha operación que le comunica la base de datos de la CNMV.
guillermotell 14/05/25 19:16
Ha respondido al tema BST y datos fiscales
Si te lo han abonado el año pasado tendrías que incluirlo en la declaración del IRPF actual.A veces no figura en los datos fiscales por alguna incidencia en la comunicación y registro entre la comunidad autónoma y el organismo estatal, pero está considerado como una ganancia patrimonial y cómo tal debe incluirse en dicha declaración.Por otro lado, puedes revisar si figura publicado en la web del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas:https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/concesiones
guillermotell 11/04/25 15:49
Ha respondido al tema Renunciar a la devolución de la renta.
Esa persona tiene otra opción mejor que sería no renunciar, y cuando le hagan el ingreso de la devolución donarlo a una ONG y, así, en la declaración de IRPF del año que viene, ese importe sería deducible. 
guillermotell 06/04/25 15:47
Ha respondido al tema Fiscalidad comisiones custodia acciones
Tu banco es el bróker, dado que si te aplican comisión de custodia es que tienes una cuenta de valores con la cual efectúas compras y ventas de acciones.