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Participaciones del usuario Camionero - Subsidios

Camionero 21/06/24 08:40
Ha respondido al tema Subsidio 52
 Las claves de la reforma del subsidioCuantía del subsidioLa reforma eleva el porcentaje del indicador de rentas múltiples (IPREM) que se utiliza para calcular el subsidio, de forma que la cuantía subirá los primeros seis meses al 95% del IPREM (unos 570 euros mensuales, 90 euros más).Ampliación a más colectivosJunto a esto se extiende el subsidio a las víctimas de violencia de género y a los emigrantes retornados.Se equiparan cuantíasAdemás, se equiparan las cuantías de los subsidios causados por personas con contrato a tiempo parcial con los de tiempo completo, lo que beneficia principalmente a las mujeres, entre otros cambios.Permiso de lactanciaLa norma también incluye el cambio en el Estatuto de los Trabajadores para que todos los empleados puedan disfrutar de forma acumulada del permiso de lactancia hasta los 28 días, una posibilidad que ahora solo tenían aquellos cuyo convenio lo recogía.Compatibilidad con un trabajoLa duración máxima del subsidio seguirá siendo de 30 meses y la compatibilidad con un salario será por un máximo de 180 días por cada nuevo empleo a tiempo completo o parcial, sin que durante ese periodo se reduzca la cuantía.En el caso de la prestación contributiva, será compatible con un empleo tras un año cobrando la prestación siempre que el salario no supere los 1.350 euros al mes (225% del Iprem actual).Base de cotizaciónLa base de cotización seguirá siendo el 125% del salario mínimo interprofesional (SMI) para los subsidios de mayores de 52 años, frente a la rebaja que introducía la primera reforma y que motivó el rechazo de Podemos a la misma al considerar que se recortaban los importes de la pensión futura.Un decreto con amplios apoyosLa portavoz de Podemos Noemí Santana, uno de los grupos que hizo decaer esta reforma cuando se presentó en enero, ha manifestado su apoyo en esta ocasión porque se recupera la sobrecotización hasta el 125 % del subsidio por desempleo para los mayores de 52 años, algo que se eliminaba en el anterior intento.Desde Junts, Josep María Cervera ha valorado el cambio que introduce el decreto en una de sus disposiciones adicionales que permitirá a organizaciones empresariales autonómicas formar parte del Consejo Económico y Social (CES).Otro de los cambios normativos que introduce es la prevalencia del convenio colectivo autonómico sobre los de ámbito estatal, algo por lo que se ha felicitado la diputada de PNV Idoia Sagastizábal, ya que esta medida proviene de un pacto alcanzado con el Gobierno.Este cambio en los convenios colectivos ha sido también valorado por Bildu, BNG y ERC, cuyo diputado Jordi Salvador ha considerado que supondrá un "dumping a favor de los derechos de los trabajadores", mejorando sus condiciones y sin causar daño a nadie.Por su parte, tanto PP como VOX se han abstenido porque han considerado que el Gobierno ha aprovechado el instrumento del decreto ley para sacar adelante cambios que nada tienen que ver con el objetivo de la reforma del sistema asistencial por desempleo, como es el caso de la prioridad aplicativa del convenio autonómico.En concreto, el diputado popular Ángel Ibáñez ha considerado que este cambio "agravará la brecha entre los trabajadores de unas comunidades autónomas y otras", al tiempo que generará "conflictividad e inseguridad jurídica". 
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Camionero 20/06/24 22:46
Ha respondido al tema Subsidio por desempleo - Prestación por desempleo
MADRID, 20 Jun. (EUROPA PRESS) -El Congreso de los Diputados ha convalidado este jueves el decreto que incluye la reforma del subsidio por desempleo, sin ningún voto en contra y la abstención de PP, Vox y UPN, y ha aceptado tramitar la norma como proyecto de ley.Entre sus principales medidas, el decreto contempla un aumento por tramos de la cuantía del subsidio, de modo que pasaría de 480 a 570 euros al mes durante los primeros seis meses (80% del Iprem actual); amplía el colectivo de beneficiarios, y permitirá compatibilizar con un salario tanto el subsidio como la prestación contributiva de desempleo.Al subsidio podrán acceder también personas víctimas de violencia de género o sexual desde los 16 años, así como emigrantes retornados, menores de 45 años sin cargas familias y trabajadores eventuales agrarios de todo el Estado.También se establece un régimen de compatibilidad entre los subsidios agrarios de Andalucía y Extremadura con los del Régimen General y, adicionalmente, se compromete una reducción de las jornadas reales requeridas para acceder a los primeros como consecuencia de la sequía
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Camionero 20/06/24 12:35
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
 El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha actualizado el criterio sobre la incompatibilidad de la pensión de incapacidad permanente absoluta (IPA) con la realización de trabajos por cuenta ajena o actividades por cuenta propia que determinen la inclusión en un régimen de la Seguridad Social.En este sentido, el nuevo criterio de gestión impuesto por el INSS establece que será incompatible percibir la pensión de IPA con la realización de un trabajo o actividad que dé lugar a la inclusión en un régimen del sistema de la Seguridad Social. Y, en este sentido, quedará suspendido el pago de la pensión de IPA durante el tiempo que se desempeñen tales trabajos o actividades, y se reanudará cuando cese la realización de dicho trabajo o actividad.En aquellos casos en los que se tenga reconocido el completo destinado a que el interesado pueda remunerar a la persona que le atienda —previsto en el artículo 196.4 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS)—, la suspensión de la pensión no impedirá que siga percibiendo dicho complemento.No obstante, el INSS aclara que “lo establecido en este apartado no impide la entidad pública pueda promover la revisión del estado del interesado conforme a lo dispuesto en el artículo 200 de la LGSS”.Asimismo, el INSS también ha establecido en esta actualización del criterio que en aquellos casos en los que el pensionista viniese compatibilizando el percibo de la pensión de IPA con el ejercicio de un trabajo por cuenta ajena o de una actividad por cuenta propia que hubiera dado lugar al alta en un régimen de la SS, durante la vigencia de dichos contratos de trabajo o de las citadas actividades, se mantendrá la compatibilidad.Y esta conservación de la compatibilidad se podrá llevar a cabo sin perjuicio de que se pueda iniciar, si así procediese, el procedimiento de revisión a fin de determinar si se mantiene el grado, en el supuesto de que el interesado no hubiera cumplido la edad de jubilación y de que dicho procedimiento no se hubiera ya iniciado cuando se tuvo conocimiento de que el interesado estaba trabajando.
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