Bacalo
04/03/25 11:02
Ha respondido al tema Reparto de fondo de inversión en herencia.
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dado que el fondo desde que se compró tiene pérdidas, creo que lo mejor fiscalmente es que ese fondo se adjudicara al 100% al cónyuge superviviente en la disolución de gananciales, así puede venderlo aflorando las pérdidas de 1.000 euros en el ejemplo expuesto, pues se tomaría para el 100% de las participaciones con la fecha y valor inicial de compra.Y al cónyuge fallecido, habría que asignarle otros bienes por el mismo valor, si es que existen, y que puedan tener ganancias, y estos bienes serían los que se repartirían en la herencia.Si no se quiere hacer así activamente, el notario va a adjudicar la mitad de las participaciones al cónyuge superviviente, con el valor fiscal inicial como he comentado; la otra mitad, al fallecido, con el valor fiscal a fecha de fallecimiento, con lo cual va a haber ganancias al venderlas. La parte del cónyuge sobre el 50% heredado (usufructo) se valora con la fórmula (89-edad) con el mínimo del 10%. Se puede tratar de darle ese número de participaciones y el resto a dividir entre los otros, o si no, creo que lo habitual es que el viudo se lleve todas las ganancias desde la fecha del fallecimiento en caso de venta del fondo, ya que las gestoras de fondos no desglosan qué parte de la revalorización de las participaciones corresponde a dividendos percibidos de las acciones de la cartera o intereses de los bonos (que irían al usufructuario) y qué parte por revalorización de bonos/acciones (que irían a los nudo propietarios).En definitiva, creo que heredar un fondo de inversión es un lío por estas cuestiones de a quién asignar las ganancias/pérdidas, además no creo que las gestoras actualicen los valores de compra a la fecha de la herencia, con lo cual informarán a Hacienda mal y luego habrá que andar justificándolo.... la solución de asignarlo al viudo creo que es la mejor si es posible el acuerdo entre los herederos y hay más patrimonio a repartir.