Staging ::: VER CORREOS
Acceder

Contenidos recomendados por Bacalo

Bacalo 03/02/25 20:30
Ha respondido al tema Posibilidad rescate PP Empresa con la nueva normativa más de 10 años
Es que NO es una contingencia de acuerdo a la ley  (recogidas en el artículo 7 del reglamento de planes de pensiones) , si no un "supuesto excepcional de liquidez" (artículo 9) por eso decía que hay que asociar estos supuestos a una contingencia.https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-3453Y diría que sí es posible el rescate de un mismo plan por 2 contingencias y beneficiarte de la reducción: por ejemplo, te jubilado, empiezas a cobrar, sigues aportando y posteriormente eres declarado gran dependiente 
Ir a respuesta
Bacalo 28/01/25 18:19
Ha respondido al tema ¿Qué pasó ayer con GE Vernova?
así es, todo lo relacionado con generación de electricidad y centros de datos se vio afectado por la noticia sobre la empresa china de IA, la "lógica" es que se va a necesitar mucho menos procesamiento y electricidad de lo esperado: las eléctricas americanas que iban a construir o reabrir centrales nucleares y de gas y estaban anunciando acuerdos con Amazon y demás (Vistra por ejemplo casi un 30%), las que fabrican turbinas como GE Vernova, las de climatización de centros de datos (Vertiv cayó un 30%), las que construyen centros de datos (por ejemplo, ACS,Merlín, por nombrar 2 españolas), etcétera.Cuanto más habían subido al calor de toda la burbuja de IA, diría que más cayeron ayer.
Ir a respuesta
Bacalo 28/01/25 16:48
Ha respondido al tema Rescatar plan de pensiones Nueva ley
Mírate esta opción que he puesto en otro hilo, rescatar en 3 años traspasando participaciones antiguas a otros planes para pagar menoswww.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/6688952-exencion-40-nuevo-supuesto-planes-pensiones?page=1#respuesta_6691155
Ir a respuesta
Bacalo 28/01/25 16:34
Ha respondido al tema Exención del 40% en el nuevo supuesto de los planes de pensiones
Hay otro apunte, se puede aplicar la reducción del 40% a los rescates durante el año actual y los 2 años siguientes. Esto antes no lo permitía Hacienda pero hubo una resolución que cambió el criteriohttps://www.bbva.es/finanzas-vistazo/ef/planes-de-pensiones/reduccion-40.htmlAsí, está persona podría traspasar participaciones por valor de 30.000€ de las antiguas a otro plan, otros 30.000 a otro, y rescatar en años sucesivos 40.000+30.000+30.000 y aprovecharse de la reducción, al ser la base imponible menor pagaría menos que si rescata de golpe
Ir a respuesta
Bacalo 24/01/25 17:42
Ha respondido al tema Prestacion por hermano mayor discapacitado.
aquí tienes la información de Seguridad Social sobre la prestación que te interesahttps://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/10967/27924En los casos de huérfanos de ambos progenitores o adoptantes y de quienes, no siendo huérfanos, hayan sido abandonados por aquéllos:La asignación se hará efectiva a los representantes legales o a quienes tengan a su cargo al menor o persona con discapacidad "incapacitado judicialmente", en tanto cumplan con la obligación de mantenerlo y educarlo.
Ir a respuesta
Bacalo 24/01/25 09:22
Ha respondido al tema La regla FIFO
la propia Agencia Tributaria lo contesta, NO se aplica FIFO:https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-ayuda-presentacion/cartera-valores/2-valores-homogeneos.html No se consideran valores homogéneos, a efectos de determinar el coste y la antigüedad de los valores, aquellos que se tengan como nudo propietario y aquellos que se tengan en plena propiedad, puesto que la desmembración del dominio da lugar a la existencia de dos realidades patrimoniales diferentes. 
Ir a respuesta
Bacalo 23/01/25 12:35
Ha respondido al tema IRPF: Exención por reinversión Viv. Habitual en extinción de condominio
interesante lo que comentas. El criterio de Hacienda en consultas vinculantes y TEAC es que, al menos en el caso de ampliar la deducción por vivienda habitual del 50% al 100%, sí es posible para el que se queda toda la vivienda, entiendo que aplicaría igualmente a la reinversión:https://www.iberley.es/noticias/dgt-disolucion-condominio-deduccion-inversion-vivienda-habitual-irpf-31859 se podrá aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual al 100 % aquel copropietario que, teniendo ya derecho  a aplicar el régimen transitorio de dicha deducción, hubiese adquirido por disolución del condominio el resto de la titularidad del inmueble con posterioridad a 1 de enero de 2013. https://ga-p.com/publicaciones/deduccion-por-inversion-en-vivienda-habitual-en-casos-de-extincion-del-condominio/ nada impide que el comunero que a partir de 2013 se convierte en titular exclusivo del inmueble, pueda aplicar la deducción por el 100% de la vivienda, siempre que se cumplan los requisitos establecidos al efecto 
Ir a respuesta
Bacalo 23/01/25 12:19
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
tendrías que entrar (en la web) pinchando arriba a la derecha en el nombre (una vez autenticado) ---> área personal ---> mis expedientes--> elegir todos  según la siguiente figura Acabo de entender qué ha pasado en el caso de mi padre, no tiene que ver con las mutualidades: han resuelto la segunda solicitud de rectificación que presentamos sobre otro tema distinto de las mutualidades para el año 2022, ya ha llegado el dinero al banco con intereses de demora y estaban disponibles las notificaciones electrónicas informando de la resolución y el desglose de cantidad+intereses.Lo han resuelto en !!Menos de un mes!! cuando normalmente tardan más de 1 año. Lo que he visto es que han tomado como fecha de presentación de la solicitud resuelta agosto de 2024, fecha que realmente corresponde a la grabación por parte del famoso "funcionario habilitado" de la rectificación por las mutualidades, por eso deben de haberlo resuelto tan rápido; y una vez solucionado, han pasado a estado finalizado las 2 solicitudes de 2022 (la de las mutualidades, que habrá que volver a presentar en el futuro, y la del otro tema presentada en diciembre).La de 2020 de las mutualidades sigue en "trámite" , como comenta otra gente.
Ir a respuesta
Bacalo 22/01/25 19:09
Ha respondido al tema IRPF: Exención por reinversión Viv. Habitual en extinción de condominio
pudiera ser que si primero haces la aportación de tu mitad a la sociedad conyugal y luego la disolución del condominio, entonces sí se pueda considerar que sois ambos los que estáis reinvirtiendo.La duda es si en la aportación, aunque no esté sometida a ITP, Donaciones,etc  te va a exigir Hacienda pagar IRPF por haber una alteración patrimonial, creo que era su criterio, aunque no sé si lo han tumbado en el Supremo. Aunque si en cualquier caso vas a hacer la aportación a gananciales, te crujirían por esta vía.Los notarios saben bastante de cómo realizar las operaciones y su impacto en ITP, plusvalía municipal..., ya ves que te han hablado de la disolución, aunque no sé si de IRPF saben tanto porque lo que liquidan sus gestores en el momento de la operación son los otros impuestos. Pregúntale por si acaso sabe las implicaciones en el IRPF de la aportación a gananciales.
Ir a respuesta