#43711
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
En su caso no, por qué volvería a trabajar cobrando el 100% o volvería a coger otra baja también cobrando el 100%.
Sólo generaría atrasos si el INSS no le paga una nueva baja, entonces será la diferencia entre la IP y lo que le pague la empresa (si la empresa le paga más tampoco hay derecho atrasos.
Sólo generaría atrasos si el INSS no le paga una nueva baja, entonces será la diferencia entre la IP y lo que le pague la empresa (si la empresa le paga más tampoco hay derecho atrasos.