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Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Ahora mismo, con la actual ley, si vuelves a la misma empresa tendrán que ver si eres no apto, apto o apto con limitaciones.
La IPT te impide volver a realizar tu trabajo habitual con la ley actual así que queda totalmente descartado, es más si vuelves a trabajar y en el aviso de inicio de una actividad (algo obligatorio de hacer) pones que vuelves al mismo puesto a desarrollar las mismas funciones entonces eres un perfecto candidato para que el INSS te abra una revisión de oficio por inicio de actividad y te quite o te suspenda la IPT.
La pregunta será, ¿Que pasa con la nueva ley? Pues todavía no está definida pero tiene toda la pinta de que si te dan una IPT y vuelves a tu puesto de trabajo adaptado entonces la IPT la van a dejar en suspensión porque para eso te han adaptado el puesto .
Yo recomiendo que la gente no vuelva al mismo puesto de trabajo sino a otra compatible si quiere cobrar la IPT más el trabajo .
Un saludo
La IPT te impide volver a realizar tu trabajo habitual con la ley actual así que queda totalmente descartado, es más si vuelves a trabajar y en el aviso de inicio de una actividad (algo obligatorio de hacer) pones que vuelves al mismo puesto a desarrollar las mismas funciones entonces eres un perfecto candidato para que el INSS te abra una revisión de oficio por inicio de actividad y te quite o te suspenda la IPT.
La pregunta será, ¿Que pasa con la nueva ley? Pues todavía no está definida pero tiene toda la pinta de que si te dan una IPT y vuelves a tu puesto de trabajo adaptado entonces la IPT la van a dejar en suspensión porque para eso te han adaptado el puesto .
Yo recomiendo que la gente no vuelva al mismo puesto de trabajo sino a otra compatible si quiere cobrar la IPT más el trabajo .
Un saludo