Hola Mayte, cómo ha explicado Antonio el INSS suele recurrir las sentencias, sobre todo cuando hay dinero en atrasos para demorar el pago.
La ley no permite poner recurso al INSS hasta que en tu seguridad social no te ponen la incapacidad que ha determinado el juez y por supuesto la empiezas a cobrar en la fecha correspondiente.
El problema son los atrasos, el INSS no tiene que pagarlos hasta que el juez no vuelve a emitir sentencia sobre el recurso puesto por el INSS, normalmente el juez no suele cambiar su primera opinión así que lo normal es que esos atrasos lo cobres en el momento que el juez dictamine sobre el recurso.
Pero vamos, por un lado te reconocen al IP para poder recurrir y con este recurso la gente se tira muchos meses sin cobrar los atrasos.
Al INSS la fiesta le sale gratis así que a recurrirlo todo.
Un saludo