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Interpretación Disposición Transitoria 34

5,9K respuestas
Interpretación Disposición Transitoria 34
Interpretación Disposición Transitoria 34
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#6031

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

En el caso de mi empresa se llevan haciendo desde los últimos ocho años  ERE s encubiertos, disfrazados de jubilaciones anticipadas, alegando q no destruyen empleo, con el visto bueno de los sindicatos, miento, de una parte de los sindicatos tradicionales proemoresa, resultado, el trabajador "voluntariamente" se queda sin trabajo pero no cobra paro (la empresa se lo ahorra), tributa por la indemnización, (prácticamente por toda) y la empresa le paga una parte del convenio, la otra la apechuga el penitente, y llegas a la jubilación anticipada unos años después, aunque tú  acuerdo colectivo haya sido firmado en 2021 y estés por encima de pensión máxima con unas condiciones q deberían ser a todas luces de JAI, pero lo dicho ajo y agua PD la citada empresa recibió en su día 9000 millones del estado y por dar otro dato el año 2025 declaró beneficiosos por 940 millones, y el último el 87% del accionariado es de un solo señor 
#6032

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Esta claro que no es que te pierdas, sino que hablamos y pensamos en otro idioma, ¿donde digo yo que ahora los ERES no asumen el coste las empresas? precisamente me refiero a ello cuando hablo de Telefonica ¿pero quienes pagaron la reducion de plantilla  via ERES o similar en la reindustrializaciones de la industria, naval,siderurgia,electricas y posteriormente de sector bancario? ¿y quien dijo basta ya de reduciones gratis a las empresas? ahora como va a ver Eres en grandes empresas sino existen salvo, ¡bancos, electricas y Telefonica? ¡NINGUNA¡                    Pero veo que no entras a tus afirmaciones de reformas de pensiones, ni incremento de BM o aprobaciones de ERES,                                                                                                                                   Es imposible no contestarte ante tu deficiente conocimiento de leyes laborales, de pensiones y fiscales si no son las que afectan a tu bolsillo, a los demas que le den

#6033

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Está claro que tu nivel está muy por encima del resto de los mortales de este foro. Y es normal que no sepamos responderte debidamente. A lo mejor si pones algunas comas y puntos cuando escribas conseguimos interpretar lo que nos quieres transmitir. Mientras tanto te pido disculpas por no conseguir llegar a tu nivel intelectual.
#6037

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Los Eres tienen un proceso y autoeizaciones mas o menos claras. % de empleados, perdidas o perspectivas de ellas., etc. Si no son EREs, son despidos procedentes o improcedentes, si son objetivos procedentes tienes indemnizacion y paro. Si son precedentes disciplinarios solo paro. Y si son improcedentes indemnización o readmisión y paro. Me parece casi imposible lanzar un ERE encubierto, aunque entiendo que te refieres a "otras cosas" 
#6038

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

El paro no lo paga la empresa, sino el SEPE.

Entiendo que te refieres a que el trabajador deja voluntariamente la empresa, y por tanto no cobra paro. La empresa, en lugar de despedirle, le da una especie de bonificación por abandonar la empresa, y por eso tributa por dicha bonificación (no indemnización)
#6039

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

XV Legislatura

Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.

Fase de tramitación en que se encuentra y cronograma previsto para la entrada en vigor de las medidas derivadas de la moción consecuencia de interpelación urgente relativa a los planes del Gobierno para facilitar la jubilación de trabajadores y trabajadoras con más de 40 años cotizados sin penalización. (184/037183)
Presentado el 09/04/2026 , calificado el 14/04/2026

Autor

  •  Matute García de Jalón, Oskar (GEH Bildu)

Situación actual

Boletín Oficial de las Cortes Generales Publicación

Tramitación seguida por la iniciativa

Boletín Oficial de las Cortes Generales Publicación desde 14/04/2026

#6040

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

 M. ángel Cana 

Por lo que yo se, no es asi.

1 En primer lugar, antes el ERE necesitaba para crearse, de una autorizacion administrativa.  Esto ya no es así, se le informa a la Administracion de lo que a juicio de la empresa causa el ERE y el ERE sigue palante. O sea, que cualquier empresa es libre de poner en marcha un ERE se cumplan o no se cumplan los requisitos, luego ya se verá que pasa con el ERE... Ver punto 4 abajo

2 En segundo lugar, hay despidos procedentes, improcedentes o nulos, y todos estos se llaman así porque asi lo declara un tribunal. Tu puedes despedir a alguien e indemnizarle y ya está (implicitamente es por improcente) o puedes hacerlo por disciplinario (implicitamente indicas que es procedente). En cualquier caso es el juez, si llega a él quien decide cual de las tres cosas es.

3 Si son improcedentes (creo que) solo indemnizacion. Si son nulos, compensacion y readmision o indemnizacion, a eleccion del trabajador.

4 Un ERE, como indico en el punto 1 ya no necesita autorizacion, lo hace la empresa cuando quiere. Luego si los trabajadores no estan de acuerdo, han de acudir a los tribunales, que dictaminaran cuando haya llegado el momento si es legal o no. 

5 Por tanto pueden existir EREs que no cumplan las condiciones pero estén en vigor hasta que alguien los lleve a juicio y se gane ese juicio por esta persona o colectivo.


#6041

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Gracias por la actualización,
#6042

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

  
XV Legislatura

Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.

Medidas que ha adoptado el Gobierno para dar cumplimiento al mandato parlamentario que insta a eliminar los coeficientes reductores en la jubilación anticipada en casos de largas carreras de cotización, fase de tramitación en que se encuentran las citadas medidas y cronograma previsto para su entrada en vigor. (184/037146)
Presentado el 07/04/2026 , calificado el 09/04/2026

Documentos

Autor

Situación actual

Gobierno Contestación

Plazos

  • Hasta: 09/05/2026 (14:00) Contestación del Gobierno a pregunta

Tramitación seguida por la iniciativa

Boletín Oficial de las Cortes Generales Publicación desde 09/04/2026 hasta 14/04/2026
Gobierno Contestación desde 14/04/2026

Boletines

 
#6044

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

1.-Vaya hombre ¿un dia se levanta el directo de la empresa y sin mas y hace un ERE y no pasa? nada, eso tiene que cumplirse una serie de condiciones, otra cosa es que los seudosindicatos se queden con las manos en los bolsillos frotándose las manos y punto..
2,- En un ERE no hay despidos improcedentes si este ha sido aprobado por autoridad laboral, son todos procedentes.
3,-Un despedido improcedente son los pactado en el SMAC o declarado por el juez en su sentencia y su significado es claro, si es pactado significa que la empresa admite que no es legal pero no admite su readmision, o el juez sentencia que no es procedente y condena a la empresa a su readm8sion pero esta tiene la facultad de mediante una indemnización al trabajador se desace de el, pero ojo si el juez considera que ha sido un capricho o dolor este puede condena a una indemnización mas alta de 45 días por año.
4,- Un despido nulo generalmente es por una tramitación incorrecta y es obligatoria su readmision
5,- En un ERE no existe despido disciplinario  y se indemnización de 12 dias por año, pero si se recurre a nivel jurídico este puede declararlo improcedente y su indemnización es mayor
6,- Y claro que si un ERE es pactado, y aceptado por los trabajadores este puede suspenderlo la autoridad laboral 
#6045

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Me alegro de tu optimismo, pero recuerda que los diputados del PSOE y los diputados con cargo de ministro (no todos los ministros son diputados) votaron en Noviembre 2025 a favor de la moción para no verse retratados; ya la ministra de SS y el secretario de estado, en su dia, se pronunciaron en contra, alegando que saldría muy caro suprimir nuestras penalizaciones. 
Todo es postureo y desde hace 5 meses que se aprobó, tanto Gobierno, como PSOE, no han hecho nada porque no quieren. 
Ojala me equivoque pero personalmente creo que no suprimirán nuestras penalizaciones.
 
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