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Interpretación Disposición Transitoria 34

5,01K respuestas
Interpretación Disposición Transitoria 34
Interpretación Disposición Transitoria 34
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#4201

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Buenas tardes:

Reproduzco enlace de "conversación" mantenida sobre DT 34.2 con la IA GEMINI:

https://g.co/gemini/share/02d246720726

Saludos
#4203

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Gemini no te va a decir nada que no sepamos (y de hecho es lo que hace). Ni tiene otras fuentes.

La conversación es un resumen de lo que hemos venido comentando, con un tinte optimista.
#4204

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Vaya lo qué descubres, claro que no hace falta abogado, pero ya creo que tu criterio tiene muy poco recorrido como si ha sido en la reclamación previa, que valen para nada si se basa en criterios que en primer lugar ya interpretas mal el punto 3, cuando dice (seguirán siendo de aplicación las reglas de accesoa la modalidad de jubilación anticipada) esta hablando de las fórmulas no de las penalizaciones que estan derogadas el 1/1/2022 y por tanto son las mensuales.
Pero es que tanto una reclamación como la denuncia hay que dar un criterio en basa a normativa legislativas y jurisprudencia del mayor alto rango porque de lo contrario esta fracasada desde el principio y el recurso al TSJ autonómico ya es necesario abogado y procurador y como cualquier recurso ir enfocado sobre una normativa legislativa o judicial y que sera difícil mantener si antes en lo social no ha habido ya una estrategia en el juicio, pero desde un diálogo con jurisdiccional, y por ejemplo en los juicios de reclamación del CM muchos se han celebrado sin abogado, ha sido porque en la demanda ya habia una estrategia legislativa y jurídica nadaremos que del TJUE, y el demandante en juicio se limita a ratificar los argumentos de la demanda y que lo primero que tiene que superar es un tramite administrativo y luego sea admitida a tramite, donde una simple falta de 4 copias de la demanda se la rechazan o una alegación dw la SS
#4205

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Sin acritud y, sin que sirva de precedente, confío en que no tengas razón.
Ánimo y un abrazo.
#4206

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Ni para la reclamación previa, ni para el recurso administrativo, necesitas abogado. ¿Problema? La administración si pierde, sí o sí, presentará recurso de reposición. Ahí si necesitas abogado y el abogado no se sentirá confortable si no ha establecido la arquitectura correcta del proceso en su origen según su visión.  
#4207

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Gracias, precisamente este pedazo de historia me encaja como el guante.
En Abril del 2024 mi antigua multinacional propuso y sutilmente impuso un modelo de "prejubilación" similar al que mencionas.  Mi caso fue imposición por que la verdad yo queria seguir trabajando, me llegó a llamar la direccion de la empresa, el mensaje nunca por escrito es que si no lo aceptaba, no sabian donde trabajaria ni por cuanto tiempo. Por supuesto la mayoria de mis compañeros aceptaron el trato encantados. Yo despues de considerar la seguridad financiera de mi familia, firmé.
Desde este enero que Recursos Humanos tiene pendiente de responder si mi acuerdo encaja en el redactado del apartado 3.
Entiendo que segun explicas, no puede encajar por que debiera haberse producido antes del 2022.
PD: Obviamente reclamaré respuesta a Recursos Humanos. 
 
#4208

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Créeme, que yo seria más que feliz si en este tema me equivocara.
Saludos
#4209

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Si lees la condición b) de la DT34-3, que es la que podría encajarte, verás que los acuerdos colectivos deberían haberse tomado antes del 01/01/2022…
A verás que te contesta Recursos Humanos.
#4210

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Perdón, ha sido un error mío. Anoche era muy tarde y confieso que la tabla fué elaborada por ChatGpt. Y según parece no me ha dado ningún valor correcto. Hoy lo vuelvo a consultar y me dá los siguientes valores que espero que estén bien:

Año.       JAV
2022     67.203
2023.    62.111
2024.    61.269
2025.    59.247

Al menos el dato de 2025 coincide con el artículo de El Economista que ha puesto Rucko.

En los últimos 25 años las JAV han ido aumentando de forma continua hasta alcanzar un máximo en 2022 de 67203 personas. Y coincido contigo en que a partir de esa fecha y gracias a la reforma de las pensiones ha comenzado a descender. Por tanto, ¿Podemos concluir que la aplicación de la DT34.2 no ha afectado en nada al número de personas que se han jubilado anticipada y voluntariamente?

Veamos... antes de aplicar la DT34 las JAV bajaron de 67203 (2022) hasta 62111(2023) un 7'58%. Sin embargo, después de aplicarla baja de 62111(2023) hasta 61269 (2024), un ridículo 1'35% y al año siguiente de 61269 a 59247 (2025) un 3'3%.
En resumen, en los dos años que ha estado funcionando la DT34.2, a pesar de estar soportando la reforma de las pensiones, las JAV apenas han bajado.

Me gustaría saber las JAV que se produjeron en los dos primeros meses de 2025 y las que se han realizado en 2026, ¿De verdad que sigues pensando que la DT34.2 no influye en el número de JAV?

A veces es más importante la pendiente que la tendencia.


#4212

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Sigues confundiendo la intención de la Dt34. El cambio en 2022 se realiza para aumentar la edad efectiva de jubilación, la dt34 fue solo un bálsamo para reducir la confrontación con los sindicatos, pero el objetivo era bajar el número de jubilaciones que más pueden bajarse, las voluntarias. Ni la LGSS ni la DT crean ni destruyen trabajadores en edad de jubilarse de forma ordinaria o anticipada pero si que cambian la composición del mix de cómo se jubilan. En los cuatro últimos años hemos pasado de  un 7,2% de jubilaciones voluntarias anticipadas a un 3,2%, es decir el número de jubilaciones anticipadas voluntarias se ha reducido en más de la mitad (un 56,6%) respecto al total de jubilaciones
Esto es lo importante y la demostración de que la estrategia que pusieron en marcha les está funcionando: castigar algo la jubilaciones involuntarias, castigar mucho las voluntarias, incrementar los años necesarios de cotización e incentivar que la gente trabaje más allá de la edad de jubilación ordinaria. 
De hecho, la mejor demostración, es que todo el mundo que anda por aquí está/estamos retrasando la fecha de jubilación. 
Tal y como mostró @Jalcper la edad media de jubilación sigue aumentando. 
Todo esto con independencia de cualquier valoración política.
#4213

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Ok entiendo tirando a poco ya os lo dije 
#4214

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Hola dejo enlace a lo que parece comunicación de un sindicato médico catalán, no aclara nada pero puede ser un hilo del que tirar.

Dicen que seguridad social no aplica la DT y que les pasen las resoluciones para reclamar.  (Parece que  esta publicado ayer)

https://metgesdecatalunya.cat/es/actualidad/noticias/la-seguridad-social-deja-de-aplicar-una-disposicion-que-penalizaba-mas-la-jubilacion-anticipada-con-bases-altas


#4215

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Si ese acuerdo es individual y hecho poste