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Interpretación Disposición Transitoria 34

5,9K respuestas
Interpretación Disposición Transitoria 34
Interpretación Disposición Transitoria 34
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#6016

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Ah vale.
Si, claro, el fin es ahorrar dinero antes de la fecha X sin perjudicar la pensión.
En los grupos de cotización altos son unos 430€ al mes, que en un año te vas a los 5000€ (nada despreciable).

#6017

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Esta mañana hemos acudido al CAISS para solicitar hacer supuesto de jubilación (mi pareja no puede hacerlo en el simulador), y hemos tenido dos informaciones 
           1.- Se vuelve  a aplicar DT 34.    BIEN!!!
           2.- Nos ha dicho que NO funciona el simulador,  que es un proceso que tienen que solucionar los informáticos y no sabe cuándo se podrán retomar las simulaciones.  Cuando le he comentado que lleva días funcionando me ha contestado que el pasado viernes (10 de abril) intentaron hacer una simulación y no funcionaba.   La buena mujer ha tenido la mala suerte de que en este caso no se puede hacer la simulación al momento y ha tenido que solicitar que la realicen.

Solo lo quiero compartir por si os pasa a alguno; no pretendo hacer demasiada sangre, la chica ha intentado ser agradable. 

Me ha comentado que en 3 semanas tendremos el cálculo en el domicilio,   espero que sea menos.
#6018

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

A mi sí que me deja y me sale correcto…
#6019

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Noticia de hoy en www.65ymas.com
 

Ofensiva de BNG y EH Bildu para acelerar la despenalización de pensión en largas carreras:

 

BNG exige saber el coste de suprimir los coeficientes reductores

"Frente a las habituales excusas del Gobierno sobre el elevado coste de despenalizar la pensión en largas carreras, el BNG ha utilizado los propios datos oficiales de la ministra de Seguridad Social para evidenciar la viabilidad del reclamo: "El sistema cuenta con un superávit de más de 3.172 millones de euros hasta febrero de 2026", exponen desde Asjubi40.

Además, señalan que el Fondo de Reserva rozará los 14.000 millones este año, lo que les sirve de argumento para subrayar que "el BNG y Néstor Rego acorralan al Gobierno porque demuestran que subsanar esta injusticia histórica es una cuestión de prioridades políticas, no de falta de fondos".

Desde la plataforma Asjubi40 celebran esta iniciativa parlamentaria, calificándola de "pinza política que pone al gobierno contra las cuerdas".

EH Bildu también interroga al Gobierno 

La segunda iniciativa parlamentaria la ha lanzado Oskar Matute (@OskarMatute), diputado del Grupo Parlamentario EH Bildu, con varias "preguntas al Gobierno con solicitud de respuesta por escrito".

Recuerda que el pasado 13 de noviembre de 2025, el Pleno del Congreso de los Diputados aprobó una moción consecuencia de interpelación urgente relativa a los planes del Gobierno para facilitar la jubilación de trabajadores y trabajadoras con más de 40 años cotizados sin penalización. El texto aprobado instaba al Gobierno a impulsar las reformas legislativas necesarias para que no se apliquen coeficientes reductores a las personas que hayan cotizado durante 40 años en su jubilación actual o cuando accedan a la misma.

En su escrito, Matute detalla que, según el informe publicado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la Seguridad Social tiene un superávit de más de 3.172 millones hasta febrero tras ingresar un 7,8% más por cuotas, "lo que sugiere que hay recursos disponibles para abordar la eliminación de los coeficientes reductores a la jubilación anticipada".

Ante la ausencia de avances legislativos tangibles, Bildu realiza las siguientes preguntas:

- ¿Piensan desarrollar la ley correspondiente para eliminar estos coeficientes reductores?

- ¿En qué fase de tramitación se encuentran dichas medidas y cuál es el cronograma previsto para su entrada en vigor?

- ¿Tiene el Gobierno una estimación actualizada del número total de pensionistas que se beneficiarán de la eliminación de estos coeficientes reductores tras la aprobación de la moción y el coste económico de la aplicación de esa ley? 
#6020

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Te PROMETO que esos superavit y/o reservas son humo: DEUDA PÚBLICA.
#6022

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

 Por añadir información; a parte de los continuos fallos en el sistema, la version actual tiene agujeros en determinadas situaciones. 
Por ejemplo si quieres aplicar la 34.3 en lugar de la 34.2 todo va bien si no tocas el tramo a futuro que genera el simulador. 
Basta con que simplemente lo edites y lo salves sin modificar para que ya no te haga las preguntas relativas al 34.3 (antes del 2013 , antes 2022..) y te lleve directamente a la 34.2.
Sospecho que pusieron demasiada presion a los informaticos y .... 
#6023

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

3 meses llevo yo esperando el informativo para calcular la cuantía de la pensión.
Vamos que ha caducado la fecha en la que pensaba jubilarme 
#6024

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

XV Legislatura
Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.
BOCG. Congreso de los Diputados Núm. D-510 de 14/04/2026
184/036737 
 Autor: Santiago Romero, Enrique Fernando
             Rivera Arias, Engracia
             Vidal Sáez, Aina 
Reformas legislativas impulsadas para dar cumplimiento a la moción relativa a los planes del Gobierno para facilitar la jubilación de trabajadores y trabajadoras con más de 40 años cotizados sin penalización, fase de tramitación en que se encuentra y cronograma previsto para su entrada en vigor, así como estimación del número total de pensionistas que se beneficiarán de la eliminación de estos coeficientes (núm. reg. 107866) 
Texto:
https://www.congreso.es/entradap/l15p/e10/e_0107866_n_000.pdf
#6025

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Aunque en principio tenía pensado jubilarme entre abril o mayo al haber sido restituida la DT 34.2, ahora en mi empresa estamos en un proceso de ERE por lo que espero poder estar fuera del mercado en junio como mucho.
Y en el acuerdo del ERE ya se está llegando a un acuerdo con la parte social para "Racionalizar" el CESS y adaptar las cuotas para seguir manteniendo la base reguladora por encima de la pensión máxima, pero lo justo para no cotizar de más sin perjudicar en ningún caso la pensión resultante en el momento de la jubilación.
Incluso se va a contratar un seguro que en caso de error en los cálculos y resultase una pensión inferior a lo estimado, este se hiciese cargo de pagar la diferencia.
La modificación de la pensiones conlleva una reducción de estas, pero a su vez va a llevar en determinados casos también una reducción de la cotizaciones.
#6026

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

"La modificación de la pensiones conlleva una reducción de estas, pero a su vez va a llevar en determinados casos también una reducción de la cotizaciones."

Esto se ha comentado aquí muchas veces. Y aunque sea cierto que cuando estás trabajando por cuenta ajena no se puede cotizar "a la carta", existen situaciones en que sí se pueden elegir.
Y cuando hablamos de un ahorro para las empresas (que son las que suelen pagar la mayoría de los Convenios) es normal que intenten reducir las bases para conseguir "la cotización justa".
Pero lo tienen que hacer muy bien porque el Convenio por ERE tiene dos limitaciones:
1) Una vez fijada tu BC entre la mínima y la máxima NO te dejan modificarla. Esto no lo dice ninguna norma (al menos que yo conozca) pero en la práctica es así.
2) No puedes cotizar por BM si no lo has hecho durante 12 meses en los últimos 24. 

Y teniendo en cuenta la facilidad que tienen para inventarse normas y la cantidad de ERE's que se avecinan, no descartaría que empezaran a decir que no puedes cotizar en un Convenio especial ERE "por MENOS de tu última BC"....


#6027

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Creo que tu fuentes de información de la reformas de pensiones futuras no estan en la línea que serán en realidad, y creo que poco tiene que ver con la actual ley 21/2021 y RDL 2//2023, y que creo no conoces bien, ya que la línea que se refleja en las mismas es totalmente  la contraria en cuanto a las bases de cotización máximas, que lo que buscan es precisamente lo contrario y que no es otra que cada vez mas sean mas reales con respecto a los salarios y se reduzcan las amnistía fiscales y de cotización que tienen determinados sectores.
Otra cosa son los ERES que se acuerden, pero no olvidemos que los pactos, pueden amañar esas maniobras, pero que dichos ERES tienen que ser aprobados por el ministerio correspondiente y precisamente la reforma del 2021 anula la palabra que introduce el RDL 5/2013 de Rajoy y que es " sostenibilidad" pero se reforma en la via de aumentar los ingresos por cotizaciones y en esa línea estan los incrementos en los importes dw las BM previstas hasta 2050 y que se hayan acabado los ERES que han sido el cáncer del incremento de gastos de la SS y esos costes los tienen que asumir las empresas y ahi esta Telefónica cuyas condiciones no han sido las mismas que los firmados en las reindustrilizaciones y posteriormente por la banca y electricas por ejemplo, ya que suponía que fuesen asumido por la administración y que ahora estos gastos los asuma la empresa y que estas cada  dia has tenido que asumir mayor financiación dw estos ajustes de sus plantillas, a pesar de contar con la colaboración sindical y que muy inteligente, manipulando cada dia mas financiando su falta de ingresos por cuotas de cada dia mas bajas de afiliados, otra cosa es que a la vez que la ley 21/2021 va en la línea de cotizaciónes reales a salarios en mayores porcentaje que los previstos en los incrementos de las PM mucho mas tibia, y esta generando este juego sucio e ilegal de ERES que repito que aunque cuenten con el beneplácito de la parte sindical tienes que ser aprobados por la autoridad laboral y lo que esta claro es que las reformas que vengan gobierne quien gobierne sera una reducion del % entre salario y pension y que desde 2011 ya es superior a una cobertura inferior es mas de 10% porcentual hoy cercano ya al 70% del salario en activo
#6028

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Me pierdo contigo ...pero actualízate un poco. Los ERE's no suponen ningún coste para el Estado. Las empresas que realizan un ERE hace tiempo que están obligadas a abonar lo que sus trabajadores cobren por paro o incluso por subsidios. Y a su vez, éstas suelen descontar a los trabajadores lo cobrado por prestación/subsidio del importe de la indemnización. Yo he pagado DOS veces los 24 meses de paro que he cobrado:
1) Lo he cotizado durante 35 años
2) Me lo han reducido de la indemnización reconocida. 

Pero en este país interesa seguir diciendo que las empresas son malas malísimas y que los trabajadores que despiden con un ERE son unos privilegiados. 
Pero la realidad es muy distinta. Son las grandes empresas las que más pagan a sus trabajadores y las que más aportan en cotizaciones. Y son sus trabajadores los que más impuestos pagan y más siguen cotizando después del ERE a través del CE.

Y después vendrán con las mentiras de siempre:
1) Los trabajadores que salen con un ERE no tributan por los primeros 180000€.
La cantidad exenta de tributar es la menor entre la indemnización por despido improcedente y los 180000€. Luego si no llevas mucho tiempo en la empresa te va a tocar pagar impuestos. 2) Y lo del 30% de reducción por rendimiento irregular del 
resto no exento más de lo mismo. Si el cociente entre los años trabajados en la empresa y el plazo de fraccionamiento de la indemnización no es 2 o superior NO tienes derecho a la reducción. Si has trabajado 15 años en esa empresa y te fraccionan la indemnización en 8 años no tienes derecho.
3) Las grandes empresas son las que hacen los ERE's. Esto es falso. La mayoría de los ERE's que se producen en España lo realizan las PYMES. Y muchas suelen pagar la indemnización legal: 20 días/año trabajado con un máximo de 12 mensualidades. 
Igual ahora algunos entiendan el porqué a la JAI se la llama forzosa. Cuando cumples 61 o 63 años jubilarte no es una opción (como en la JAV), sino una necesidad. Y no es por casualidad que los mayores recortes en la jubilación anticipada se produce en las JAI.

#6029

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Hoy he estado en una oficina del INSS para solicitar la JAV para el 23 de Abril, ( 24 meses de adelanto, menos de 38 años y seis meses cotizados,  asi que un 9,1 % de penalizacion.

El funcionario, en principio, era reticente a decirme el importe alegando que el simulador no iba bien. Tras insistir y consultarlo en otra mesa me enseño las tablas de penalizacion y me mostro la simulacion en pantalla con el importe correcto. Luego el simulador si que les funciona.

He presentado tambien la peticion de brecha de genero aportando la copia del libro de familia y he presentado la solicitud.

Ahora a esperar.
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