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Interpretación Disposición Transitoria 34

3K respuestas
Interpretación Disposición Transitoria 34
Interpretación Disposición Transitoria 34
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#3046

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Yo ya no seguiré estos temas, pues mi motivación fue la aplicación de la DT34, para ayudarme yo, me afectó en 2024, y a compañeros míos, y que a la vista de la INEXISTENTE informacion me leí, releí, intérprete, y estudié está "chapuza" de redacción para llegar a la realidad de lo que ha sucedido, al menos en 2024 y con posterioridad a la lectura del famoso informe de la DGOSS continué en estos foros, para ver si alguien en algún momento daba la "noticia" que aquí interpretamos hace tiempo, que hemos seguido desde entonces y que ha saltado ahora, precisamente para ayudar a esos compañeros a los que me refiero y de paso ayudar a todo aquel que entrará aquí con sus dudas, planteamientos, conocimientos y aprender de cada caso, como así ha sido por mi parte.
Me gusta debatir, hacerlo con argumentos, creo que se ha notado en todo este tiempo, pero ha llegado el momento de dedicar el tiempo de mi jubilación a otros "menesteres", he ayudado a los que inicialmente eran mi objetivo y espero haberlo hecho con los que aqui entraban.
#3047

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Gracias por tus aportaciones Jalcper

Sabe alguien si al dejar de aplicar la Disposición transitoria 34.2 volvería aplicarse el Real Decreto -ley 11/2024 de 23 de diciembre en su referencia al articulo 210.3 de la ley 21/2021??

Que dice :

3. Cuando para determinar la cuantía de una pensión de jubilación anticipada por voluntad del interesado prevista en el artículo 208 hubieran de aplicarse coeficientes reductores por edad en el momento del hecho causante, aquellos se aplicarán sobre el importe de la pensión resultante de aplicar a la base reguladora el porcentaje que corresponda por meses de cotización.

No obstante, en el supuesto de que el importe de la pensión resultante de aplicar a la base reguladora el porcentaje que corresponda en función de los meses de cotización acreditados fuese superior al límite de la cuantía inicial de las pensiones, establecido en el artículo 57, los coeficientes reductores por edad se aplicarán sobre el indicado límite.»

Gracias ,no se si lo expresé bien

#3048

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Para las pensiones cuya cuantía inicial sea superior a la Pensión máxima, la penalización por JAV se aplicará sobre la Pensión Máxima, con los coeficientes generales.
#3049

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

En tu perfil estoy con mi nombre completo, como lo estás tú.
Te daré la oportunidad de dar respuesta en tu foro, lo único que espero por tu parte es algo sencillo de hacer, nada menos que reconocer que aquella información que adelantaba en aquel momento, en base al informe de la DGOSS, que te he aportado aquí, no era ningún bulo, a la vista de la información que tenemos a día de hoy. Eso sí, esperaré a que menciones algo al respecto, pues creo me he ganado tu respeto y el de los que participan en este foro, al haberte dado la información de la que carecias en aquel momento, y que te ha servido para sacar conclusiones, acertadas o no, coincidentes o no conmigo y con otros participantes en el foro, todo es opinable y discutible. De lo contrario, no daré la cara, en un foro en el que tú, como administrador, juegas con ventaja, yo en este soy como tú, un participante mas.
#3050

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Gracias por la respuesta Werner, pero desde mi ignorancia no se donde viene lo que dices, pues en el articulo 210.3 que indico, habla de calcular la pensión resultante sobre la base reguladora mientras que esta operación no supere la pensión máxima, quizás lo que tu dices esta en alguna norma que lo haya derogado?
#3051

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Eh, eh, eh, un momento. Para nada me gusta este rollo despedida, Jalcper. Cuando alguien presenta esta especie de “dimisión” que se barrunta de tu post… pueden suceder dos cosas. Que sea aceptada o que no lo sea. Lo siento compa. He visto tu Resolución y la tuya no ha sido aceptada. El “Consejo” ha decidido, después de muchas elucubraciones, que, como mucho, podría admitirse que lleves un perfil más bajo para que tengas mas tiempo para el golf y eso… Como han hecho otros compas y yo también haré cuando me jubile… Pero de otra cosa… nanay de la china.
#3052

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Se aplica sobre la base reguladora si el resultado es superior a la pensión máxima, entonces y solo entonces, se aplica sobre la pensión máxima. Por eso puede darse el caso de que una base reguladora más pequeña te beneficie en el cálculo frente a alguien con una base reguladora mayor. 
Lógicamente, previamente a este cálculo debe aplicarse el coeficiente reductor si no alcanzases el mínimo necesario en años de cotización para tener el 100% de la base. 
#3053

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Jalcper, en primer lugar muchas gracias por todas tus aportaciones a este foro y que tanto nos ha ayudado a los afectados por la dichosa y liosa DT 34.2.
Como han dicho otros compañeros, esperamos que no te retires totalmente y sigamos contando con tus aportaciones, claras, concisas y fáciles de entender y de seguir.
Gracias de nuevo
#3054

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

No estoy diciendo que sea mentira, lo que digo es que cualquier documento que se ha presentado al parlamento tiene el sello del registro de entrada con su número y este en concreto no lo tiene y visto el juego qur lleva tanto tiempo haciendo que vale todo que sea descalificar, pues al menos me deja dudas, porque estoy seguro el tema no le importa nada
Y como bien dices el tiempo lo dirá porque tiene un proceso lento hasta que se contesta tiene que ser admitido por la mesa que sabemos como esta compuesta ya veremos  la PL de Podemos lleva desde junio de 2025 en comisión y mas de 30 prórrogas de ampliación plazos presentación de enmiendas y nadie dice nada y su tramitación fue acordada por unanimidad del pleno  al igual que la "NOCION" y ningun grupo diga nada o pregunte el porqué no se comience realmente  a discutir, quizás la próxima discusión de convalidar el RDL 16/2025 levante la liebre en las "negociaciones" que esta claro hat para que siga adelante y ya vimos que paso con el del año pasado y no he mirado la agenda parlamentaria pero creo sera hoy cuando se discuta, la semana que viene creo ya esta fuera de los 30 dias que debe hacerse.
#3055

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Que no lo dudo, pero no se conque perfil estas y aqui pulso el tuyo y no veo tu nombre y si no te importa entras en el mio y me envias un mensaje privado y me lo dices, aunque al ser  comentario no hay posibilidad de verlo si si me dices de quien era la publicación que entró en su perfil y puedo ver que ha publicado y los comentarios que tiene y veo el tuyo, la configuración del grupo yo no tengo potestad para hacerlo es del fundador del grupo que también esta como administrador y es la asesoria de Sergio 
#3056

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

En realidad es todo mas sencillo. Estamos hablando de JAV. Las JAI van de otra manera.
Si la BR (corregida por años de cotización) es menor que la pensión máxima del año en que te vas a jubilar, los coeficientes de penalización por jubilarte anticipadamente se aplican sobre la BR. Y el resultado es tu pensión.

Si la BR (corregida por años de cotización) es mayor que la pensión máxima del año en que te vas a jubilar, los coeficientes de penalización  por jubilarte anticipadamente se aplican sobre la pensión máxima. Y el resultado es tu pensión. Sin mas.

Como verás, una BR mas pequeña, en ningún caso va a obtener una pensión mayor que una BR mas alta.  En algunos casos si podría obtener una pensión igual.

Por ejemplo, dos personas, una con una BR de 3500€. Y la otra con una BR de 3600€. Las dos superiores a la pensión máxima del año causante. Pongamos que las dos personas han cotizado entre 38,5 años y 41,5 años. Pongamos también que las dos adelantan su jubilación 18 meses.

Entonces su pensión, en los dos casos sería la misma... Pensión máxima del año en que se jubilan menos el 8,4% de penalización por jubilación anticipada voluntaria.

A todo esto hay una excepción, que es para las personas que cumplan alguna de las dos condiciones del apartado 3 de la DT34. Y sería BR-penalización correspondiente, según años de cotización y meses de anticipo. Teniendo en cuenta que el resultado no puede superar a la pensión máxima del año en que te jubiles reducida en un 0,5% por trimestre de adelanto.

#3057

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Si entiendo,pero en que norma se basa que si la base reguladora supera la pension maxima la penalizacion es sobre la pension maxima y no sobre la BR yo creo que ni la SS lo tiene claro si no ya hubieran sacado las tablas y se podria realizar la simulacion.
#3058

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Es que yo con una br de 5100 euros resulta que sumí me jubilo en mayo , 24 meses antes sobre la BR ME QUEDARÍA LA MÁXIMA y al ser sobre la máxima me quitan un montón. 
Y sin 34.2
Creéis en la posibilidad  de que esto se revierta ??
#3059

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Eso está en el artículo 210.3………….. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11724
Pero te recomiendo, si quieres entender mejor todo este asunto, que leas por aquí…
#3060

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

5100€, Helena, es la base de cotización, no la base reguladora.
Para tu pregunta final… la respuesta está en el viento