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Jalcper

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Jalcper 03/07/25 12:56
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Para bien o para mal, la única información "fiable" que tenemos son:*.- Simulador de la pensión*.- Información de las Bases de cotización, que puedes solicitar a la Tesoreria de la Seg. Social, con la que puedes ver y contastar con:Bases Cotización del INSS (Simulador)las nominas de la Empresa si aun las tienesEn el caso de diferencias, solicitar, a quien corresponda, Tesoreria, INSS o empresa, las rectifiquen o actualicen.Otra cosa que puedes solicitar, pero tardaran tiempo, es información de la pensión.Con esta información, la "sorpresa" se elimina prácticamente en un % muy alto, pero no estas libre de sobresaltos. Un compañero mío, le afectaba la DT34.2 con la info del Simulador, pero cuando le llego la resolución, NO se la habían aplicado, cuando tenia derecho a que se la aplicaran, reclamo y se lo rectificaron, pero el "susto" no se lo quito nadie
Jalcper 03/07/25 12:21
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Entiendo que te refieres a que has solicitado la jubilación, pero aun no has llegado a la fecha que has solicitado de jubilación (lo que se llama "Hecho Causante"), desconozco si puedes anular la solicitud, puedes consultarlo/tramitarlo en el CAISS Si por el contrario, la fecha que indicaste de Hecho causante ya ha pasado, recibirás la notificación oficial con el valor de la pensión que te hubiese calculado el INSS, eso es a lo que Werner se refiere con la frase "La comunicación oficial te llegará en unos días, y la cantidad que refleje es la vinculante". Como te hemos indicado Werner y  yo, tienes un plazo de 30 días para hacer la reclamación que consideres y a partir de ahí todo lo que te indica Werner
Jalcper 03/07/25 00:09
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
De acuerdo con lo comentado por Werner, y complementando a alguna de las cuestiones que preguntas:El calculo que te hacen con el Simulador, es informativo, por lo que NO es vinculante, en mi caso particular, el calculo de la BR de la resolución era diferente al que me daba el simulador, la variación era pequeña y no me afectaba a la pensión final. El calculo real y final, te lo envían con la resolución de pensión, en el que te vienen las Bases de Cotización con las que te han calculado la Base Reguladora, así como la penalización que te aplican, IRPF que te aplicaran en la pensión y la pensión final una vez descontado el IRPF. Como es lógico puedes estar o no de acuerdo, por lo que tienes, creo, 30 días para hacer la reclamación que consideres.Por otro lado, si la DT 34.2 se dejase de aplicar, la penalización se aplicaría directamente sobre la P. Máxima, si como comentas tienes una BR superior a esa P. Máxima
Jalcper 02/07/25 23:59
Ha recomendado Re: Interpretación Disposición Transitoria 34 de Werner Pauli
Jalcper 01/07/25 08:48
Ha recomendado Re: Interpretación Disposición Transitoria 34 de Jesan10
Jalcper 06/06/25 15:22
Ha recomendado Re: Interpretación Disposición Transitoria 34 de Acds1
Jalcper 06/06/25 15:21
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Es cierto. Corrijo mi error. No se porque había estimado que el IPCA de mayo era 0%., es decir, no había variación de precios. Gracias por hacerme ver que estaba equivocado. 
Jalcper 06/06/25 11:45
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Con la publicación del IPC adelantado del mes de Mayo, y pendiente de confirmar en unos días por el INE, el IPC Promedio, a día de hoy 6 Junio, se sitúa en el 2,2% con lo que la P. Máxima estimada para el año 2026 la estimo en 3346,99€.Si como avanza el Banco Central Europeo y no hay "tormentas" económicas provocadas por la guerra arancelaria, es posible que este año el IPC se estabilice entorno al 2%.
Jalcper 26/05/25 23:43
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Como ya sabes, el IPC, concretamente el IPC Promedio de Diciembre de 2024 a Noviembre 2025, es el indicador que se utiliza para subir las pensiones, bien es cierto que no todas, y también se utiliza para subir la P. Máxima Anual. Es por este motivo que si el IPC promedio de este año sube por encima de un 2,05% (Hoy ese IPC está en 2,64%) y la P. Máxima supera los 3342,09€, esos son mis cálculos, se podría dejar de aplicar la DT34?, esa es la duda que se aclarará el próximo año. Espero, de verdad, aunque a mi ya no me afecta, que la DT se siga aplicando hasta la finalización del periodo transitorio. 
Jalcper 26/05/25 22:23
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Icens, en el foro hemos comentado varias veces que, a la vista del informe de la DGOSS en respuesta a una petición del INSS sobre la aplicación de la DT34, el informe daba a entender y/o ponía en duda que la DT34 se siguiera aplicando a partir en 2026. Esa duda, es la que tenemos dentro del foro, y que se resolverá, lógicamente el próximo año. Nosotros no tenemos los conocimientos ni la experiencia necesaria para afirmar si eso será así o no y creo que ninguno de los que participamos en el foro, hayamos afirmado que la DT34 se deje de aplicar en 2026, al menos yo no lo he afirmado. En base a lo comentado, es lógico, al menos para mi, que el INSS continúe aplicando los coeficientes asociados a la DT en las Simulaciones.Te transcribo el ultimo párrafo del informe, - creo que ese informe lo puedes encontrar en alguno de los post-."En conclusión, en el año 2024 debe ser de aplicación la DT ª 34 en todos los supuestos en los que la pensión es superior a la pensión máxima que corresponda al año 2024, independientemente del número de meses de anticipo sobre la edad ordinaria de jubilación; igualmente, debe aplicarse en los años siguientes del período transitorio - aunque previsiblemente solo alcance hasta 2026-."
Jalcper 18/04/25 16:40
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Enhorabuena Werner, bienvenido al grupo de pensionistas. Ya tienes el fruto de todos estos años de trabajo y toca disfrutar del tiempo libre que te da la jubilación. El Simulador ya te desaparece, pero a cambio de aparecen otras cosas que viene bien tener acceso a ellas. 
Jalcper 18/04/25 16:21
Ha recomendado Re: Interpretación Disposición Transitoria 34 de Werner Pauli
Jalcper 06/04/25 14:33
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Como bien dices, a estas alturas, yo creo firmemente que NO publicaran ningún criterio de Gestión en relación a la aplicación o no de la DT 34 para este año. Bajo mi entender, y creo que el de la mayoría de los que hemos leído el Informe de la DGOSS, este año continuara la  aplicación de la DT 34 como indica el informe, otra cosa, y es la duda que el mismo informe deja, es el próximo año 2026.Por otro lado, si el año próximo, se deja de aplicar la DT, haces una buena pregunta, a la que no se responderte. Espero, para los que esteis en esa situación, que esa duda se aclaré antes de finalizar el año.Finalmente, el consejo que te puedo dar respecto a la planificación es, hazte simulaciones a Diciembre de 2025 y otras simulaciones con diferentes fechas de 2026, hasta el mes que te interese, siempre tomando en cuenta la posible desaparición de la DT.  A partir de ahi, analiza la mejor opcion. A la Simulación de diciembre, añadele el incremento del IPC para el año próximo
Jalcper 20/03/25 14:18
Ha recomendado Re: Interpretación Disposición Transitoria 34 de Panconqueso
Jalcper 20/03/25 12:35
Ha recomendado Re: Interpretación Disposición Transitoria 34 de Panconqueso
Jalcper 20/03/25 12:16
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
La simulación que muestras, en mi opinión, esta bien porque debido a las "cotizaciones en la sombra" te puedes jubilar en la fecha que tienes en la simulación. Tu fecha de Jubilación ordinaria con 65 años, es Abril de 2028 por lo que si continuaras cotizando hasta esa fecha, el tiempo cotizado que tendrias entonces sería 39,07 años, es decir, superior a los 38,5 años que se necesitan para jubilarse anticipadamente.Como bien dices, te aplican la DT 34.2
Jalcper 20/03/25 11:57
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
La DT34, como su nombre indica "Disposicion TRANSITORIA", es una "Norma Temporal" que tiene un periodo de duración, que en este caso finaliza en 2033, o como hemos dicho en el foro, creemos que se dejara de aplicar en en 2026. Por otro lado, esta Disposición tiene la finalidad de "Salvaguardar" los casos de personas que, como yo y creo que la gran mayoría de los que estamos en este foro, estábamos y están a las puertas de una jubilación anticipada, para que la aplicación de los nuevos coeficientes y su norma de aplicación, no fuesen demasiado, voy a decir, "fuertes" y pasar de una aplicación "suave" con la ley anterior a la 21/2021, que aplicaba coeficientes trimestrales sobre la Base Reguladora, a la nueva ley 21/2021 en los que SI o SI se deben de aplicar sobre la P. Maxima, para aquellos que la superasen y con unos coeficientes mucho mas "duros" que en la ley anterior a 21/2021. Intentaré explicarme con numeros:Comparativa Ley 21/2021 y la anterior LeyEn la excel anterior, puedes ver una comparativa de aplicación con la Ley anterior y la actual, para una persona con los siguientes datos:Base Reguladora --> 3772,23€Tiempo cotizado --> 48,5 AñosTiempo de Anticipo Jubilación --> 24 MesesAño de Jubilación --> 2022.En ella puedes ver que pensión se le hubiese quedado a una persona que se hubiese jubilado en 2022, con ambas leyes y aplicando en la actual 21/2021 del articulo 210.3, que se aplicará al finalizar la transitoriedad de la DT34."Artículo 210. Cuantía de la pensión.3. Cuando para determinar la cuantía de una pensión de jubilación anticipada por voluntad del interesado prevista en el artículo 208 hubieran de aplicarse coeficientes reductores por edad en el momento del hecho causante, aquellos se aplicarán sobre el importe de la pensión resultante de aplicar a la base reguladora el porcentaje que corresponda por meses de cotización.No obstante, en el supuesto de que la base reguladora de la pensión calculada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 209 resultase superior al límite de la cuantía inicial de las pensiones, establecido en el artículo 57, los coeficientes reductores por edad se aplicarán sobre el indicado límite."Limite de la cuantía inicial --> Pensión Máxima.Comparativa SimulacionPor mis calculos: Parece que te afecta la DT 34.3, con lo que te aplican el doble calculo. Pensión final --> 3256,96€SI te afectase la DT34.2 en caso de continuar aplicándose en 2026. Pensión final --> 3214,87€.Si por el contrario, la DT34 se dejase de aplicar en su totalidad, es decir no se aplicase ningún apartado. Pensión final --> 3114,32 €
Jalcper 19/03/25 22:48
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Creo que esa desvinculación es VOLUNTARIA, pero como es un acuerdo firmado con anterioridad a 2022 creo también que te afecta el apartado b de la DT34.3."b) Que la extinción se produzca después de esa fecha como consecuencia de decisiones adoptadas en expedientes de regulación de empleo, o en virtud de convenios colectivos de cualquier ámbito, acuerdos colectivos de empresa o decisiones adoptadas en procedimientos concursales, que fueran aprobados con anterioridad al 1 de enero de 2022."En cualquier caso, consulta con el comité de empresa, y en un CAISS (estos últimos pueden o no aclarártelo sin están "formados" los que deben decirte algo, no como nos paso el año pasado, que no les habían informado de la aplicación de la DT 34).El simulador siendo baja voluntaria no te dará opción a nada, solo debes de indicar la cotización que realizaras por el CE hasta la fecha de jubilación.Si la jubilación fuese involuntaria (JAI) si te daría opción a indicar el motivo de la baja. Al menos así era cuando yo podía hacer simulaciones
Jalcper 19/03/25 22:39
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
En el momento que deje de aplicarse la DT34.2 ( ejemplo claro, en 2033 y si se deja de aplicar en 2026) se aplicará la Penalización sobre la P. Max. Eso es lo que significa esa columna.El resto de Columnas, creo se entiendan bien:"Ley 2021".- Es la Ley en la que se calculaban las penalizaciones sobre la Base Reguladora, fuera esta superior o no a la P. Máxima, y las penalizaciones se calculaban por trimestres de anticipación y que se MODIFICO con la Ley que hizo el Sr Escrivá."Ley 2022".- Como bien dices, es la ley que se aprobó en Diciembre de 2021 y que entro en vigor el 1 de enero de 2022, por ese motivo la identifico así, para no equivocarla con la anterior (podía haber puesto la la ley como se identifica en realidad, pero he preferido hacerlo así para, desde mi punto de vista, que pueda entenderse mejor)."DT 34.2".- Es el calculo con aplicación de la DT34.2"DT34.3".- Es el doble calculo, comparativo, entre el resultado de aplicar los calculos de la "Ley 2022" y la "DT34.2". El resultado que muestra, es el MAYOR valor de los dos, si al interesado le afecta la DT34.3"Sin aplicación DT34".- Es el calculo de la pensión SIN aplicar la DT, que dejara de aplicarse en el 2033, y si estamos en lo cierto, como pensamos en el foro, dejara de aplicarse en 2026. Espero que nos equivoquemosEspero haberlo aclarado.Por otro lado, veo que ya están aplicando la DT 40, yo tengo hechos los cálculos con aplicación de esta DT, pero al estar ya jubilado, no puedo acceder a hacer simulaciones (lógicamente, pues las simulaciones a mi ya no me sirven. Me da otras informaciones, de pensión, revalorizaciones, IRPF aplicado, etc). Agradecería que alguien mostrara una simulación para contrastar con los cálculos que yo tengo hechos y corregirlos si fuese necesario.
Jalcper 17/03/25 22:54
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Enhorabuena y bienvenido al Club de los Jubilados y al de los Jubilados Anticipados. Disfruta de ese merecido descanso, después de tanto tiempo trabajado
Jalcper 17/03/25 22:52
Ha recomendado Re: Interpretación Disposición Transitoria 34 de Javier 62
Jalcper 14/03/25 21:06
Ha recomendado Re: Interpretación Disposición Transitoria 34 de Panconqueso
Jalcper 14/03/25 15:38
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Ojo!! Javier, repito sin animo de ser cansino ni pesado, realmente NO cumples las condiciones  de 38,5 años cotizados, hasta la fecha de tu "cumplemes" que no es ni mas ni menos que el día 23/10/2026, en el que anticipas 24 meses la Jubilación Anticipada y esta SOLO puede ser posible en esa fecha.Si solicitases, la Jubilación con la fechas que te da el simulador, estoy casi seguro, que te la rechazarían si como creemos es Jubilación Anticipada VOLUNTARIA. Consúltalo en un CAISSDesconozco el motivo por el que el simulador te permite poner esas fechas, y además en la fecha que te indico, cambia el % de penalización que te favorece.
Jalcper 14/03/25 11:58
Ha recomendado Re: Interpretación Disposición Transitoria 34 de Werner Pauli
Jalcper 14/03/25 11:50
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
La fecha de nacimiento que figura en la simulación es el 23 Junio 1963, por lo que cumple los 63 años el día 23, no el día 22 como indicas. Te has equivocado?