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Jalcper

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Jalcper 25/01/26 02:21
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Tienes razón, me he equivocado y pido perdón a la gente que interviene en este foro.Siento haber provocado, como tú dices "rollo", repito lo aiento
Jalcper 24/01/26 21:01
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
En la fórmula hay un error, como no. (Base Cotización * % Contingencias)+(Base Cotización * % MEI)= Cuota a Pagar
Jalcper 24/01/26 18:09
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Jalcper 24/01/26 18:08
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Como aclaración, son dos términos, que pueden llevar a error:La Base de Cotización, es el concepto, en base a tu categoría profesional, con el que se calcula la cuota a pagar a la Seguridad Social. Una parte la paga la empresa y otra te la descuentan a ti directamente de tu nómina, la cantidad total es un 28,3%, (23,6% Empresa, 4,7% Empleado), otro concepto que también afecta, es el llamado MEI del que tú aportas/pagas este año un 0,15%, la empresa un 0,75%, un total del 0,9% que irá subiendo hasta 2029 ( total 1,2%, 1% empresa, 0,2% empleado) y de ahí hasta 2050 permanecerá  estable, si nada cambia. Este MEI, también se suma a la Base de cotización para calcular la Base Reguladora y que puedes ver en los informes de Bases de cotización que puedes descargar de la Tesorería de la Seguridad Social y del INSS, como consejo revisarlas/compararlas cada cierto tiempo, pues podéis llevaros un susto y no coincidir ni con vuestras nominasLa Base Reguladora es el sumatorio, hasta 2025, de las Bases de Cotización de los últimos 25 años, lo puedes ver en una simulación, divido por 350, es decir 300/350 (12 mensualidades*25 años = 300, 14 12 mensualidades + 2 pagas extras * 25 años = 350). Este año ha cambiado, te anexo el texto de la DT40 en el que puedes ver el cambio, respecto a 2025, "Desde 1 de enero de 2026, la base reguladora de la pensión de jubilación será el resultado de dividir entre 352,33 la suma de las 302 bases de cotización de mayor importe comprendidas dentro del período de los 304 meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante.". Creo recordar que hay un "doble cálculo", no se decir el artículo ni/o Disposición en el que figura, pero si no me falla la memoria, se calcula la BR como en 2025 y como se calcula en 2026 y te utilizan la que más favorezca.Por cierto, para el que quiera hacer el ejercicio de verificar la Base Reguladora, y ver si le da la cifra que indica, hay que sumar lo que en la simulación indica como "BA"Espero haberte ayudado para entender un poquito mejor, y no confundir, la Base de Cotización con la Base Reguladora, en el siguiente post dejo una captura para que se pueda ver la relación entre Base de Cotización, el MEI y lo que se paga a la Seguridad Social
Jalcper 24/01/26 15:28
Ha recomendado Re: Interpretación Disposición Transitoria 34 de Panconqueso
Jalcper 24/01/26 15:10
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
A raíz del RDL 11/2024 se actualizo el artículo de la Ley de Seguridad Social que te indica Panconqueso, lo puedes ver en el BOE  en su última actualización de Diciembre 2015.En post anteriores mios, puedes ver que este RDL surgió como "sugerencia" de un informe de la DGOSS, que también puedes ver en post anteriores y en que puedes ver una explicación de porque se aplico en 2024 y avanzó que "podía" suceder en 2026.Del Simulador, no puedo decir nada, no tengo ya acceso
Jalcper 24/01/26 13:56
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
La expresión "no tires la piedra y escondas la mano", no es la más adecuada en este caso.He "tirado la piedra", porque:Tu mismo hiciste el comentario de que te "documentas" para dar respuestas. No ha sido el caso, y te he puesto dos ejemplos claros, uno de ellos se ha podido ver, el otro aquí no lo conocen, y que es el motivo de esta "discrepancia?"En tu foro, sin tener la información que has reconocido aquí no haberla localizado en ningun lugar de Internet, calificaste de "bulo" mi comentario de que posiblemente, en aquel momento, en 2026 se dejara de aplicar. Te la hemos/he proporcionado aquí, y como conseguir cualquier otra"Esconder la mano", tampoco es lo más adecuado, pues he dicho "claramente" que cuando en tu foro, des síntomas de reconocer de que estabas equivocado daría la cara, ya que estoy logueado con mi nombre y no hago comentarios en anónimo como si salen en el tuyo. Eso no es "esconder la mano", es marcar unas condiciones, que tu quieres cambiar, al pedirme que por privado te de información y puedas localizar lo que he comentado, para en privado también darme la respuesta que creas oportuna.Yo tampoco tengo ningún interés personal, a día de hoy, quería conocer en 2024 que sucedía con esa DT34, creo que la mayoría de los que estamos y en aquel momento entramos en el foro, ese era nuestro interés, lo reconozco, pregunto, tu no tenias interés en saber algo más de la DT34 cunado entraste en este?.Cuando tu empezaste en el tuyo, que interés tenias?, o no tenias ninguno?. Eso de que no te afecte ninguna normativa, a día de hoy posiblemente ninguna, más adelante ya veremos lo que nos pueda afectar, el futuro no lo conocemos nadie. Por otro lado yo, al igual que mas compañeros del foro, que hemos "solucionado" nuestro "problema", estamos jubilados cobrando nuestra pensión al igual que tu, seguimos aquí. Yo como puedes ver no lo he abandonado, esa es/era mi intención, estoy/estamos aquí ayudando, en la medida de lo que conocemos, tu tienes mas conocimientos del tema de la jubilación, cosa que te he reconocido aquí y en el tuyo, y lo que he aprendido creo habértelo agradecido, reconozco que tu también lo has hecho. No abandono nada por discrepancias, abandono cuando el debate se "encona" y se llega a una situación de "tablas" y no hay nada que demuestre mi postura o la contraria. Aquí ha habido algún caso, en el que se ha debatido sobre algo en particular, que he/hemos "abandonado" hasta que se ha demostrado, caso de la DT34.3, verdad compañeros del foro? y en el que en mi caso, por estar yo equivocado, he reconocido. Has reconocido aquí o en otro foro que estabas equivocado?.Es verdad, desconozco como funciona tu foro, me quieres hacer creer que un administrador, no tiene "prerrogativas" respecto a lo que se publica, que hacer con el que escribe y otra opciones que desconozco, por ejemplo, no es posible cambiar una consulta de alguien de un perfil a otro?, si eso es posible, que otra cosa no lo es?. Respecto a dar mi opinión o no, claro que pude darla, faltaría más!. Yo he entrado en mas foros, no solo el tuyo, en este tienes la prueba y lo puedes ver, lo activo que he sido hasta ahora y en otros en los que participo, pero en lo que no conozco procuro no meterme y aprender si es posible, en el tuyo, reconozco haber aprendido.En este foro, se puede ver, no me he escondido de nada y de nadieUna cosa que reconozco has conseguido, seguiré participando en este foro, algo menos.Y a la vista de que esto comienzan a ser "tablas".... como han dicho otros antes, copio su frase, me bajo aqui y ahora sí, "escondo la mano".
Jalcper 22/01/26 00:00
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
En tu perfil estoy con mi nombre completo, como lo estás tú.Te daré la oportunidad de dar respuesta en tu foro, lo único que espero por tu parte es algo sencillo de hacer, nada menos que reconocer que aquella información que adelantaba en aquel momento, en base al informe de la DGOSS, que te he aportado aquí, no era ningún bulo, a la vista de la información que tenemos a día de hoy. Eso sí, esperaré a que menciones algo al respecto, pues creo me he ganado tu respeto y el de los que participan en este foro, al haberte dado la información de la que carecias en aquel momento, y que te ha servido para sacar conclusiones, acertadas o no, coincidentes o no conmigo y con otros participantes en el foro, todo es opinable y discutible. De lo contrario, no daré la cara, en un foro en el que tú, como administrador, juegas con ventaja, yo en este soy como tú, un participante mas.
Jalcper 21/01/26 21:26
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Yo ya no seguiré estos temas, pues mi motivación fue la aplicación de la DT34, para ayudarme yo, me afectó en 2024, y a compañeros míos, y que a la vista de la INEXISTENTE informacion me leí, releí, intérprete, y estudié está "chapuza" de redacción para llegar a la realidad de lo que ha sucedido, al menos en 2024 y con posterioridad a la lectura del famoso informe de la DGOSS continué en estos foros, para ver si alguien en algún momento daba la "noticia" que aquí interpretamos hace tiempo, que hemos seguido desde entonces y que ha saltado ahora, precisamente para ayudar a esos compañeros a los que me refiero y de paso ayudar a todo aquel que entrará aquí con sus dudas, planteamientos, conocimientos y aprender de cada caso, como así ha sido por mi parte.Me gusta debatir, hacerlo con argumentos, creo que se ha notado en todo este tiempo, pero ha llegado el momento de dedicar el tiempo de mi jubilación a otros "menesteres", he ayudado a los que inicialmente eran mi objetivo y espero haberlo hecho con los que aqui entraban.
Jalcper 21/01/26 21:17
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Respecto a esto, creo que no has cogido el enlace correcto. Ese documento lo ha presentado, al menos así lo parece, el PP en la mesa del Congreso, así que en algún momento, ya veremos cuando, el gobierno dará cumplida respuesta
Jalcper 21/01/26 21:14
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Estamos de acuerdo en que la redacción del articulo es una "chapuza" monumental. Por otro lado, con la redaccion actual, mi interpretación es la misma que tenía, es decir, este año de ería de haber sido 0,230% el próximo, 0,345%, el siguiente 0,460% y así sucesivamente hasta 2050, si mal no recuerdo.Otra cosa es, que a la vista de las Simulaciones, es la realidad que se ha aplicado, tenga que admitir que sea solo 0,115% cada año hasta 2050, lo que demuestra la chapuza de redacción.Por otro lado, el Consejo de Estado, como órgano consultivo que es, está haciendo un "lavado de cara" al respecto de la redacción, la que parece le han enviado en el RD en el que parece han omitido la palabra "acumulativo", y que la incluyan de nuevo. Ahora pregunto, que quieren hacer con ese RD, respecto a la DT 39:Corregir y aplicar lo que yo interpreto?, sí esto es así:que va a pasar con la P. máxima de este año, La van a aumentar aplicando el 0,230% que correspondía este año? o Van a pasar de largo este año?Solo eliminar la palabra "acumulativo" del texto?Otra que se me ocurre, suspender "temporalmente" esa DTSupongo que en algún momento se verá lo que preparan. 
Jalcper 21/01/26 15:05
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
He revisado, un repaso por encima, las enmiendas en el Senado, a la Ley 21/2021 LGPAP, y NO habia NINGUNA enmienda, especifica, a la DT 34 y ninguno de sus apartados.Repito, ahora de "hacen de nuevas"?
Jalcper 21/01/26 15:02
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Hombre claro!! también la Patronal, que son a los que defiende el PP.
Jalcper 21/01/26 14:55
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Como puedes ver, la "palabrita" en cuestión si tenia su importancia, ahora como se aplicará:como nos mostro inicialmente en la primera simulación que colgaron en el foro?, o la que se colgó después?..... ya se verá en algún momento.El "parrafito" se las trae, "Limitar la cuantías inicial de la pensiones", "revalorización de la pensiones".. 
Jalcper 21/01/26 14:11
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Ahora el Partido Popular, también "se hace nuevas". A estos y los que salgan les aplico lo que decía en mi post anterior www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/6180079-interpretacion-disposicion-transitoria-34?page=200#respuesta_7151775, solo cambia el quien, antes eran CCOO, ahora PP, quien será el siguiente?
Jalcper 21/01/26 11:05
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
A la vista de este artículo: https://www.eldebate.com/economia/20260120/gobierno-carga-efecto-acumulativo-incremento-pensiones_375984_amp.html.Como se aplicará el incremento del 0,115% adicional de la DT 39?. Ya se verá más adelante
Jalcper 20/01/26 13:59
Ha recomendado Re: Interpretación Disposición Transitoria 34 de Shs61
Jalcper 20/01/26 13:52
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
A la vista de lo que comentas, y sin poner en duda la información que das te digo. Siendo un ERE, como comentas, y en 2020 en principio le afecta la DT 34 en su punto 3 aunque se acoja a la jubilación en 2026 con la reducción/penalización que le corresponda en función del tiempo ( meses) que anticipo.Entiendo que la Base Reguladora es superior a la Pensión Máxima de este año
Jalcper 19/01/26 18:58
Ha recomendado Re: Interpretación Disposición Transitoria 34 de Pobretrader
Jalcper 19/01/26 15:36
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
No sé a qué te refieres por "contrato suspendido", no sé si existe ese tipo de contrato, quizá si, no lo pongo en duda, pero entiendo que es un contrato de trabajo por el que se tiene una relación laboral con la empresa, y que por las causas que sean, no te desvinculas "totalmente" de ella (es decir, se puede volver a retomar el trabajo en las mismas condiciones). Si este es el caso que planteas, repito lo comentado en el post anterior, no sé cómo se trata legalmente.Si te desvinculas totalmente, es decir no vuelves a retomar esa relación laboral, es un cese voluntario, tu firmas o te acoges a unas condiciones contractuales, entre ellas el percibir una renta, bien a título personal o vía convenio, y es anterior al 1 Enero 2022, tienes derecho a la DT34.3 aunque te jubiles en 2026 o más alla
Jalcper 19/01/26 15:06
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Saben lo que escriben?, creo que no, y esto a la vista del texto "En el caso de la jubilación anticipada voluntaria de personas con pensiones teóricas que, una vez aplicados los coeficientes reductores por anticipación de la edad de jubilación, continúen siendo superiores a la pensión máxima del sistema, se está aplicando un periodo transitorio que está eliminando gradualmente, desde el año 2024 y durante un periodo de 10 años, la normativa anterior que aplicaba los coeficientes reductores sobre base reguladora."Ese párrafo "una vez aplicados los coeficientes reductores por anticipación de la edad de jubilación" esos coeficientes no son los de anticipación que son los que penalizan por ANTICIPAR la jubilación, sino que son los que corresponden por no haber cotizado el mínimo de tiempo, este 2026 continúan siendo 35 años, el próximo, de memoria creo que son 37,5 añosComo bien dices, no sé han enterado de que ese periodo transitorio ha FINALIZADO a día de hoy, con la información que disponemos, la nota de las Simulaciones del INSS, para mí, en este momento, la única real y fiable.
Jalcper 19/01/26 14:51
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Primero aclarar que "prejubilación" es un "palabro" que para el INSS y, creo, legalmente no existe. Es una palabra que la mayoría de la gente, incluido yo, utilizamos para indicar que hemos dejado de trabajar, PERO no estamos jubilados, es decir, no se cobra una pension de jubilación abonada por el INSS.Segundo, no se cómo se considera, a nivel legal, un contrato suspendido, por lo que no te puedo dar una opinión al respecto.
Jalcper 19/01/26 14:38
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Pues si fueron los sindicatos los que propusieron ese punto 1, tenían que:Haberlo redactado ellos, con su propuesta, y con la ayuda necesaria.Si no lo redactaban ellos mismos, tenían que haber vigilado su redacción y comprenderla antes de firmar, cosa que no han hechoComo sucede muchas veces, ahora vienen los "lloros" y el "yo no he sido".No sé me entienda mal, lo que critico es la indolencia, la falta de responsabilidad, la autocrítica, el pasotismo, la manipulación por parte de quien se "supone" debe/tiene que apoyar/proteger al trabajador y negociar de cara a estos.
Jalcper 18/01/26 16:08
Ha recomendado Re: Interpretación Disposición Transitoria 34 de Santiago Gaston
Jalcper 17/01/26 17:10
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34