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Jalcper

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Jalcper 07/02/26 01:00
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Para ser una SAA como te dice Shs61, tiene que ser por CESS o por cese involuntario, bien ERE... lo que se recoja en el Estatuto de los Trabajadores
Jalcper 07/02/26 00:57
Ha recomendado Re: Interpretación Disposición Transitoria 34 de Shs61
Jalcper 07/02/26 00:57
Ha recomendado Re: Interpretación Disposición Transitoria 34 de Shs61
Jalcper 07/02/26 00:56
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
En primer lugar, no he podido darte respuesta antes, pero veo que hahabido compañeros del foro que ya te han respondido, desde mi punto de vista, de manera correcta, entendiendo que los números que te han dado, sin ponerlos en duda, sean correctos, son cálculos sencillos que puedes hacer sin ningún problema y puedes verificar con una simulación.Aclararte:Tienes cotizados 43 años, por lo que sobre la BR, no tienes reducción por tiempo cotizado, lo que tú BR es el 100%.Al haber causado baja en la empresa, desvinculado de ella oficialmente, antes del 1 Enero 2022,  bien por ERE o con un acuerdo particular empresa-trabajador, no habiendo vuelto a trabajar más de un año, te afecta la DT34.3, que no se ha dejado de aplicar, solo se deja de aplicar la DT34.2Al ser la BR superior a la P.Maxima y cumplir la DT34.3, la reducción por anticipar la jubilación, bien 24, 21 o 18 meses, se hace sobre la BR, como te han calculado, una vez hecho, el resultado no puede ser superior a reducir la P. Maxima en función de los trimestres que anticipes la jubilación, considerando trimestres completos, por ejemplo si retrasas 5 meses, al no ser 2 trimestres completos, solo se considera 1 trimestre, así que retrasa 3 meses o 6, hecha cuentas y lo que mejor veas.Al retrasar la jubilación, x meses y seguir cotizando por el CESS, tu Base reguladora seguirá aumentando, poco pero ya no serán esos 3600 € que indicasEntiendo que te jubilas este año, pero si fuese el año 2027, y quieres ajustar la BR, considera en reducir el CESS, es una idea.Dejar de cotizar el CESS, los últimos 6 meses, desde mi punto de vista, no te lo aconsejo, por:Para acogerte a la jubilación es necesario estar en Situación Asimilada al Alta y el CESS cumple esa situacionEl estar inscrito en el SEPE, no sé si es tu caso, al haber sido una baja voluntaria, no cumple esa condición de SAA.Ten en cuenta, como ya sabrás, que el pago del CESS, al ser cotización a la Seguridad Social, entra en el IRPF, y te reducirán el pago o te devolverán parte de lo abonado. Tenlo en cuenta a la hora de hacer numeros.Respecto a darte de baja del CESS, consultalo y actúa en consecuencia.Creo haberte aclarado, junto a lo que te han respondido otros compañeros, tus dudas, pero la decisión final es tuya, tira de calculadora con varias situaciones y toma la decisión que consideres más adecuada.Por cierto, no se cuál es tu fecha prevista de jubilación, pero la información que has pedido sobre tu pensión, no te llegará a tiempo, yo solicité esa información 5 o 6 meses antes de jubilarme, y sigo esperando esa información, es decir, me llegó antes la resolución de la pensión cuando la solicité, que la información que pedí 6 meses antes.
Jalcper 06/02/26 23:24
Ha recomendado Re: Interpretación Disposición Transitoria 34 de Panconqueso
Jalcper 06/02/26 23:21
Ha recomendado Re: Interpretación Disposición Transitoria 34 de Enbar
Jalcper 05/02/26 11:37
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
No hace falta disculparse, siempre puede suceder que no se conozca, y todos los aportes, son bienvenidos, al menos por mi parte, y creo que el de la mayoria de los que lo formamos, por otro lados, creo que es el mismo que comunico @Panconqueso en su post 2983 de la pagina 199, www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/6180079-interpretacion-disposicion-transitoria-34?page=199#respuesta_7151499Respecto al comunicado del que hablas, en mi post 2989 de la pagina 200, puedes ver la "indignación" que me crea leer este y otros "comunicados" en los que "se las hacen de nuevas"www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/6180079-interpretacion-disposicion-transitoria-34?page=200#respuesta_7151775.A tu duda, si has cotizado mas de 41,5 años, estas en lo cierto, te aplicaran el 11,43 sobre la P. Maxima de 2026, si es una JAV y no te afecta la DT34.3 en cualquiera de los puntos
Jalcper 05/02/26 10:26
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
A lo que creo se refiere Panconqueso, yo creo, es que en relación a la DT34 los Criterios que han salido fueron 04/2022 y 04/2024 y que sería mucha coincidencia, de momento posible,  que el de este año, por un comentario anterior, pueda ser también 04/202...
Jalcper 05/02/26 01:28
Ha recomendado Re: Interpretación Disposición Transitoria 34 de Panconqueso
Jalcper 02/02/26 22:05
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
En este caso, no solicitaria, hasta donde yo entiendo , una JAV si no una JAIDe acuerdo.Para el CESS, yo no he dicho, o querido decir, que sea requisito estar SAA o de alta. Lo que digo, o he querido decir es, que para estar en SAA el CESS es una opción.
Jalcper 02/02/26 21:41
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Ojo!!, hasta donde yo se, un cese voluntario en el trabajo, y apuntado con posterioridad al paro:No genera prestaciónNo es Situación Asimilada al Alta (SAA)Para solicitar la Jubilación tienes que estar en SAA, si no no te la conceden.Para cubrir esa SAA, la solución que yo conozco, puede haber otras, es un CESSEste fue mi caso particular, si existe otra situación diferente no digo nada.
Jalcper 02/02/26 21:34
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Su caso es una JAV
Jalcper 02/02/26 21:27
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
@pntrpb gracias por la información, no recordaba tu caso y revisando los post's anteriores he visto lo que comentabas y la explicación que di en ese momento de como y porque te aplicaban los calculos que has comentado.A la vista de eso tengo que reconocer, que para el punto 3, la DT34.2 tambien ha caido.Espero que el informe de la DGOSS lo explique bien, y en consecuencia el Criterio de Gestion que publiquen.
Jalcper 02/02/26 20:50
Ha recomendado Re: Interpretación Disposición Transitoria 34 de Pntrpb
Jalcper 02/02/26 18:13
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Dejando aún lado lo inútiles que son, y lo mal redactada que está la DT, tengo una pregunta, " Si en el " cartelito" pone la DT34.2", por qué no indica más claramente la "DT34 deja aplicarse", si como tu dices, también afecta a la DT34.3  en todos los casos que cubria ese punto?En cualquier caso, sabremos más una vez veamos o tengamos el informe de nuestra mano, lo leamos e interpretemos.Por cierto @pntrpb , en tu resolución indica algún motivo, o dice algo relacionado con esto?, o no dan un porque?
Jalcper 02/02/26 14:24
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Yo lo tengo en cuenta y la DT 34.3, ese es precisamente el "doble calculo" al que se refiere el punto 3.Respecto a los ERE's firmados/acordados con anterioridad a 2022 , es una condicion del punto 3 no recuerdo el apartado, y tengo claro que si, por lo que he comentado con Panconqueso. Si este punto es una salvaguarda para los que cesaron antes de 2022, se les debe de aplicar la DT34.2 si le es mas beneficioso, si no fuese asi, que tipo de salvaguarda es?.Solo se aplicaría para los que cumplan las condiciones de la DT34.3 y no para el resto.Yo lo veo asi de claro y sin dudas, otra cosa es que este acertado o no.Tambien es cierto que yo al estar jubilado no me afecta y no tengo la preocupación que podais tener los que esteis en esa situación, que os entiendo perfectamente.
Jalcper 02/02/26 14:07
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
@panconqueso te ha indicado unos post que te dirigiran a este texto que te pego:"En el post 2689 página 180, puedes ver por un lado un informe de la DGOSS a petición del INSS en el que explica porque se aplico la DT34 en 2024 y como preveía, entonces, que posiblemente en 2026 se dejará de aplicar.En el post 2698 de la misma página, puedes ver con números la misma explicación."Si te diriges a estos post, puedes ver y espero respondan tus dudas
Jalcper 02/02/26 14:02
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Lo desconozco, pero si te planteas esa situación, miralo muy bien.
Jalcper 02/02/26 13:59
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Para ver en que estamos de acuerdo:Entiendo que un ERE, se acoje a una JAI.La DT34.3, es una "salvaguarda" para los que cumplen sus condiciones (tanto JAV como JAI), entiendo que si.Entiendo que si es una "salvaguarda", para este caso la DT34.2 sigue en vigor, por lo tanto solo se aplica a los que cumplan condiciones de la DT34.3 y no para el restoSi es una salvaguarda, existe el famoso "doble calculo", cálculos anteriores a 2024 y DT34.2, entiendo que si.De ese doble calculo, se aplica el que mas beneficie. Creo que aqui no hay duda pues el mismo parrafo lo dice.Ahora, si un ERE es un despido, y por lo tanto una JAI, cumpliendo las condiciones de la DT34.3 se debe de aplicar lo anterior, al menos yo lo veo así.Ten en cuenta que, por ejemplo:Anticipo 24 Meses, Tiempo cotizado inferior 38,5 años con DT34.2Penalizacion ---> 9,1%Sin DT34.2 Penalización -->14%Luego los números reales dirán cual es el mejor de los dos cálculos.
Jalcper 02/02/26 13:07
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Si dejas el trabajo de forma voluntaria, no cobras paro y tampoco estas en lo que llaman "situación asimiliada al alta". Otra cosa es que una vez encuentres un trabajo y despues seas despedido, si es a lo que te refieres, pero como bien dices, mucho ojo con este tipo de situaciones pues las vigilan 
Jalcper 02/02/26 01:31
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
La DT34.3 indica en uno de los apartados, que se pueden acoger por ERE's o Acuerdos Colectivos; siempre que se hayan firmado antes de 2022. Para mi, eso son condiciones para que una JAI se le pueda aplicar la DT 34.3 , no sé si estoy equivocado o no.Creo que estamos de acuerdo, que el punto 3 de la DT34, es una salvaguarda, por lo tanto si se cumplen las condiciones que se indican en él, la DT 34.2 se seguirá aplicando para estos casos.Lo coeficiente de la DT34.2, son inferiores a los de la JAI en las mismas condicionesUna cosa a tener en cuenta, para que una JAI se le pueda aplicar la DT34, solo se le puede aplicar, si se quiere jubilar en los últimos 24 meses
Jalcper 02/02/26 01:16
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Yo no te se responder, lo siento. Quiza en el foro haya alguien que te pueda orientar
Jalcper 02/02/26 01:12
Ha recomendado Re: Interpretación Disposición Transitoria 34 de Jaumesg
Jalcper 01/02/26 23:41
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
.Si la baja en el trabajo ha sido voluntaria, el paro en este caso no cumple con la "situación asimilada al alta", así que andaros con mucho ojo en ese tema
Jalcper 01/02/26 16:39
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
La Disposición Transitoria 34, no es la "mala de la pelicula", el autentico malo de esa pelicula, que es la Jubilación anticipada, no es ni mas ni menos, que los artículos 208 y 210, en los que se cambian los coeficientes que existían con anterioridad a la Ley 21/2021 LGPAP, son mas "duros" pues han pasado de 16%, 15%,14% ,13% a un 21%,19%, 17%, 13% y el 210. que ha pasado de aplicar un coeficiente del 0,5% por trimestre (máximo 4%) sobre la máxima y ahora a aplicar los coeficientes por anticipación directamente sobre la máxima.La DT 34, es una "salvaguarda" para esas cotizaciones máximas, es decir que su aplicación durante un periodo de 10 años, hiciese que el cambio entre la anterior aplicación y la nueva del 210, fuera, por decirlo de alguna manera, mas "suave". Lo que ha sucedido es, que con la pésima redacción de la DT, ese periodo transitorio ha durado solo 2 años, por haberse absorbido el efecto del aumento de los coeficientes