No nos pongamos nerviosos. La formula que muestro, no tiene otra intención más que la de orientar a aquel que tenga curiosidad por saber que Base Reguladora (BR) necesita tener para obtener el máximo de pensión posible en una jubilación anticipada.Cada uno, con ayuda del Simulador de la Seguridad Social, puede hacer variaciones en las Bases de Cotización y ver si es posible alcanzar ese valor o no, y también con el simulador saber que pensión final tiene, y hasta entender porque le sale una cantidad u otra (Si supera esa BR, puede habérsele aplicado la DT34.3 o si no la supera haberle aplicado la DT34.2). Hasta aquí la intención de la formula. Respecto a lo que comentas:Conozco de sobra que las Bases de Cotización están en función del salario y del Grupo de Cotización al que se pertenece, mientras estas en activo y no se pueden modificar/variar a nuestro gusto.Cuando se cotiza por CESS, estas Bases tienen un máximo y un mínimo, al igual que cuando se esta en activo, pero estas están "limitadas" en función de las Bases que se tenían cuando se estaba en activo. Lo que si es posible, es modificarlas anualmente dentro de esos limites y siempre dentro del grupo de cotización que tenias cuando estabas en activo. Como ejemplo, no recuerdo muy bien, pero no puedes solicitar la Base Máxima si no has cotizado anteriormente por esa Base, no recuerdo las condiciones.Claro que el cambio de Bases no es un mercado a la carta, tienes los limites que he comentado en el punto anterior, pero en parte si lo es porque puedes variar esas bases anualmente, dentro de la limitaciones que tienes establecidas.El hecho de modificarlas anualmente implica estar "vigilante" cada año de la evolución de la P. Máxima del año siguiente, si tu objetivo es estar por encima de esa Máxima, pero también he conocido gente que no les importaba quedar por debajo y ahorrarse dinero y tener una pensión menor. TODO esta en función de lo que cada uno se marque como objetivo. El mío, fue quedar por encima de la máxima, lo más ajustado posible y aprovecharme de la DT34.2, el máximo posible.La formula que presento claro que calcula hasta los céntimos, son matemáticas y con datos concretos, eso no quiere decir que si alguien quiere utilizarla y "jugar" con las cotizaciones anualmente, tenga que ajustar al céntimo, en mi opinión sería un "descerebrado" si lo hace, pues siempre son estimaciones a futuro, y el IPC, como esta sucediendo hoy, puede hacer subir mucho la P. Máxima. Si alguien decide hacer eso, tiene que "guardarse" un margen de "maniobra". A mi el ultimo año que cotice me permitió bajar al mínimo.La formula, y lo digo en el post, indica claramente "Base Reguladora", que no es lo mismo que "Base de Cotización", y para que quede claro:Base Reguladora es la suma de las Bases de Cotización ACTUALIDAS de los últimos 25 años (No tengo en cuenta la modificación que entro en vigor este año DT40)"Base de Cotización" es el valor por el que se cotiza mensualmente, en función del Grupo de Cotización al que se pertenece y el salario.El hecho de modificar anualmente las Bases, considerando obtener un máximo de pensión con el menor gasto posible, implica:Hacer un "seguimiento" del IPC, pues como ya sabes/sabéis, este influye en la P. Máxima del año siguiente. Y a 30 de Septiembre, ya se puede tener una idea, aproximada, de cual puede ser esa Máxima el año siguiente. Lo puedes ver en posts del año 2025 el "seguimiento" que hemos hecho en este foro para ver que podía suceder este año con la DT34.Ya sabes que cuando escribo en el foro, normalmente no lo hago a la ligera, me puedo equivocar, y siempre lo hago con datos y mi propia experiencia. Esos datos y opiniones no obligan a nadie a tomarlos en consideración y las decisiones finales SIEMPRE son personales, con información que cada uno debe de contrastar con lo medios que se tengan al alcance.Siento la "chapa" pero no se explicarme con menos palabras.