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Interpretación Disposición Transitoria 34

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Interpretación Disposición Transitoria 34
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Interpretación Disposición Transitoria 34
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#1786

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Chapeau, Jalcper !!!
#1787

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

En el asunto de la recompensa por retrasar la jubilación, si se opta por incrementar la pensión, es de un 4% cada año.

Recientemente, el Gobierno, con el acuerdo de empresarios y sindicatos, ha modificado este asunto.

Ahora, tras el primer año de retraso y su correspondiente 4%, es posible seguir trabajando y recibir un aumento de la pensión del 2% cada 6 meses, en lugar de hacerlo del 4% por años completos.

Lógicamente, para nosotros que estamos interesados en la jubilación anticipada, no es un tema que tenga importancia.

Por otro lado, pensemos que proyectar situaciones más allá de este año, o como mucho el 2025, tiene el riesgo evidente que haya un cambio de mayoría parlamentaria y se hagan modificaciones a las reglas vigentes.
#1788

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Hola a todos, acabo de recibir la confirmación de mi jubilación solicitada por la web y con aplicación de los descuentos segun la DT34. Sin vuestra ayuda habría sido más dificil. Muchas gracias por vuestra ayuda.
#1789

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Pues ahora, esperar que te abonen la pensión y a disfrutar de la jubilación. 
#1790

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Buenos días.
Estoy valorando jubilarme anticipadamente 
En este momento mi base reguladora estimada a abril/2025 sería de 3.249,58 €.
La pensión máxima para 2025 se estima en 3.238,54 €.
Por lo tanto, a fecha de hoy podría acogerme a la disposición transitoria 34, pero por los pelos.
El problema es que el simulador estima una subida del 2% para la pensión máxima 2025  pero el ipc 2024 probablemente ronde el 3,4%.
En ese caso mi base reguladora ya no estaría por encima de la pensión máxima.
¿Alguien me puede decir cómo se actualizará mi base reguladora con el ipc?
Muchas gracias
#1791

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Buenos dias.
¿Sabeis decirme alguien si me han asesorado incorrectamente?
Un bufete de abogados al que contrate me dice que al cumplir los requisitos de JAI
podría jubilarme a los 61 desde el subsidio +52 y como me sale pensión máxima y mi despido fue antes de 2022 no me aplicarían los reductores de la tabla (48 meses = 30% reducción) sino solo el 0,5% por cada trimestre, 0,5 x 16 trimestres = 8% de la pensión máxima de mi año de jubilación anticipada con 61 años. Me da miedo pedir jubilación a mediados del 2025 ( hecho irreversible ) y que me venga una resolución con una pensión muy inferior y tener entonces que pleitear con la SS.

Busco y busco en internet y salvo este bufete y el abogado de you tube Ignacio Solsona, nadie mas menciona nunca este supuesto.
Nota : No me funciona el simulador de la SS. No puedo hacer simulaciones.

Mil gracias por vuestra ayuda.
#1792

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Los últimos 25 meses antes de la fecha de Jubilación, las Bases de Cotización NO se ven afectadas por el IPC, es decir, si te has fijado en una simulacion, esos 25 meses se multiplican (IA) por 1, con lo que la Base Reguladora NO se ve afectada por el IPC. 
La única forma de "modificar" esa Base Reguladora, en ese periodo, es modificar las Bases de Cotización, que puedes hacerlo si estás cotizando mediante el Convenio Especial. 
Si el IPC de este año se sitúa alrededor del 3,5% la P. Máxima para 2015 estará en torno a 3289€
#1793

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Alfonso, la información que te ha dado el bufete parece correcta.

Quienes vengan cotizando por un importe mayor que la pensión máxima, y accedan a la jubilación anticipada forzosa, como es tu caso, se les seguirá aplicando el coeficiente reductor trimestral del 0,5%.

Pero haces bien en verificar que todo es correcto, es un tema muy serio para tu futuro, sin duda. Imagino que ya habrás comprobado que reúnes las condiciones para acceder a la JAI: tipo de despido, recibo de indemnización en su caso,...



#1794

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Además de lo que te ha comentado Werner Pauli, acudiria a un CAISS, para que al menos te den una Simulación, te informen para que puedas verificar los requisitos que te ha comentado Werner, y contrastar con lo dicho por el bufete
#1795

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Gracias Werner Pauli por el consejo. Me alegra que me confirmes que son cálculos correctos.
Lo increíble es que si te descuidas y te quedas con tu BR un euro por debajo de la pensión máxima ya no cumples uno de los requisitos y te aplican la ley actual con una reducción del 30%. 
Un saludo.
#1796

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Gracias por el consejo  Jalcper. Así lo tenía previsto hacer. A mendigar a un funcionario al azar tu futuro en los próximos 30 años. Si te han de hacer los cálculos manuales estas vendido. La última que han descubierto en este bufete experto en pensiones es que a diferencia de lo que los usuarios creemos (que nos suma la cotización del subsidio +52  a nuestra cotización de Convenio Especial) los funcionarios en el cálculo manual, (cuando no funciona el simulador), cogen la mas alta de las dos, lo cual a largo plazo puede generar una inesperada merma en la BR final.
Un saludo cordial.
#1797

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Muchas gracias
#1798

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Alfonso, no se si eres usuario de Facebook, pero te aconsejo que leas/consultes un grupo llamado "Jubilación Anticipada61" . Los administradores de ese grupo conocen bastante bien temas relacionados con las pensiones y pueden asesorarte/ayudarte y aconsejarte, si les expones tu caso
#1799

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Gracias Jalcper.
Los busco.
#1800

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Siento ser el aguafiestas. 
Salvo error mio. En la Jubilación anticipada involuntaria SI que se aplica sobre la BR la reducción del 30% por 48 meses de anticipación, habiendo cotizado menos de 38 años y 6 meses. Lo del 0,5% por trimestre va después en el caso de que la pensión resultante fuera superior, en tu caso a PMax-8%.
Vamos con números...
Tomemos como PMax para el año 2025 la que apunta Jalcper (mucho mas realista) de 3289€ y vamos a reducirla en un 8% obteniendo así la pensión máxima que tú podrías cobrar en ese año... 3026€
Pero para llegar a eso tu BR tendría que superar primero la reducción del 30%.
Entonces tu BR en el mes de 2025 que te jubiles con 61 años tendría que ser de 4323€ ... para obtener esa pensión Máxima (PMax de 2025 -8%) que tú podrías cobrar con 4 años de adelanto de 3026€.

En el caso de que demoraras la jubilación hasta los 63 años, en 2027, también encajarías en el apartado 3 de la DT34ª y en apartado 2 de la DT34º y sus coeficientes (sobre la PMax) mas benévolos (siempre que tu BR, en esa fecha, se mantenga por encima de la PMax de 2027). Te harían los cálculos con las 3 fórmulas y te aplicarían la mas beneficiosa para ti. El problema es que parece muy difícil que la DT34-2 alcance a 2027...

Procura resolver esos problemas de acceso al simulador o como te dice Jalcper acude presencial a la SS y que te saquen de dudas.