Me huelo por lo que dices que te lo han suspendido por exceso de patrimonio. Si no adquiriste inmediatamente en 2023 nada más tener el dinero en tu cuenta la que ahora es tu nueva vivienda, empadronándote en la misma y comunicándolo a la Seguridad Social el cambio de dirección, todo en el mismo 2023, o si el dinero que obtuviste de la venta de tu vivienda primigenia estuvo en tu cuenta X días, semanas o meses, y una de dos, o por tu saldo a 31 diciembre o el saldo medio del 4T (el mayor de ambos, que es lo que mira Hacienda y comunica a la Seguridad Social) superó el umbral de patrimonio para el IMV de tu unidad de convivencia, seguramente provocaste la extinción del IMV.
Mira a ver que te aparece en tu certificado integral de prestaciones... si no te aparece nada es porque no tienes IMV asignado.