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ritekg5

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ritekg5 13/05/24 01:42
Ha respondido al tema Cambio domicilio IMV - Ingreso mínimo vital
También hay que considerar que algunos juzgados van más lentos que un caracol en las 24h de Le Mans... igual tiene lo del divorcio + convenio regulador "en trámite", o igual no hay nada al respecto... ni idea... ni lo sé, ni lo ha comentado ni quiero saberlo... eso lo sabrá ella y tendrá que ver como lidiarlo si la Seguridad Social se lo reclama.
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ritekg5 13/05/24 01:38
Ha respondido al tema Cambio domicilio IMV - Ingreso mínimo vital
Ya... por eso añadí en mi última respuesta que mejor lo mire en una oficina de la Seguridad Social con un funcionario que desde su terminal consulte su expediente y pueda responder sus dudas.
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ritekg5 13/05/24 01:30
Ha respondido al tema Cambio domicilio IMV - Ingreso mínimo vital
Un cambio de domicilio no afecta para nada el IMV, siempre que en ese domicilio nuevo no existan empadronadas otras personas junto con vosotros (que eso sí puede dar pie en un futuro a líos e historias). Es decir, si tu unidad familiar sois tres personas, esas mismas tres personas y nadie más son las únicas que deben aparecer en un certificado de empadronamiento colectivo en la nueva dirección.Una vez te cambias de dirección, sacas el empadronamiento colectivo, te aseguras que sea correcto y lo remites a la Seguridad Social desde https://pssc.seg-social.es/comunicacion-variaciones-imv o en una oficina de dicho Organismo, adjuntando el citado certificado de empadronamiento colectivo.Dicho trámite tampoco paraliza el abono del IMV mes a mes (evidentemente), en el caso de que lo cobres.Que te hayan pedido documentos del padre será para revisar los ingresos del padre y tenerlo en cuenta para descontarte la pensión de alimentos que vuestros hijos reciban de él, pero vamos, que lo mejor es que acudas a tu oficina de la Seguridad Social y que allí te respondan todas tus dudas porque esas cosas lo miran con el convenio regulador de la sentencia de divorcio correspondiente, así que es posible que hayan visto algo extraño en tu expediente y por eso te piden esos otros documentos.NI YO NI NADIE DEL FORO PUEDE SABER CON CERTEZA PORQUE TE LOS HAN PEDIDO A ESTAS ALTURAS CUANDO DICES QUE YA ESTÁS COBRANDO EL IMV, ASÍ QUE LO MEJOR ES QUE LO ACLARES EN UNA OFICINA DE LA SEGURIDAD SOCIAL PREGUNTANDOLO ALLÍ.
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ritekg5 13/05/24 01:07
Ha respondido al tema Cambio domicilio IMV - Ingreso mínimo vital
Ni entiendo bien tu pregunta concreta (porque obviamente un cambio de domicilio no tiene nada que ver con cambiar la unidad familiar si la totalidad de personas empadronadas en el domicilio anterior son las mismas que en el nuevo) ni me queda claro si tienes o no concedido el IMV, pero dado que lo pediste en 2021, te recomiendo que si todavía no tienes noticias, lo mejor es que vayas a una oficina de la Seguridad Social y comentes allí todas tus dudas, que seguro sabrán responderte sin problemas porque tienen acceso a todo tu expediente.
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ritekg5 12/05/24 23:21
Ha respondido al tema Renuncia IMV - Ingreso mínimo vital
Estás en el hilo correcto, pero no has leído nada del mismo.Cuando, en otro hilo, preguntaste esto mismo y te pasé el enlace de este hilo, era para que lo leyeras completo desde el principio, porque acá se han expuesto los pasos a seguir.  En todo caso, si tienes alguna duda concreta, te interesará preguntarle a alguna de las personas que han ido exponiendo su experiencia al respecto.
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ritekg5 12/05/24 19:26
Ha respondido al tema Pregunta - Ingreso mínimo vital
Tendría que demostrar, mediante certificado de servicios sociales y el correspondiente contrato de alquiler de una habitación (que puede ser algo simbólico, digamos 30 euros al mes por poner un ejemplo), que no tenéis relación ni vínculo familiar alguno, porque cuando ella notifique a la Seguridad Social el cambio de dirección y empadronamiento, pues son documentos que debería adjuntar para acreditar más fuerza en que no ha cambiado su unidad familiar y es solo un cambio de dirección.No obstante, si se trata de algo temporal o provisional, a lo mejor le interesa no decir nada a la Seguridad Social y hacer la comunicación de cambio de domicilio más adelante, cuando ya se haya instalado en su sitio definitivo... por evitar papeleo y movidas, digo...
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ritekg5 12/05/24 19:20
Ha respondido al tema Dudas - Ingreso mínimo vital
En este otro hilo https://www.rankia.com/foros/economia/temas/5263323-renuncia-imv-ingreso-minimo-vital?page=1 tienes toda la información de como hacerlo y gente que ha compartido su experiencia.
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ritekg5 12/05/24 12:33
Ha respondido al tema Estado en tramite imv - Ingreso mínimo vital
En el foro hay gente que le ha tardado dos años, aunque lo habitual viene siendo poco más de un año... lo mejor que puedes hacer es acercarte a tu oficina más cercana de la Seguridad Social y preguntarles qué ocurre, a ver que se cuentan.
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ritekg5 12/05/24 12:30
Ha respondido al tema Cuanto se tarda desde que se recibe el sms de favorable en cobrar la vital - Ingreso mínimo vital
La aplicación de Tarjeta Social Digital no destaca precisamente por ser precisa en toda la información que muestra, lo mejor es que consultes los importes que te aparecerán en la página de tu certificado integral de prestaciones como ya te han indicado, en la página "Certificado de importes al cobro resumen" https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Ciudadanos/Informes+y+Certificados/181119_INSS
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ritekg5 12/05/24 06:44
Ha respondido al tema IMV Diferencia entre patrimonio y activos no societarios ?? - Ingreso mínimo vital
Es muy raro que la Seguridad Social no haya publicado OFICIALMENTE los importes para este 2024 ni están en su web documentados... pensando mal y dado que revisan a final de año con el IRPF del año anterior igual es por algo, ¿no?Incluso me suena haber visto en el foro hace tiempo algún caso de IMV ajustado a cobrar solo el complemento a la infancia tras la revisión de final de año y la chica insistiendo en que por muy poco no superaba el umbral de patrimonio de ese año (señal de que le aplicaron la revisión de final de año con el IRPF del ejercicio anterior y los umbrales también del año anterior)Hace tiempo incluso le comenté a una persona en el foro que si revisan con el IRPF del ejercicio anterior, igual es factible que también usen los umbrales de ese año anterior.Es un run-run que tengo con el que me ronca bastante la mandarina, y leyendo el BOE y normativas del IMV varias veces es que cada vez cobra más sentido en mi cabeza.
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ritekg5 12/05/24 00:16
Ha respondido al tema Dudas - Ingreso mínimo vital
No es óbice para que te la denieguen, pues lo que te mirarán es el IRPF 2022 o IRPF 2023 para concederte el IMV... en todo caso, si tuvieses muchos ingresos por tu actividad ahora como autónoma, como los reflejarías el año que viene en tu IRPF 2024 si que se te descontarían a finales del 2025 en la revisión anual de cuantías que hace la Seguridad Social.De todas formas están tardando más de un año en que te concedan o no el IMV, así que a ver si en unos meses te dicen algo al respecto... suerte y ya nos contarás.
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ritekg5 11/05/24 10:47
Ha respondido al tema IMV Diferencia entre patrimonio y activos no societarios ?? - Ingreso mínimo vital
Lo habrán hecho para cuadrar la tabla y que les quede bonita, ya comenté el resumen en mi post www.rankia.com/foros/economia/temas/6354299-imv-diferencia-patrimonio-activos-no-societarios-ingreso-minimo-vital?page=1#respuesta_6355087De todas formas vuelvo a indicar que la primera tabla son los niveles de patrimonio máximo que no se puede superar para acceder al IMV normal más COMPLEMENTO A LA INFANCIA, si procede aplicártelo (porque haya menores en la unidad familiar): Si los superas, pues solo tienes acceso al IMV en modo COMPLEMENTO A LA INFANCIA, siempre que no superes estos umbrales que te indica la tabla siguiente, porque entonces tampoco tendrías derecho siquiera al complemento a la infancia: La vivienda habitual no cuenta para patrimonio, pero si nos empadronamos en una dirección diferente a la de nuestra vivienda en propiedad, entonces sí que nos computará.NOTA PARA PERSONAS QUISQUILLOSAS TOCAPELOTAS (no va por ti, vega777, ruego no te des por aludida, aunque otras personas creo que saben por quién lo digo):  Las tablas reflejan la última información disponible a fecha actual por parte de la Seguridad Social, que está en https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/65850d68-8d06-4645-bde7-05374ee42ac7/ y cada año actualizan. Es este caso hacen referencia a 2023 porque la Seguridad Social no ha actualizado PÚBLICAMENTE todavía la información para 2024 (e igual hasta tiene su lógica, porque si la revisión del IMV a final de año se hace con el IRPF del ejercicio anterior, las cifras para 2024 tal vez deberían mostrarlas a partir de 2025 para surtir efecto con la revisión del IRPF 2024).
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ritekg5 10/05/24 11:51
Ha respondido al tema Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital
Dile a la gestora que le hacen la declaración a tu pareja que está equivocada: https://www.elespanol.com/invertia/mis-finanzas/edad-empezar-presentar-declaracion-renta/830417282_0.html https://www.elespanol.com/invertia/mis-finanzas/edad-empezar-presentar-declaracion-renta/830417282_0.htmlY, como te ha dicho el compañero, lo más sencillo es incluirles como descendientes en tu misma declaración, aunque también puedes hacerlos como Hacienda te ha comentado; ya si acaso lo que mejor te salga o decidas.
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ritekg5 10/05/24 11:13
Ha respondido al tema Imv y prácticas EPES Andalucia - Ingreso mínimo vital
Desgraciadamente es así... tendrás ingresos indebidos del importe de la casilla 0018 de tu IRPF, con lo que a finales de este año te bajaría el IMV mensual y encima tendrías que devolverles dinero... una putada, pero es que así funciona el IMV.
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ritekg5 10/05/24 09:38
Ha respondido al tema Cambio domicilio IMV - Ingreso mínimo vital
Una vez empadronados ahí, obtén un certificado de empadronamiento colectivo y asegúrate que todas las personas que aparecen en el mismo sean únicamente las de tu unidad familiar; después, para comunicar el asunto a la Seguridad Social, entra en https://pssc.seg-social.es/comunicacion-variaciones-imv y sigue los pasos que te indican, adjuntando al formulario dicho certificado de empadronamiento colectivo.
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