Panconqueso
31/01/25 14:19
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Interpretación Disposición Transitoria 34
Si tu jubilación anticipada es involuntaria en la reclamación deberías citar este párrafo del Criterio de Gestión 4/2024 del INSS:Con objeto de no hacer de peor condición en ningún caso a las personas que accedana la pensión de jubilación como consecuencia de un cese involuntario frente a las queaccedan voluntariamente, los aplicativos de gestión e información harán loscálculos necesarios de forma automática para que se aplique la opción másbeneficiosa -por resultar más favorable en determinados supuestos la aplicación delos coeficientes reductores recogidos en las tablas del apartado 2 de la DT 34ª que losque corresponderían de aplicarse los recogidos en el artículo 207 del TRLGSS o loscorrespondientes si fuese de aplicación la normativa anterior a la Ley 27/2011, de 1 deagosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de SeguridadSocial al amparo de la disposición transitoria cuarta, punto 5 del TRLGSS-, siempre quese acredite la carencia de 35 años y se anticipe la jubilación entre 1 y 24 meses.https://www.icaoviedo.es/res/doc/informatica/CriteriosINSS/Criterios-04-2024.pdfA ver si te resuelven ese desaguisado...