Tienes un siniestro en casa, tienes que comunicarlo.Digo mil veces que el plazo de siete días para comunicar un siniestro es una chorrada... pero ojo, eso no quiere decir que no haya que hacerlo. Porque la segunda parte del artículo que te obliga a dar el parte en 7 días, ya te avisa que: En caso de incumplimiento, el asegurador podrá reclamar los daños y perjuicios causados por la falta de declaración O sea, que si eso le genera un problema a tu compañía... lo pagas tu.El problema puede venir, por ejemplo, de no tener una peritación adecuada para poder defenderse. Cuando te provocan un daño en casa, importante, o medio importante, es necesario dar parte a tu aseguradora, aunque solo sea para controlar que la peritación del causante es correcta.
Art, 76, ley de contrato de seguro, (...)A los efectos del ejercicio de la acción directa, el asegurado estará obligado a manifestar al tercero perjudicado o a sus herederos la existencia del contrato de seguro y su contenido.
Una cosa es tener carencia en los servicios, y otra que te atiendan dolencias que no se han producido durante el efecto de la póliza.Cuando haces una póliza de salud, tiene efecto para los eventos que se producen en el periodo de cobertura. No lo que traigas de antes.Cuando tengas que contestar el cuestionario de salud, tendrás que contar que tuviste un accidente, o que has estado con un tratamiento, etc... y a partir de aquí, lo más probable es que no tengas cobertura para esto.Lógicamente, el traumatólogo te atenderá y te recetará lo que sea, pero en cuanto necesites hacer una prueba de imagen y la compañía tenga que aprobarla... el seguro se acabó.
Claro que se puede usar medios digitales.Y producen el resultado que estás obteniendo hasta el momento.Cuando quieres resultados distintos, no hay más remedio que reformular.Lo de que el precio no compite, es tu opinión. Pero no te engañes solo, deberías comparar el precio al que realmente puedes conseguir una póliza, en uno u otro sitio.Si comparas el precio que te da un comparador y que no puedes obtener te estás haciendo trampas al solitario.Pero, oye, buena suerte con las máquinas y sus telefonistas.
Estás sacando precio en comparadores.Que te dan precio sin hacer la consulta.Que si les llamas para hacer la póliza te atiende un telefonista.Haz las cosas de otra manera, date un paseo por tu ciudad, encontrarás un montón de agencias de seguros y corredurías.Entra, pide precio. Verás como alguno encuentra el error con los papeles delante.Y solo por si acaso... la póliza que das tiene que estar en vigor, si ya no tiene validez, no aparece para algunas aseguradoras, otras no lo tienen en cuenta, etc...O sea, comprueba que tienes el último recibo, que te cubre HOY, pagado.
Te será muy difícil encontrar un seguro de hogar sin responsabilidad civil. O sea, estás atado a tener las dos pólizas en la misma compañía.Hoy las compañías tienen productos diferenciados según el tipo de vivienda, con coberturas distintas según el tipo de vivienda, que se adaptan más o menos. Habiendo 100 productos de hogar distintos en el mercado ¿Te vas a limitar a tener que tener las dos viviendas en la misma aseguradora? Para ahorrar 4€ al mes de una RC...Hay muchos sitios a los que se va llegando en AVE, y tu quieres viajar con una máquina de vapor. Que tiene su encanto, pero si lo haces por ahorrar... no compensa el tiempo, la comodidad...Si lo haces que tengan el mismo vencimiento, porque si tienes distintos vencimientos cuando quieras irte a otra compañía podrás tener descubiertos, o pérdida de dinero, por doble cobertura. En unos años, no te acuerdas de la peculiaridad de lo de la RC, y la lías. No serías el primero.
Exactamente eso quería decir.Se hacía hace 30 años. Es una práctica extinta. O casi.En la mayoría de ocasiones es que estarás duplicando coberturas. Salvo que no tengas seguro en la segunda residencia, con lo cual te faltan coberturas. El valor de tu inmueble, y el de tu contenido.Un sinsentido, que hace 40 años, que nadie tenía seguro del hogar, esa extensión a la casa del pueblo venía muy bien.Gracias a Dios, a la evolución, o a la cultura general casi nadie tiene viviendas sin seguro, y esto no tiene sentido.
Las ha cambiado la comunidad, por necesidad, supongo.No hay un siniestro. No ha venido producido por un hecho improbable, aleatorio. No puede haber seguro que pague.Como dije, esto suele dejarse resuelto en la Junta de la Comunidad, cuando se decide cambiar las tuberías, se suele dar una solución general a estas cosas.
¿Pero qué daños y perjuicios?Cual es el perjuicio? que tiene que ser valorable, y que tiene que existir culpa de la comunidad, y haber relación causal entre un acto, u omisión, de la comunidad y el daño.
Pues eso, cada compañía hace lo que quiere, o puede.Tu sabes lo que tienes que hacer en tu caso. Pero no puedes valorar si otro lo ha hecho bien o no, porque puede ser que su sistema sea distinto, y les vaya bien.En estos casos, además, es mucho mejor un agente que un corredor, que conoce en profundidad como funciona una compañía en concreto.