Yo siempre hablo de cabeza, y me has hecho ir a mirar un condicionado. He visto uno al azar, con joyas declaradas. Y recalco esto porque "todos" son distintos. Lo he hecho para leerlo del tirón y no por capítulos como lo pones que no me entero.De acuerdo en que los elementos de oro, de menos de 500€ no los consideran joyas. De acuerdo en que en la calle el límite de atraco sea: 600 efectivo, 1000 enseres personales y 1000 en joyas. ¿Es esta la cobertura que aparece en condiciones? o no aparecen los 1000€ de joyas?Si la pulsera, vale más de 500€, valor de reposición, hay que declarar que hay joyas en casa, y su valor, la suma de las de más de 500€.Y esta cifra aparece como capital de joyas, junto a contenido, en la parte del condicionado que sería "particular". Y ahí en "tu" póliza aparecerá "0". ¿si?Las joyas que te da cobertura en la garantía de atraco, será si tienes joyas.Para mi, siempre he entendido, que esa pulsera ya vale más de 500€, y por tanto si no se declara no está asegurada.Si la pieza, no es una joya, en la definición de joya de la aseguradora, o sea, por debajo de 500€ de valor, entonces es un objeto normal, como el móvil y habría cobertura.Podría ser que en el contrato que tienes, al no estar declaradas joyas, no aparezca nada sobre ellas, y por eso te genera dudas. Si ves uno con joyas, está claro el espíritu de la póliza, de dar cobertura cuando están declaradas, y no dar cobertura sin declarar. Sé que es de Perogrullo, pero si no ves el capital de joyas en 0, y la cobertura de atraco con 0 euros, sino que no aparezca el término "joyas" te puede llevar a confusión.. Por eso te pregunto si aparece joyas: 0€ y en atraco el capital de joyas con cobertura?No juegues más con nosotros y dinos lo que cuesta la pulserita 😂