guillermotell
23/01/24 18:52
Ha respondido al tema Dudas compensación perdidas patrimoniales
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Cuando se obtiene una pérdida patrimonial por la venta de una vivienda, ésta podrá compensarse en primer lugar con las ganancias patrimoniales obtenidas en el ejercicio (fondos, acciones, otros inmuebles). Si el resultado de dicha compensación fuera todavía negativo, se compensará con el saldo positivo de los rendimientos del capital mobiliario incluidos en la base imponible del ahorro del propio ejercicio, con el límite del 20% de dicho saldo. Si tras esta compensación quedase saldo negativo, se compensará en los cuatro años siguientes.Tendrás que indicar quien transmite la vivienda e identificarla a través de su referencia catastral, y en las casillas 1824 y 1825 deberás poner la fecha exacta de compra y venta de la vivienda. Indicar el precio de venta y de compra en la casilla 1826. Al pulsarla en el programa Renta Web se abrirá un desplegable en el que poner tanto el precio de adquisición como el de la transmisión. La compensación de las pérdidas por la casa se hace de forma automática. En las casillas que van de la 0418 a la 0424 podrás ver el resumen. Una vez introduzcas los datos de la compra y las fechas, podrás ver el resultado entre las casillas 0385 y 0387.