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Participaciones del usuario Cachilipox

Cachilipox 01/06/25 14:19
Ha respondido al tema ¿Qué epígrafe del IAE corresponde a mi profesión?
Yo diría que la diferencia entre el 863 y el 864 es cuando eres solo aportador de contenidos para que ciertos medios elaboren el producto final  (863), o cuando eres ya el elaborador final de la propuesta, aunque el formato pueda variar (864).También se insinúa una diferenciación entre autores de material escrito que verse sobre realidad y actualidad, o sobre aspectos más de ficción.
Cachilipox 31/05/25 17:51
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Aquí te dicen donde y cuanto declarar:www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/6086929-tributacion-productos-amazon-vine-entrada-vigor-dca7?page=120#respuesta_6854021
Cachilipox 30/05/25 20:21
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Casi correcto.Si no superas ni los 2.000 € ni las 30 ventas, las plataformas de venta no deben informar a hacienda de tus transacciones.Pero deben ser los dos criterios a la vez.Si vendes 20 cosas, por 3.000 €, ya superas uno de los criterios, y la plataforma informará.Al hilo de esto, si se verifican ventas en plataformas, se pueden hacer varias cosas:.- Tirarse a la piscina, y no declararlo a hacienda. La base del argumento sería que las ventas de bienes de 2ª mano muchas veces son a pérdidas. Así que como lo que hay es una pérdida, y ni quieres aplicarla, no la declaras y listo. Es complicado que hacienda se dedique a rastrear estas operaciones (aunque podría hacerlo.....).- Cumplir estrictamente con la normativa, y evitarse jaleos con hacienda. En tal caso, estaríamos frente a una ganancia o pérdida patrimonial procedente de transmisión, a declarar en la base del ahorro.Las normas de valoración dicen que como valor o precio de adquisición hay que considerar "el efectivamente satisfecho". Como son objetos procedentes de "regalo", el precio satisfecho es 0,00 €. Pero la norma también permite incrementar el coste de adquisición con los tributos inherentes a la adquisición. Por lo tanto, se podría considerar que fiscalmente esos "regalos" realmente han costado el tipo medio del IRPF que se haya satisfecho (OJO, el tipo medio, no el tipo marginal!!!!!!).En este caso, si resulta que el tipo medio de IRPF me ha salido al 22,75 %, por ejemplo, un "regalo" de VINE de valor nominal 100 €, debería considerarlo como adquirido por 22,75 €.Si lo vendo por 40 €, resulta que he ganado 17,25 €, que debería declarar.
Cachilipox 28/05/25 15:10
Ha respondido al tema Resolver error Alta en RETA 16 días después que el inicio (modelo 036) pero con cambio de mes
En principio no hay derecho a solicitar la tarifa plana que no solicitaste al inicio por error. Debería ser una causa muy justificada, y aun ni así.Además, el alta en RETA debe ser previo al inicio de la actividad, igual que el alta censal. Hace ya varios años que esto es así. Podrían incluso pedirte la cuota del RETA de abril, ya que ya figurabas de alta en hacienda. Y lo harían con recargos. La posible sanción por haber desarrollado una actividad económica sin alta en RETA, dado que no hay mala fe ninguna, es posible que no tuviese recorrido.Realizar una actividad económica no es solo facturar y cobrar. Es hacer actos de organización y disposición de medios de producción con la intención de obtener ingresos (los consigas o no, sean un beneficio o no logres cubrir costes).Hay una situación censal, lo que se llama alta previa, que de alguna manera da cobertura y permite eso de primero haces gastos e inversiones, y ya luego te pones a trabajar/facturar. Aun así a veces esa situación puede llevarte a discusiones y malentendidos con la Seguridad Social.Así que en tu caso, analiza la cuestión, y valora si realmente te va a salir a cuenta continuar con la actividad.Lo de haberte puesto esa base de cotización tan baja es porque corresponde con la base más baja que existe. Otra cosa es que eso sea solo provisional, y ya el año que viene te hagan una regularización según hayan sido tus beneficios reales.Nota: La base de cotización para la tarifa plana son 950,98 €.
Cachilipox 27/05/25 18:01
Ha respondido al tema Prescripcion donaciones mensuales
A falta de otras evidencias, se presupone mero préstamo. Una vez constatada la voluntad del progenitor de condonar la hipotética deuda, es desde ahí de donde nace la posible donación.Al ser una cosa entre familiares, obligados por la normativa a prestarse "alimentos" (que por definición se consumen al momento de satisfacer necesidades), habría que hilar fino y ver cuando existe posible tipificación de donación (empobrecimiento patrimonial del donante con correlativo enriquecimiento del donatario), o no.Nota: una "donación" que no cumpla correctamente la tipificación de las donaciones a efectos del ISD, quedaría entonces sujeta y gravada con el IRPF como rentas del trabajo.
Cachilipox 26/05/25 19:26
Ha respondido al tema Hacer un Trabajo circunstancial, aun Amigo, sin Contratar - Contrato Laboral
Es posible, pero tiene sus límites.Mira por ejemplo, estos artículos:https://loentiendo.com/los-trabajos-de-amistad-benevolencia-buena-vecindad-y-familiares/https://noticias.juridicas.com/conocimiento/articulos-doctrinales/10282-los-trabajos-familiares-benevolos-amistosos-y-de-buena-vecindad/
Cachilipox 25/05/25 21:49
Ha respondido al tema Posible pérdida patrimonial
Dices que es un préstamo. Cuando finalice el préstamo, y te devuelvan la cantidad que entregaste, ahí entonces puede que exista una pérdida. Pero es posible que según como haya sido el tema legal, más que una pérdida patrimonial sea un rendimiento de signo negativo.Pero en todo caso, eso será, si es, al finalizar el préstamo.
Cachilipox 25/05/25 21:16
Ha respondido al tema Tributación de ingresos a través de Aplicaciones móvil
En prestaciones de servicios personales de las plataformas no hay un mínimo exento.La situación y calificación fiscal es complicada, pudiendo ser tanto un trabajo por cuenta ajena a favor de tus empleadores (los dueños de los perros), un trabajo por cuenta ajena o un falso autónomo a favor de la plataforma, o una verdadera actividad económica.Salvo que la cosa fuera por rendimientos del trabajo por cuenta ajena, sí debería llevar IVA.
Cachilipox 23/05/25 13:58
Ha respondido al tema El médico de la mutua me quiere dar el alta pero el de la SS no. ( Preguntas varias, voy perdido)
A.- Dado que es a cargo de la mutua el subsidio por IT que cobras, es lógico y legal que la mutua también supervise medicamente tu estado. Y el médico de la mutua puede tener su propio criterio sanitario, y efectuar recomendaciones. Pero como te ha dicho tu médico de familia, es ella quien finalmente decide. No interviene ningún tribunal médico en esta fase. Otra cosa es que desde la mutua hayan podido advertir posibles indicios de fraude, y entonces la cosa se eleva a inspección médica, y ya ellos decidirán, si no hacer nada o hacer algo, o dejarlo todo en manos de tu médico de familia.B.- Las mutuas no pueden dar altas. Ni prevalece ni nada. No pueden dar altas. (Nota: como mucho, por incumplimientos en acudir a las visitas de control, pueden suspenderte el subsidio, pero no formular el alta como tal)C.- Como debes saber, las patologías de salud mental a veces son utilizadas como pretexto (fraude), al ser muy difícil su seguimiento adecuado. Además, incluso ante una misma e indudable patología de tipo mental, las indicaciones y orientaciones terapéuticas pueden ser muy diferentes. Para un médico quizás lo más aconsejable sea alejarte de todo foco de tensión y conflicto, y para otro, con las mismas intenciones sanadoras, sea más aconsejable precisamente mantener al máximo el contacto con la realidad cotidiana. En un escenario de patología mental, una decisión como alejarte del trabajo, o permanecer en el trabajo nunca es inocua, en uno u otro sentido. Ambas dos posibilidades tienen sus ventajas, y sus riesgos.
Cachilipox 22/05/25 14:01
Ha respondido al tema Tributacion ingresos de Amovens alquiler coche entre particulares
Respecto del IVA, es posible compensar el IVA devengado con todo el IVA soportado que tenga a ver con ese vehículo, en la proporción en que el vehículo resulte afecto. Y como IVAs soportados serían tanto los IVAs correspondientes a las reparaciones y otros gastos de conservación, como el IVA soportado en su adquisición (en el % proporcional en que el vehículo esté afecto a la actividad).Lo que puede resultar un poco complejo, pero o imposible, es la justificación de que % es vehículo afecto y que otra parte es particular. Como siempre ante hacienda, es un tema casuístico. Si tienes varios vehículos (pequeña flota), es bastante obvio que alguno de ellos podría resultar afecto al 100 %. Pero si solo es el tuyo particular, que ocasionalmente cedes mediante esta plataforma, ya la cosa puede ser muy discutible (tiempo potencial, tiempo efectivo, etc etc).