Es tu dinero, y por lo tanto tu decisión siempre será la buena.Pero discrepo contigo respecto a tu intención de rescatar el capital y poner esto en manos de abogados. Eso es dar por perdida la batalla antes de empezarla, iniciando una batalla que puede durar años, asumiendo costes totalmente innecesarios.
O sea, que paralizas tu plan de ahorro inversión, rescatas tu dinero y empiezas a asumir costes judiciales, minutas de abogados (salvo que los abogados no te cobren). Y cuidado con ciertos consejos, porque también pagarás a hacienda por las plusvalías, que seguro que si tienes. Y al cabo de unos años, verás que no recuperaste el 100% de tu dinero, que además no estuvo invertido.
Tu decisión y aceptar ciertos consejos es mucho más caro que contratar un buen PIAS, solicitar la movilización del capital y seguir tu planificación de ahorro. Eso si, reclamando tus derechos SIN COSTES, conforme a la normativa que regula la comercialización y distribución de seguros de inversión.
Cómo verás, discrepó con
@insurance a menudo, sobre todo cuando habla de “todos los PIAS”, como si todos fueran iguales.
Pero hay también discrepo respecto a su confianza en Hacienda, que no perdona nunca.
Y le pregunto a
@insurance, ¿estas seguro de que hacienda va a asumir los costes que el cliente ha pagado por contratar un producto de inversión?
¿Tus clientes deducen tus honorarios de las inversiones que tu les recomiendas? ¿Tu minuta se consideran pérdidas (minusvalía) en una inversión en fondos, o en seguros de inversión, aunque estos den beneficios? Lo dudo, porque no soy asesor fiscal. Pero me extraña que hacienda confunda costes con minusvalías.
Cuando alguien contrata un producto de inversión con altísimos costes de contratación, hacienda no considera ese coste como minusvalía deducible o pérdidas en la inversión, porque ese dinero (el de los costes) nunca se invirtió.
El capital invertido se contabiliza después de costes, y aunque fuera poco el capital invertido y menos la rentabilidad obtenida, te aseguro que hacienda no perdona impuestos a nadie.
Entonces, si se trata de recuperar dinero cobrado indebidamente, demostrando que la información recibida no ha sido transparente, con incumplimiento de la normativa reguladora en materia de distribución y comercialización de seguros de inversión (PRIIP/IBIP),
no hacen falta abogados. Hace falta un buen asesoramiento en materia de seguros de inversión.No obstante, las instrucciones para reclamar a una aseguradora vienen claras en cada póliza en el apartado “cómo reclamar”, y resumidamente, consiste en solicitar aclaración e información al departamento de atención al cliente, que consta en ese mismo apartado, esperar respuesta (que será rápida pero dirá que todo está bien), se continua dirigiéndose al defensor del asegurado, y con la resolución si no es favorable, se acaba en la Dirección General de Seguros DGSFP, que resolverá a favor del asegurado,
si este tuviera razón. Y todo de forma
TOTALMENTE GRATUITA.Y mientras tanto, al movilizar el valor disponible a un buen PIAS, el dinero seguirá invertido, mantendrás la ventaja fiscal ya acumulada, ahorrarás tiempo, quebraderos de cabeza y ganarás dinero.
Y cuando recibas la devolución de los costes, puedes hacer una aportación extraordinaria a tu nuevo PIAS, o darte un homenaje.
Esa es mi recomendación, que no tiene por qué ser ni la única, ni la mejor.