#1441
Re: Mutualistas: devolución del IRPF
una opción podría ser que como cuando solicitasteis la devolución tuvisteis que presentar la autoliquidación del impuesto de sucesiones de cada uno de vosotros, hijos y cónyuge, se ciñan a lo que ahí se indicaba. Por ejemplo, a los hijos le corresponde la nuda propiedad de los derechos de crédito a favor de vuestro padre ante hacienda y a vuestra madre el usufructo de los mismos; como estos derechos no generan rendimientos, no hay usufructo y se lo comunican con liquidaciones de importe "0".
Pero bueno, es una hipótesis que se me acaba de ocurrir
Pero bueno, es una hipótesis que se me acaba de ocurrir