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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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#3676

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Así debió de ser y mi torpeza de no pensar que la pensión del Sovi también podía tener derecho, solo pensé en la de mi padre, el 2019 está perdido. Pero bueno, como ha sido gran sorpresa esto de mi madre, estoy muy contenta por ella y además es para siempre.
#3677

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

recordad que el año pasado fueron incorporando el ajuste de las mutualidades a medida que transcurría la campaña del IRPF.
Es lo que le ocurrió a mi padre: cuando entré los primeros días para descargar los datos fiscales, no aparecía nada, pero cuando a mediados de junio entré a elaborar la declaración -ya que le sale a pagar, la presento a última hora- me llevé la sorpresa de que aparecía lo de las mutualidades, cosa que no esperaba, ya que el trabajó en distintas empresas en el sector de la construcción y no estaba claro si había cotizado a mutualidades.
Así, en este caso de Mara63, si presentó la declaración los primeros días, probablemente no aparecía la información y luego ni se enteraron, hasta ahora.
#3678

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

en principio sí está prescrito, pero si la declaración de 2919 y anteriores fueron rectificadas por el asunto que fuese, comprueba la fecha de la resolución de la autoliquidación de la rectificación que es la que da el pistoletazo de salida para el cómputo del plazo de 4 años 
#3679

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

ok, gracias!!
#3680

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Se sabe a dia de hoy cuántas personas cobraron todos los atrasos y cuántos nos quedamos fuera de aquel pago que hicieron??? Yo solo conozco a una persona que lo solicitó presencialmente los primeros días en que salió el caso y se lo devolvieron. El resto de gente que conozco, lo solicito telemáticamente en los plazos que nos fueron diciendo y al llegar a Diciembre ninguno cobró y como ya sabemos se tiraron a la papelera todas esas solicitudes. 
#3682

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Están muy despistados. Deberían saber con quién perder la paciencia.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3683

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

De momento cruzar los dedos para que no anticipen elecciones porque en ese caso todas las leyes pendientes de aprobar (incluida la que nos afecta) quedaran en suspenso hasta que haya nuevo gobierno.
No pretender ser un comentario político, sino de índole operativa.
#3684

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

es imposible que suceda, y también  lo digo en términos de operativa país 
#3685

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

En suspenso NO.
Todas los proyectos de ley que se esten tramitando "decaen"; es decir , no continuan su tramitacion al formarse el nuevo parlamento.
Dichos proyectos de ley que han decaido, llegado el caso, tienen que empezar una nueva tramitacion desde cero, es decir, tienen que volver a presentarse en el Registro del Congreso, bien sea por el Gobierno o un grupo parlamentario.
#3686

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF


Por eso han tramitado un Proyecto de Ley... Y, si por ellos fuera, lo incluirían con varias medidas que les sirviesen para chantajear a la oposición y presionarla para que voten a favor de otras medidas-basura
#3687

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF


Aquí se ve el objetivo de tramitar un Proyecto de Ley, retrasar las devoluciones a los mutualistas con la excusa de que están esperando a que se apruebe... aunque realmente es para "maquillar" la recaudación y presumir de que recaudan más, porque dicen, con un par de narices que "este año se están haciendo menos devoluciones por este motivo de las que se hicieron el año pasado hasta abril"... ¿Se puede tener la cara más dura?

https://www.vozpopuli.com/economia/nuevo-record-de-recaudacion-de-hacienda-gracias-a-trabajadores-mutualistas-y-empresas.html

#3688

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

No sé qué es peor si la cara tan dura o la ignorancia (suponiendo que lo sea).
Algunos parece que no se han enterado de que, con ley o sin ley (en ese caso una parte), esas devoluciones no son exigibles hasta el 31 de diciembre. Al igual que la devolución de 2024, si la hay.
No hay nada nuevo, es lo mismo que todos los años.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3689

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

El Congreso ya ha avalado la reforma legal que permite que la Agencia Tributaria abone todo el IRPF debido y en un solo pago a lo largo de 2025 a los jubilados que cotizaron de más a las antiguas mutualidades de previsión social. El nuevo texto que permitirá a Hacienda realizar las devoluciones fiscales se aprobará definitivamente a mediados de junio en comisión parlamentaria.
El Congreso de los Diputados ha avalado la reforma legal que permitirá devolver a los mutualistas jubilados el IRPF abonado de más en un solo pago en 2025. El nuevo texto, que sigue su tramitación parlamentaria, corrige el plazo de cuatro años estipulado ahora para que Hacienda devuelva este año todas estas aportaciones pagadas de más por muchos pensionistas que cotizaron de más a las antiguas mutuas de previsión social que después integró la Seguridad Social y por las que realizaron una doble cotización.

La Agencia Tributaria ya devolvió el año pasado la cantidad correspondiente al ejercicio 2023 y este año ya está abonando la cantidad correspondiente al ejercicio 2024 en la campaña de la renta que comenzó el pasado 2 de abril. La medida aprobada ahora hace referencia a los periodos impositivos de 2020 a 2022 y de 2019 y anteriores no prescritos, deudas que la Agencia pagará este año y de una sola vez una vez que se apruebe la reforma legislativa.

Los mutualistas que aún no lo haya hecho pueden solicitar el abono de todos los ejercicios pendientes a través de un formulario en la web de la AEAT, en el que solo es necesario poner nombre, DNI y número de cuenta bancaria, y el abono de toda la cantidad debida se realizará una vez quede aprobada definitivamente la ley.

El cambio normativo, aprobado por mayoría el pasado 27 de mayo, se incluyó como enmienda del PSOE a laLey sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor que se tramita en el Congreso. El nuevo texto pasa ahora a la fase de comisión parlamentaria y según informa Europa Press, la comisión que dé el visto bueno al texto final podría realizarse a mediados de junio.

Permite, por un lado, modificar el formulario habilitado para reclamar los periodos impositivos citados, y por otro, iniciar el correspondiente procedimiento de rectificación de autoliquidación o de devolución iniciado mediante autoliquidación respecto de todos los periodos impositivos afectados por el régimen específico citado, de 2020 a 2022.

En los casos en que el formulario se hubiera presentado con anterioridad a la entrada en vigor de la disposición final en su nueva redacción, se entenderá que con dicho formulario se solicita también la devolución de los periodos impositivos 2020 a 2022, aunque solo se refería a los periodos 2019 y anteriores no prescritos.


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ECONOMÍA

Nuevo paso para desbloquear las devoluciones del IRPF a los mutualistas jubilados


La vicepresidenta primera del Gobierno y secretaria general del PSOE andaluz, María Jesús Montero, el sabádo en un acto en la localidad sevillana de Salteras. José Manuel Vidal

02/06/2025 10:15


El Congreso ya ha avalado la reforma legal que permite que la Agencia Tributaria abone todo el IRPF debido y en un solo pago a lo largo de 2025 a los jubilados que cotizaron de más a las antiguas mutualidades de previsión social. El nuevo texto que permitirá a Hacienda realizar las devoluciones fiscales se aprobará definitivamente a mediados de junio en comisión parlamentaria.

El Congreso de los Diputados ha avalado la reforma legal que permitirá devolver a los mutualistas jubilados el IRPF abonado de más en un solo pago en 2025. El nuevo texto, que sigue su tramitación parlamentaria, corrige el plazo de cuatro años estipulado ahora para que Hacienda devuelva este año todas estas aportaciones pagadas de más por muchos pensionistas que cotizaron de más a las antiguas mutuas de previsión social que después integró la Seguridad Social y por las que realizaron una doble cotización.

La Agencia Tributaria ya devolvió el año pasado la cantidad correspondiente al ejercicio 2023 y este año ya está abonando la cantidad correspondiente al ejercicio 2024 en la campaña de la renta que comenzó el pasado 2 de abril. La medida aprobada ahora hace referencia a los periodos impositivos de 2020 a 2022 y de 2019 y anteriores no prescritos, deudas que la Agencia pagará este año y de una sola vez una vez que se apruebe la reforma legislativa.


Los mutualistas que aún no lo haya hecho pueden solicitar el abono de todos los ejercicios pendientes a través de un formulario en la web de la AEAT, en el que solo es necesario poner nombre, DNI y número de cuenta bancaria, y el abono de toda la cantidad debida se realizará una vez quede aprobada definitivamente la ley.

El cambio normativo, aprobado por mayoría el pasado 27 de mayo, se incluyó como enmienda del PSOE a laLey sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor que se tramita en el Congreso. El nuevo texto pasa ahora a la fase de comisión parlamentaria y según informa Europa Press, la comisión que dé el visto bueno al texto final podría realizarse a mediados de junio.

Permite, por un lado, modificar el formulario habilitado para reclamar los periodos impositivos citados, y por otro, iniciar el correspondiente procedimiento de rectificación de autoliquidación o de devolución iniciado mediante autoliquidación respecto de todos los periodos impositivos afectados por el régimen específico citado, de 2020 a 2022.

En los casos en que el formulario se hubiera presentado con anterioridad a la entrada en vigor de la disposición final en su nueva redacción, se entenderá que con dicho formulario se solicita también la devolución de los periodos impositivos 2020 a 2022, aunque solo se refería a los periodos 2019 y anteriores no prescritos.


Con la enmienda también se suspende el cómputo del plazo de prescripción para aquellos derechos a solicitar la devolución derivada de la aplicación de la jurisprudencia mencionada que no hubieran prescrito a fecha de 22 de diciembre de 2024, momento de entrada en vigor de la disposición final en su redacción originaria, reguladora del régimen específico mencionado. La suspensión del cómputo será desde dicha fecha hasta la entrada en vigor de la modificación regulada en este texto normativo.

Estos procedimientos de devolución se iniciaron el año pasado tras la jurisprudencia del Tribunal Supremo en dos sentencias del 28 de febrero de 2023 y 10 de enero de 2024 que dictaminaron que miles de pensionistas que reciben pensiones de jubilación o invalidez procedentes de cotizaciones en antiguas mutuas cuando trabajaron en diversos sectores como eléctricas, banca, comercio, metalurgia, astilleros, pesca y construcción, habían realizado una doble tributación que ahora hay que compensar. La cantidad total a devolver, casi 6.000 millones, ya está contemplada en el déficit público del 2,8% del PIB del ejercicio 2024.


Pedir la devolución o esperar a que se haga
El proceso de devolución del IRPF pendiente, dada su envergadura económica y el aluvión de peticiones que recibibió la Agencia Tributaria, está siendo arduo y complejo. En un primer momento, Hacienda habilitó un formulario para saldar las deudas de cada año fiscal y otro para años anteriores. Después contempló pagar esta deuda aplazada durante cuatros años hasta 2018, idea que desterró nuevamente el pasado mes de marzo.
#3690

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF


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ECONOMÍA

Nuevo paso para desbloquear las devoluciones del IRPF a los mutualistas jubilados


La vicepresidenta primera del Gobierno y secretaria general del PSOE andaluz, María Jesús Montero, el sabádo en un acto en la localidad sevillana de Salteras. José Manuel Vidal

02/06/2025 10:15


El Congreso ya ha avalado la reforma legal que permite que la Agencia Tributaria abone todo el IRPF debido y en un solo pago a lo largo de 2025 a los jubilados que cotizaron de más a las antiguas mutualidades de previsión social. El nuevo texto que permitirá a Hacienda realizar las devoluciones fiscales se aprobará definitivamente a mediados de junio en comisión parlamentaria.

El Congreso de los Diputados ha avalado la reforma legal que permitirá devolver a los mutualistas jubilados el IRPF abonado de más en un solo pago en 2025. El nuevo texto, que sigue su tramitación parlamentaria, corrige el plazo de cuatro años estipulado ahora para que Hacienda devuelva este año todas estas aportaciones pagadas de más por muchos pensionistas que cotizaron de más a las antiguas mutuas de previsión social que después integró la Seguridad Social y por las que realizaron una doble cotización.

La Agencia Tributaria ya devolvió el año pasado la cantidad correspondiente al ejercicio 2023 y este año ya está abonando la cantidad correspondiente al ejercicio 2024 en la campaña de la renta que comenzó el pasado 2 de abril. La medida aprobada ahora hace referencia a los periodos impositivos de 2020 a 2022 y de 2019 y anteriores no prescritos, deudas que la Agencia pagará este año y de una sola vez una vez que se apruebe la reforma legislativa.


Los mutualistas que aún no lo haya hecho pueden solicitar el abono de todos los ejercicios pendientes a través de un formulario en la web de la AEAT, en el que solo es necesario poner nombre, DNI y número de cuenta bancaria, y el abono de toda la cantidad debida se realizará una vez quede aprobada definitivamente la ley.

El cambio normativo, aprobado por mayoría el pasado 27 de mayo, se incluyó como enmienda del PSOE a laLey sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor que se tramita en el Congreso. El nuevo texto pasa ahora a la fase de comisión parlamentaria y según informa Europa Press, la comisión que dé el visto bueno al texto final podría realizarse a mediados de junio.

Permite, por un lado, modificar el formulario habilitado para reclamar los periodos impositivos citados, y por otro, iniciar el correspondiente procedimiento de rectificación de autoliquidación o de devolución iniciado mediante autoliquidación respecto de todos los periodos impositivos afectados por el régimen específico citado, de 2020 a 2022.

En los casos en que el formulario se hubiera presentado con anterioridad a la entrada en vigor de la disposición final en su nueva redacción, se entenderá que con dicho formulario se solicita también la devolución de los periodos impositivos 2020 a 2022, aunque solo se refería a los periodos 2019 y anteriores no prescritos.


Con la enmienda también se suspende el cómputo del plazo de prescripción para aquellos derechos a solicitar la devolución derivada de la aplicación de la jurisprudencia mencionada que no hubieran prescrito a fecha de 22 de diciembre de 2024, momento de entrada en vigor de la disposición final en su redacción originaria, reguladora del régimen específico mencionado. La suspensión del cómputo será desde dicha fecha hasta la entrada en vigor de la modificación regulada en este texto normativo.

Estos procedimientos de devolución se iniciaron el año pasado tras la jurisprudencia del Tribunal Supremo en dos sentencias del 28 de febrero de 2023 y 10 de enero de 2024 que dictaminaron que miles de pensionistas que reciben pensiones de jubilación o invalidez procedentes de cotizaciones en antiguas mutuas cuando trabajaron en diversos sectores como eléctricas, banca, comercio, metalurgia, astilleros, pesca y construcción, habían realizado una doble tributación que ahora hay que compensar. La cantidad total a devolver, casi 6.000 millones, ya está contemplada en el déficit público del 2,8% del PIB del ejercicio 2024.


Pedir la devolución o esperar a que se haga
El proceso de devolución del IRPF pendiente, dada su envergadura económica y el aluvión de peticiones que recibibió la Agencia Tributaria, está siendo arduo y complejo. En un primer momento, Hacienda habilitó un formulario para saldar 

Hacienda volvió a la fórmula del pago único en este año 2025 tras las protestas tanto de asociaciones, sindicatos y socios del Gobierno que consideraron arbitario este cambio que se anunció por sorpresa en diciembre cuando gran parte de antiguos mutualistas y sus herederos ya habían iniciado el procedimiento de reintegro vía autoliquidación, solicitud de rectificación o formulario y las miles de reclamaciones no resueltas antes del 22 de diciembre de 2024 en vías de resolverse quedaban en papel mojado.

Además, "las dificultades para aportar la documentación reclamada por Hacienda a los mutualistas no siempre han permitido la recuperación de los importes. Para algunos mutualistas, probar sus cotizaciones en periodos tan remotos no ha sido tarea sencilla considerando que incluso algunas empresas han desaparecido", señalaba el grupo parlamentario Sumar en una pregunta al Gobierno el pasado 25 de febrero. Y si bien los expedientes realizado con el apoyo de sindicatos consiguieron la pertinente devolución, no fue así en el caso de miles de individuos que iniciaron los procedimientos a través de la web facilitada en Hacienda.


Hacienda mandará cartas
Finalmente, la Agencia Tributaria aceptó que acreditar la vida laboral en aquel periodo podía ser suficiente y ahora, con esta reforma legislativa se desbloqueará definitivamente el proceso para abonar el importe pagado de más correspondiente a todos los años no prescritos y que se hará de forma íntegra en este ejercicio fiscal 2025.
Ahora los exmutualistas, una vez comprobado que se tiene derecho a la devolución del IRPF, pueden reclamar el importe adeudado por Renta Web y según avanzó la ministra del ramo, María Jesús Montero, solo tendrán que revalidar el derecho que les asiste "a golpe de clic o de cualquier otro sistema con el que estén de acuerdo".

Si la Agencia Tributaria dispone de la información necesaria para calcular el importe de la reducción que correspondiera en cada caso, Renta Web realiza un cálculo automático de la devolución sobre las pensiones de jubilación o invalidez para conseguir una menor tributación.

Los técnicos de Hacienda (Gestha) señalan hoy en un comunicado a este respecto que la Agencia Tributaria mandará cartas a los estos pensionistas que realizaron aportaciones a mutualidades laborales recordando el sistema de devolución mediante un pago único de 2019 y años anteriores a 2022, a través del formulario de la solicitud en la web de la AEAT. "No obstante, los datos de las aportaciones a mutualidades de 2024 se incluyen en los datos fiscales y se incorporan directamente en la declaración, al igual que sucedió en 2023", recuerdan. Durante 2024 la AEAT devolvió 1.436 millones a estos mutualistas correspondientes a 2019 y años anteriores hasta 2022.
La Agencia Tributaria recuerda que para poder aplicar la reducción es necesario haber realizado aportaciones a mutualidades antes del 1 de enero de 1999, y que dichas aportaciones no se hayan reducido o minorado en la base imponible del impuesto de acuerdo con la legislación vigente en cada momento.

El derecho a la reducción del 25% por la parte de contribución a las mutualidades incluidas en en el Real Decreto 2564/1977 da lugar a la devolución que varía dependiendo de la fecha en la que se realizaron las aportaciones y el tipo de mutualidad al que se hicieron. En cualquier caso, Hacienda calcula el importe debido automáticamente.