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ECONOMÍA
Nuevo paso para desbloquear las devoluciones del IRPF a los mutualistas jubilados
La vicepresidenta primera del Gobierno y secretaria general del PSOE andaluz, María Jesús Montero, el sabádo en un acto en la localidad sevillana de Salteras. José Manuel Vidal
02/06/2025 10:15
El Congreso ya ha avalado la reforma legal que permite que la Agencia Tributaria abone todo el IRPF debido y en un solo pago a lo largo de 2025 a los jubilados que cotizaron de más a las antiguas mutualidades de previsión social. El nuevo texto que permitirá a Hacienda realizar las devoluciones fiscales se aprobará definitivamente a mediados de junio en comisión parlamentaria.
Los mutualistas que aún no lo haya hecho pueden solicitar el abono de todos los ejercicios pendientes a través de un formulario en la web de la AEAT, en el que solo es necesario poner nombre, DNI y número de cuenta bancaria, y el abono de toda la cantidad debida se realizará una vez quede aprobada definitivamente la ley.
El cambio normativo, aprobado por mayoría el pasado 27 de mayo, se incluyó como enmienda del PSOE a laLey sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor que se tramita en el Congreso. El nuevo texto pasa ahora a la fase de comisión parlamentaria y según informa Europa Press, la comisión que dé el visto bueno al texto final podría realizarse a mediados de junio.
Permite, por un lado, modificar el formulario habilitado para reclamar los periodos impositivos citados, y por otro, iniciar el correspondiente procedimiento de rectificación de autoliquidación o de devolución iniciado mediante autoliquidación respecto de todos los periodos impositivos afectados por el régimen específico citado, de 2020 a 2022.
En los casos en que el formulario se hubiera presentado con anterioridad a la entrada en vigor de la disposición final en su nueva redacción, se entenderá que con dicho formulario se solicita también la devolución de los periodos impositivos 2020 a 2022, aunque solo se refería a los periodos 2019 y anteriores no prescritos.
Con la enmienda también se suspende el cómputo del plazo de prescripción para aquellos derechos a solicitar la devolución derivada de la aplicación de la jurisprudencia mencionada que no hubieran prescrito a fecha de 22 de diciembre de 2024, momento de entrada en vigor de la disposición final en su redacción originaria, reguladora del régimen específico mencionado. La suspensión del cómputo será desde dicha fecha hasta la entrada en vigor de la modificación regulada en este texto normativo.
Estos procedimientos de devolución se iniciaron el año pasado tras la jurisprudencia del
Tribunal Supremo en dos
sentencias del 28 de febrero de 2023 y 10 de enero de 2024 que dictaminaron que
miles de pensionistas que reciben
pensiones de jubilación o invalidez procedentes de cotizaciones en antiguas mutuas cuando trabajaron en diversos sectores como eléctricas,
banca, comercio, metalurgia, astilleros, pesca y construcción, habían realizado una
doble tributación que ahora hay que compensar. La
cantidad total a devolver, casi 6.000 millones, ya está contemplada en el
déficit público del 2,8% del PIB del ejercicio 2024.
Pedir la devolución o esperar a que se haga
Hacienda
volvió a la fórmula del pago único en este año 2025 tras las protestas tanto de
asociaciones, sindicatos y socios del Gobierno que consideraron
arbitario este cambio que se anunció por sorpresa en diciembre cuando gran parte de antiguos mutualistas y sus herederos ya habían iniciado el procedimiento de reintegro
vía autoliquidación, solicitud de rectificación o formulario y las miles de reclamaciones no resueltas antes del 22 de diciembre de 2024
en vías de resolverse quedaban en papel mojado.
Además, "las dificultades para aportar la documentación reclamada por Hacienda a los mutualistas no siempre han permitido la recuperación de los importes. Para algunos mutualistas, probar sus cotizaciones en periodos tan remotos no ha sido tarea sencilla considerando que incluso algunas empresas han desaparecido", señalaba el grupo parlamentario Sumar en una pregunta al Gobierno el pasado 25 de febrero. Y si bien los expedientes realizado con el apoyo de sindicatos consiguieron la pertinente devolución, no fue así en el caso de miles de individuos que iniciaron los procedimientos a través de la web facilitada en Hacienda.
Hacienda mandará cartas
Finalmente, la Agencia Tributaria aceptó que acreditar la vida laboral en aquel periodo podía ser suficiente y ahora, con esta reforma legislativa se desbloqueará definitivamente el proceso para abonar el importe pagado de más correspondiente a todos los años no prescritos y que se hará de forma íntegra en este ejercicio fiscal 2025.
Si la Agencia Tributaria dispone de la información necesaria para calcular el importe de la reducción que correspondiera en cada caso, Renta Web realiza un cálculo automático de la devolución sobre las pensiones de jubilación o invalidez para conseguir una menor tributación.
Los técnicos de Hacienda (Gestha) señalan hoy en un comunicado a este respecto que la Agencia Tributaria mandará cartas a los estos pensionistas que realizaron aportaciones a mutualidades laborales recordando el sistema de devolución mediante un pago único de 2019 y años anteriores a 2022, a través del formulario de la solicitud en la web de la AEAT. "No obstante, los datos de las aportaciones a mutualidades de 2024 se incluyen en los datos fiscales y se incorporan directamente en la declaración, al igual que sucedió en 2023", recuerdan. Durante 2024 la AEAT devolvió 1.436 millones a estos mutualistas correspondientes a 2019 y años anteriores hasta 2022.
La Agencia Tributaria recuerda que para poder aplicar la reducción es necesario haber realizado aportaciones a mutualidades antes del 1 de enero de 1999, y que dichas aportaciones no se hayan reducido o minorado en la base imponible del impuesto de acuerdo con la legislación vigente en cada momento.
El derecho a la reducción del 25% por la parte de contribución a las mutualidades incluidas en en el Real Decreto 2564/1977 da lugar a la devolución que varía dependiendo de la fecha en la que se realizaron las aportaciones y el tipo de mutualidad al que se hicieron. En cualquier caso, Hacienda calcula el importe debido automáticamente.