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IRPF Campaña 2025: ¿Estoy obligado a hacer la declaración de la renta 2024?

IRPF Campaña 2025: ¿Estoy obligado a hacer la declaración de la renta 2024?

Cada año, millones de contribuyentes se preguntan si deben presentar la declaración de la renta 2024. La Agencia Tributaria establece ciertos límites de ingresos y situaciones fiscales que determinan quiénes están obligados a declarar y quiénes están exentos.

Si no sabes si tienes que hacer la declaración este año, aquí te explico de forma clara quién debe hacerla, quién no, qué pasa si no la presentas y cómo evitar problemas con Hacienda.

¿Tengo obligación de presentar la declaración de la renta 2025?

La obligación de presentar la renta 2025 depende de los ingresos obtenidos y de la fuente de esos ingresos. No todos los contribuyentes están obligados, pero si superas ciertos límites, Hacienda exigirá que la presentes.

En general, si tus ingresos superan los 22.000 euros anuales con un solo pagador, debes presentar la declaración. Si tienes dos pagadores, la obligación se activa a partir de los 15.000 euros anuales, siempre que el segundo pagador te haya abonado más de 1.500 euros.

Otros casos en los que debes hacer la declaración incluyen ser autónomo, haber obtenido ingresos del ahorro o haber vendido una propiedad.

¿Por qué es obligatorio hacer la declaración de la renta?

Hacer la declaración renta 2024 no es solo un trámite, sino que tiene varias razones:

  • Control fiscal: Hacienda revisa si pagaste los impuestos correctos.
  • Evitar sanciones: Si estás obligado y no la presentas, podrías recibir multas.
  • Acceso a devoluciones: Si te retuvieron más impuestos de los que debías pagar, solo puedes recuperar ese dinero presentando la renta.
  • Trámites y beneficios fiscales: Muchas ayudas y subvenciones exigen presentar la declaración.

¿Cuándo estás obligado a hacer la declaración de la renta?

Debes presentar la declaración renta obligatoria si:
Eres trabajador por cuenta ajena y superas:

  • 22.000 euros brutos anuales con un solo pagador.
  • 15.000 euros brutos anuales si tuviste dos o más pagadores, siempre que el segundo te haya pagado más de 1.500 euros.

Eres autónomo
y tus ingresos superan 1.000 euros anuales.

Has recibido ingresos del ahorro o rentas del capital superiores a 1.600 euros (intereses bancarios, dividendos, etc.).

Percibes el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Aunque no tengas que pagar impuestos, Hacienda obliga a presentar la renta.

Has vendido una vivienda, acciones o has tenido ganancias patrimoniales.

Tienes derecho a deducciones o beneficios fiscales. En algunos casos, aunque no estés obligado, te puede interesar hacerla para recibir devoluciones.

Si cumples alguno de estos requisitos, te recomiendo pedir cita previa declaración renta y revisar tu borrador declaración de la renta 2024 en la web de Hacienda.

¿Quién no tiene que declarar el IRPF?

No estás obligado a presentar la declaración renta 2024 si:

Tus ingresos anuales no superan los 22.000 euros con un solo pagador.
Tienes dos pagadores y no superas los 15.000 euros en total.
Tus ingresos del ahorro (intereses, dividendos, etc.) son menores a 1.600 euros.
No has realizado operaciones financieras o inmobiliarias sujetas a tributación.
💡 Aunque no estés obligado, en algunos casos es recomendable hacer la declaración para obtener devoluciones si te han retenido impuestos de más.

¿Qué pasa si no hago la declaración de la renta?

Si estás obligado a presentar la declaración renta 2024 y no lo haces, Hacienda puede imponer sanciones y recargos:

Si te salía a pagar y no la presentas

  • Hacienda puede imponer multas del 50% al 150% de lo que debías pagar.

Si te salía a devolver y no la presentas

  • No recibirás tu devolución de impuestos. No hay multa, pero pierdes ese dinero.

Si la presentas fuera de plazo

  • Si la entregas antes de que Hacienda te lo reclame, la sanción es menor.
  • Recargos de 5% a 20% dependiendo del retraso.

💡 Consejo: Si tienes dudas sobre si debes declarar, revisa tu borrador declaración de la renta 2024 o consulta con un asesor fiscal para evitar problemas con la Agencia Tributaria.
RECUERDA💡

Si tienes dudas sobre si debes declarar, revisa tu borrador declaración de la renta 2024 o consulta con un asesor fiscal para evitar problemas con la Agencia Tributaria.


  1. #340
    10/04/17 22:23

    Hola

    Tengo 26 años soltero, vivo con mis padres, en 2016 he cobrado de mi trabajo 21000€ brutos de los cuales me han retenido 2535,93€, todo ello en un pagador. Además de esto he cobrado dividendos de acciones 370€, 130€ de intereses de depósitos y 30 de intereses por aportaciones al capital social de la entidad financiera.
    creo que no llego a ninguno de los mínimos, por lo que no debería de presentarla, aún así he pedido el borrador y me sale a pagar...

    ¿Me equivoco en algo?
    ¿Puesto que no llego al mínimo no tendrían que devolverme parte de lo retenido?

    Gracias

  2. en respuesta a Atrujillocc
    -
    Top 100
    #339
    22/11/16 17:49

    Así es, si son dos pagadores el límite para declarar es de 12.000€ o 22.000€ si el segundo pagador no excede de los 1.500€ brutos anuales. Adicionalmente, si has vendido acciones o fondos y tienes plusvalías patrimoniales superiores a 1.600€ anuales también estarás obligado a presentar la Declaración de la Renta aunque no llegues al limite por la parte de rendimientos del trabajo.

    Saludos,

  3. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #338
    15/11/16 10:54

    Hola Amparo,

    de todos modos si se consideran rendimientos del trabajo, y se deben sumar, entonces entiendo que esta considerado como un segundo pagador no? Por tanto al tener dos pagadores, el límite ya no serían los 22.000€, si no 12.000€ siendo 1.500€ la cantidad máxima obtenida por el segundo pagador.¿Estoy en lo cierto?

  4. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #337
    14/11/16 17:40

    Hola amparo,

    En el caso de que no llegara a los 22.000€ entre mi salario y el rescate del plan de pensiones,como me afectan las plusvalías de acciones?dividendos?hay algún mínimo por el cual ya esté obligado a realizar la declaración?
    Gracias

    Saludos,

  5. en respuesta a Atrujillocc
    -
    Top 100
    #336
    09/11/16 12:40

    El rescate de un plan de pensiones se considera rendimiento del trabajo y debería sumarse en su cantidad bruta a los 20.000€ brutos que comentas; si llegas a los 22.000€ estarás obligado a presentar la Declaración de la Renta 2016.

    Saludos,

  6. #335
    07/11/16 13:04

    Buenos días,

    les presento mi duda para el ejercicio del año que viene.

    No se siestoy obligado a presentar la declaración debido a que mis ingresos han sido de unos 20.000 aprox, por tanto no llego al limite de los 22.000.

    Pero por otra parte, he cobrado un plan de pensiones que se rescato por fallecimiento, con unas rentas periódicas trimestrales de 375€, que haran un total a final de año de 1500€( netos, porque en este caso, creo que el bruto no tiene sentido.

    Por otra parte, he obtenido unos beneficios de acciones en bolsa, por valor de 1000€aprox.

    Muchas gracias.

    Saludos,

  7. en respuesta a Ernestohernán
    -
    Top 100
    #334
    21/09/16 10:32

    Buenos días Ernesto, primero debemos saber el origen de estos ingresos: ¿estás con contrato laboral en la administración de fincas? Si es así, no llegas al límite para tributar. No tienes contrato ¿y los ingresos te los hace una entidad o los ingresos tu directamente? Si los ingresas tu directamente y no se sabe de que provienen tampoco tienes que hacer IRPF, porque no se considera rendimiento del trabajo ni ganancia patrimonial.

    Saludos,

  8. Nuevo
    #333
    20/09/16 18:50

    Buenas Amparo Sisternes,

    Espero que puedas ayudarme. Soy estudiante y durante este último año de carrera me he abierto una cuenta de estudiantes en el banco donde ingreso mensualmente 90€ y 80€ provenientes de dos comunidades de propietarios que administro. Al año hacen 2040€ que destino al pago de la matrícula. ¿Debo declararlo? ¿Puedo meterme en problemas? Me daría de alta como autónomo pero con las cuotas ya me quedaría sin dinero.

    Gracias.

  9. en respuesta a Patibs
    -
    Top 100
    #331
    29/06/16 08:56

    Buenos días, como se indica en el artículo: el límite se establece en 22.000 € brutos anuales, cuando hayas tenido varios pagadores y la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores no superen en su conjunto la cantidad de 1.500 € brutos anuales. Si superan los 1.500€ el límite total se establece en 12.000€.

    Saludos,

  10. Nuevo
    #330
    28/06/16 16:54

    Buenas tardes, he solicitado mi borrador de hacienda y me da a pagar pero indica en la parte superior NO OBLIGADO. El año pasado estuve 1 mes en paro y después encontré trabajo a media jornada por lo que tengo dos pagadores. El total de los ingresos computables es de 16.000 euros. Estoy obligado a presentarla? Muchas gracias

  11. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #329
    27/06/16 21:44

    Muchas Gracias Amparo !!! Te agradezco mucho tu respuesta.

  12. en respuesta a Gustarson627
    -
    Top 100
    #328
    27/06/16 09:15

    Pueden hacer declaraciones de la renta en modalidad individual, y no estarían obligados a hacer la declaración de la renta por lo que comentas; tu padre tiene dos pagadores, pero no supera el límite de 12.000€ brutos anuales y las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, superan la cantidad de 1.500 € brutos anuales. Con los importes que me comentas de tu padre, el total anual es de 11.000€ por tanto, no estaría obligado a presentar el IRPF, ya que los rendimientos del capital mobiliario tampoco son superiores a 1.600€

    Es más, te diría que pruebes a realizar el IRPF con el Programa Renta Web por si te sale a devolver el resultado de las dos declaraciones.

    Saludos,

  13. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #327
    22/06/16 22:17

    Hola,
    A ver si me ayudáis, vivo fuera de España y antes si estaba al tanto del tema de la renta, pero han pasado años un poco desconectado. Sólo quería saber si mis padres están obligados a declarar, obviamente parece que si.

    Una declaración bastante simple, mis padres:

    Mi padre:
    8274,00 Pensión España
    2744,00 Pensión Holanda

    Mí Madre:
    9043,00 Pensión España

    Rendimientos Capital Mobiliario:
    196,19 (38,26 rentención)

    218,00 (41,42 Retención))

    Y cuanto saldría a pagar? en la asesoría les ha salido a pagar más de 800 Euros, que me parece un poco mucho.

    Gracias por adelantado.

  14. en respuesta a Isabel Giménez
    -
    Top 100
    #326
    16/06/16 13:17

    1.000€ brutos (sin tener en cuenta las retenciones ni gastos deducibles). Saludos,

  15. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #325
    16/06/16 13:16

    Pero netas o descontados ya los gastos?

  16. en respuesta a Isabel Giménez
    -
    Top 100
    #324
    16/06/16 13:12

    Buenos días Isabel, si tienes rentas inmobiliarias imputadas por importe superior a los 1.000€ brutos anuales si que estarás obligadas a presentar la Declaración de la Renta 2015. Saludos,

  17. Nuevo
    #323
    16/06/16 11:19

    No estoy obligad a declarar según el rendimiento neto de mi trabajo.
    Pero tengo beneficio de rentas por alquiler de inmuebles por valor de 1500€ netos. ¿Tengo que hacer la declaración?

  18. en respuesta a Vero38
    -
    Top 100
    #322
    15/06/16 15:37

    Hola Vero, por lo que comentas no estarías obligada a presentar la Declaración de la Renta en 2015. Saludos,

  19. Nuevo
    #321
    15/06/16 13:46

    Hola buenos días, mi pregunta es la siguiente:

    Tengo rendimientos del trabajo por 20.000 (no llega) y unas pérdidas patrimoniales por una ventas de una acciones de una empresa de la que era socia por 375....no supero la cantidad de 500 por lo que no estaría obligada a declarar, pero lo que no me queda claro es si tengo que contar los rendimientos del trabajo o no....he llamado a hacienda varias veces y me han dicho primero que no estaría...y segundo que sí que estaría porque tendría que coger el tope de 1000 euros...a ver si me puede aclarar...gracias....

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