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IRPF Campaña 2025: ¿Estoy obligado a hacer la declaración de la renta 2024?

IRPF Campaña 2025: ¿Estoy obligado a hacer la declaración de la renta 2024?

Cada año, millones de contribuyentes se preguntan si deben presentar la declaración de la renta 2024. La Agencia Tributaria establece ciertos límites de ingresos y situaciones fiscales que determinan quiénes están obligados a declarar y quiénes están exentos.

Si no sabes si tienes que hacer la declaración este año, aquí te explico de forma clara quién debe hacerla, quién no, qué pasa si no la presentas y cómo evitar problemas con Hacienda.

¿Tengo obligación de presentar la declaración de la renta 2025?

La obligación de presentar la renta 2025 depende de los ingresos obtenidos y de la fuente de esos ingresos. No todos los contribuyentes están obligados, pero si superas ciertos límites, Hacienda exigirá que la presentes.

En general, si tus ingresos superan los 22.000 euros anuales con un solo pagador, debes presentar la declaración. Si tienes dos pagadores, la obligación se activa a partir de los 15.000 euros anuales, siempre que el segundo pagador te haya abonado más de 1.500 euros.

Otros casos en los que debes hacer la declaración incluyen ser autónomo, haber obtenido ingresos del ahorro o haber vendido una propiedad.

¿Por qué es obligatorio hacer la declaración de la renta?

Hacer la declaración renta 2024 no es solo un trámite, sino que tiene varias razones:

  • Control fiscal: Hacienda revisa si pagaste los impuestos correctos.
  • Evitar sanciones: Si estás obligado y no la presentas, podrías recibir multas.
  • Acceso a devoluciones: Si te retuvieron más impuestos de los que debías pagar, solo puedes recuperar ese dinero presentando la renta.
  • Trámites y beneficios fiscales: Muchas ayudas y subvenciones exigen presentar la declaración.

¿Cuándo estás obligado a hacer la declaración de la renta?

Debes presentar la declaración renta obligatoria si:
Eres trabajador por cuenta ajena y superas:

  • 22.000 euros brutos anuales con un solo pagador.
  • 15.000 euros brutos anuales si tuviste dos o más pagadores, siempre que el segundo te haya pagado más de 1.500 euros.

Eres autónomo
y tus ingresos superan 1.000 euros anuales.

Has recibido ingresos del ahorro o rentas del capital superiores a 1.600 euros (intereses bancarios, dividendos, etc.).

Percibes el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Aunque no tengas que pagar impuestos, Hacienda obliga a presentar la renta.

Has vendido una vivienda, acciones o has tenido ganancias patrimoniales.

Tienes derecho a deducciones o beneficios fiscales. En algunos casos, aunque no estés obligado, te puede interesar hacerla para recibir devoluciones.

Si cumples alguno de estos requisitos, te recomiendo pedir cita previa declaración renta y revisar tu borrador declaración de la renta 2024 en la web de Hacienda.

¿Quién no tiene que declarar el IRPF?

No estás obligado a presentar la declaración renta 2024 si:

Tus ingresos anuales no superan los 22.000 euros con un solo pagador.
Tienes dos pagadores y no superas los 15.000 euros en total.
Tus ingresos del ahorro (intereses, dividendos, etc.) son menores a 1.600 euros.
No has realizado operaciones financieras o inmobiliarias sujetas a tributación.
💡 Aunque no estés obligado, en algunos casos es recomendable hacer la declaración para obtener devoluciones si te han retenido impuestos de más.

¿Qué pasa si no hago la declaración de la renta?

Si estás obligado a presentar la declaración renta 2024 y no lo haces, Hacienda puede imponer sanciones y recargos:

Si te salía a pagar y no la presentas

  • Hacienda puede imponer multas del 50% al 150% de lo que debías pagar.

Si te salía a devolver y no la presentas

  • No recibirás tu devolución de impuestos. No hay multa, pero pierdes ese dinero.

Si la presentas fuera de plazo

  • Si la entregas antes de que Hacienda te lo reclame, la sanción es menor.
  • Recargos de 5% a 20% dependiendo del retraso.

💡 Consejo: Si tienes dudas sobre si debes declarar, revisa tu borrador declaración de la renta 2024 o consulta con un asesor fiscal para evitar problemas con la Agencia Tributaria.
RECUERDA💡

Si tienes dudas sobre si debes declarar, revisa tu borrador declaración de la renta 2024 o consulta con un asesor fiscal para evitar problemas con la Agencia Tributaria.


  1. Nuevo
    #360
    03/04/18 22:14

    Buenas tardes, quería saber si estoy obligada a presentar la declaración de la renta, el borrador me sale a pagar 512€ mis ingresos han sido 13790€ y he tenido dos pagadores, supongo que sí estoy obligada al ser el máximo para dos pagadores 12000€, pero me gustaría confirmarlo.
    ¿En qué momento me avisaría en caso de que no estuviera obligada? En el último paso me pone que la base liquidable general sometida a gravamen es 9.426€

  2. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    Nuevo
    #358
    03/04/18 14:17

    Gracias!

  3. en respuesta a Eli03
    -
    Luis Ángel Hernández
    #357
    03/04/18 13:56

    Hola
    Si tus ingresos vía dividendos son inferiores a 1600€ y el resto de datos son los que aportas, no tendrías obligación de declarar. De todas formas te recomiendo que con la aplicación móvil consultes el borrador por si te sale a devolver puedas recibirlo ya que sino declaras y te corresponde devolución la perderías.
    Saludos

  4. en respuesta a Paula Mo
    -
    Luis Ángel Hernández
    #356
    03/04/18 13:52

    Hola
    Si las retenciones se derivan de rendimientos del trabajo si estarías obligada a declarar pues los rendimientos íntegros del trabajo superarían los 22.000. En todo caso cuando haces el borrador sino estuvieses obligada a declarar al final de la declaración te avisaría.

    Saludos

  5. Nuevo
    #355
    03/04/18 10:31

    Hola,

    Es la primera vez que realizo la declaración y tengo una duda.
    De acuerdo a mis datos fiscales, he recibido 21.350 euros, sin embargo la cantidad retenida es de 1580 euros. Dado que no estaría obligada a realizar la declaración si los ingresos anuales brutos es menor a 22000 euros, ¿debo hacerla ya que los ingresos anuales y las retenciones suman mas de 22000 euros?

    Gracias por su ayuda.

  6. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    #354
    21/03/18 14:05

    Muchas gracias, le echare un vistazo.

  7. en respuesta a Saritaastorga
    -
    Luis Ángel Hernández
    #353
    20/03/18 10:00
  8. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    Nuevo
    #352
    19/03/18 11:07

    Muchas gracias por su contestación,he puesto los datos que por ahora me da la app de Hacienda, muchísimas gracias

  9. en respuesta a cruz65
    -
    Luis Ángel Hernández
    #351
    19/03/18 10:33

    Buenos días, para saber si te saldrá a pagar o a devolver podrías descargar tus datos fiscales en la nueva app de la Administración tributaria y consultar el borrador a partir del 5 de abril, por los datos que expones y si realizas declaración conjunta, seguramente no te saldrá a pagar pero con los datos que nos das es díficil saberlo con total precisión.
    Saludos

  10. Nuevo
    #350
    18/03/18 19:02

    Buenas tardes,en 2017 según haciendo he recibido unos ingresos anuales de 29888€ de un solo pagador con unas rentencioned de 4026 y unos gastos deducibles 1910,quiero hacerla conjunta porque mi esposa no trabaja y aparte tengo un hijo de 20 años que tampoco trabaja,tengo una pequeña hipoteca,¿Me saldría a pagar? Gracias de antemano

  11. #349
    18/03/18 15:27

    Y el asunto de los bitcoins u otro tipo de criptomonedas? Alguien sabe como es su fiscalidad?

  12. en respuesta a Totti2018
    -
    Luis Ángel Hernández
    #348
    12/03/18 15:34

    Buenas Tardes
    Si tus ingresos no superan los 22.000 y no vas a declarar, te convendría que te retuviesen poco, porque sino esa cantidad al no declarar no la recuperarás.
    Saludos

  13. Nuevo
    #347
    12/03/18 14:26

    Buenas tardes,
    La consulta que quería trasladarles tiene que ver con la obligatoriedad de hacer la declaración de la renta y el IRPF.
    Si mi empresa me retiene un 2% de IRPF pero mis ingresos no superan los 22.000 €/brutos, al ser esta empresa mi única fuente de ingresos, seguiría estando exento de de realizar la declaración. ¿Entoces da igual que me quiten un 0, 2 o 14 % de IRPF?

  14. Nuevo
    #346
    12/03/18 14:15

    Buenas tardes,
    Quería trasladar mi duda que tiene que ver con la obligatoriedad de hacer la declaración de la renta y con el IRPF.
    Si mis ingresos durante el año son de una única empresa

  15. Nuevo
    #345
    01/10/17 06:50

    Buenos días,
    Tengo una duda. Yo este año 2017 con mis rendimientos de trabajo no llegaré a los 22.000€ brutos (tengo un solo pagador).
    Tengo acciones desde hace tiempo, por las que cobro dividendos (no superan nunca los 1.000€ anuales).
    Mi pregunta es si tendré la obligación de declarar debido a estos dividendos.
    Muchas gracias

  16. Nuevo
    #344
    21/05/17 12:41

    Hola
    Mi hermano recibió el pasado año 14200 euros por rendimientos del trabajo y 396 de subvenciones del Ayuntamiento para ayudas de luz, agua y gas y 125 para el IBI. La declaración es positiva.Está obligado a declarar?.

  17. en respuesta a Manumartí
    -
    #343
    04/05/17 14:29

    Hola. Antes, cuando Hacienda te mandaba el borrador, era habitual que te avisara de que no tenías obligación de presentarla si cumplías los requisitos para ello. Pero ahora que no existe el borrador como tal, yo al menos no he encontrado ninguna opción en Renta Web que te avise de tal circunstancia.

    De todas formas, si tu madre no llega al límite de ingresos por la pensión ni en ninguno de los otros apartados (fíjate en intereses de cuentas, etc.), entonces no tiene obligación de presentarla.

  18. #342
    02/05/17 22:25

    Tengo una duda en la declaración de mi madre.
    Por la pensión de viudedad que cobra no está obligada a hacer la declaración, pero el programa Renta Web no me lo advierte, me deja seguir.
    ¿Sabéis si el borrador SIEMPRE avisa si el contribuyente no debe declarar?
    Gracias.

  19. #341
    19/04/17 18:26

    Hola,

    Estoy realizando la declaración de mi madre y en ninguno de los 3 apartados llega al máximo. Pero la duda me surge en el punto 2, donde dice "Rendimientos íntegros de capital mobiliario y ganancias patrimoniales SOMETIDOS A RETENCIÓN o ingreso a cuenta, ...". El caso es que ella obtuvo un rendimiento que en los datos fiscales aparece como "Ventas de activos financieros y otros valores mobiliarios", que corresponde a deuda pública y privada en la cual no tuvo RETENCIÓN. ¿Cómo hay que considerarlo? ¿Supone obligación de declarar por no haber tenido retención? Era algo similar a las letras del tesoro, que fijas un importe a cobrar en una fecha y aportas algo menos, pero en este caso lo gestionaba el banco.

    Gracias,

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