Yo no conozco tu póliza. Suele venir en la definición de conceptos. Busca cómo define conductor habitual y conductor ocasional o adicional.Y en exclusiones de los riesgos cubiertos asi como el derecho de repetición de la aseguradora. En esos apartados es donde puede haber referencias a las limitaciones.En mi póliza actual opté por declarar como ocasionales con nombre y apellidos a toda la familia para evitar malentendidos.
Depende lo que ponga en su condicionado. Si nada dice, cualquier conductor con carnet vigente debería estar cubierto. La mayoria de las pólizas ya indican que, salvo aceptación previa del riesgo por la aseguradora, se excluyen menores de x años o menos de x años desde que obtuvo el carnet.Yo tuve un tiempo una que sólo cubría al conductor habitual, excluyendo cualquier otro. Cuando mis hijos obtuvieron su carnet cambié de aseguradora.
Avisa a la cia de seguros con acuse de recibo 1 mes antes del vencimiento que no quieres renovar el seguro.Entretanto explica mejor la situación de cómo te colaron ese seguro al SAC de la Caixa por si pudieras obtener su anulación antes del vencimiento.
Desconocen sólo la capacidad y ánimo de reclamar del cliente, aunque sí cuentan que se rendirá la mayor parte de ellos.Si la cobertura del seguro no te satsiface, busca uno que cubra tus necesidades. Lo importante de un seguro es que te cubra cuando lo precisas, no te fijes en precio solamente. Haz números y si te compensa, como es habitual, cambia de corredor de seguros a un profesional del ramo.
Si consta en contrato préstamo la bonificación por contratar seguro con BBVA eso es lo que pueden subirte la cuota a partir del dia siguiente a la finalizacion de la vigencia del seguro. Dudo que sea "el doble" que la TIN actual.
Tal vez en el foro de fiscalidad obtengas respuestas mejor fundamentadas.Si no te aplicaste ninguna bonificación sobre el principal no veo por qué declararlo como ingreso. Si se trata como rendimiento inmobiliario se suele contar beneficio neto, descontando el valor inicial y los gastos necesarios para obtener el valor final obtenido.
Llegas tarde. Debiste avisar mínimo con 30 dias de antelación. Te pueden exigir el pago aunque lo devuelvas.Además entiendo que no has contratado todavía nueva póliza. Estarías sin seguro unos días
Lo que no haya autorizado con su firma puede valer la pena reclamarlo si el coste compensa las pérdidas. Un abogado sería imprescindible para enfocar correctamente el asunto desde el principio.Sobre la idoneidad del producto no puedo aportar nada.