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Participaciones del usuario Enasua

Enasua 02/04/25 12:45
Ha respondido al tema Duda declaración RENTA. Ascendente a tu cargo pero...
Para tener derecho a incluir a tu madre en tu renta, tiene que convivir contigo al menos 6 meses del año. No es necesario el empadronamiento si puedes demostrar la convivencia con otros datos: domicilio fiscal, domicilio a efectos de Seguridad Social, lugar al que acuden los servicios sociales, etc. En tu caso, por lo que dices, no existe una convivencia real y efectiva, con visos de permanencia. 
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Enasua 02/04/25 12:42
Ha respondido al tema Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda
No: lo que dice eso que adjuntas es que, si sólo tienes eso (trabajo de menos de 22.000 y el bono), no estás obligado a declarar. Pero si, aunque no estés obligado, decides presentar la declaración, tienes que incluir el importe del bono. Porque no está exento. Que algo no te obligue a declarar no significa que esté exento. Por ejemplo: si has obtenido 19.000 euros de trabajo, no estás obligado a declarar pero, si lo haces, tienes que incluirlos como rendimientos del trabajo personal.
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Enasua 02/04/25 11:49
Ha respondido al tema Ayuda alquiler (Bono joven) declaración de la renta
Aunque es verdad que, las subvenciones, se declaran en el ejercicio de pago, éste no tiene porqué coincidir con el ejercicio en que se cobran. Es decir: el ejercicio de pago es aquel en el que el organismo que lo concede emite la orden de abono. Si, en tu caso, lo cobraste después porque, aunque ya emitida dicha orden, se retrocedió el pago al ser incorrecta la cuenta de abono, por ejemplo, debes declararlo en el 24.
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Enasua 02/04/25 11:42
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
¿Y qué es lo que me empeño en no entender? Tú declararás lo que te parezca conveniente; bien porque creas que eso es lo correcto, o bien porque, sabiendo que no lo es, decidas hacerlo. Pero sí buscas 5 pies al gato empecinándote en decir que la AEAT no sabe nada porque no lo ha puesto en una determinada casilla del borrador. Eso es lo que trato de explicarte: declara como consideres, pero no pongas, como razón para hacerlo, ese hecho. Ya te he dicho porqué no se vuelcan esos datos. Y que, a pesar de ello, habrá quien tenga que declarar lo obtenido del programa Vine. Y, quizá, habrá quien no tenga que hacerlo. Y quien tenga que hacerlo, pero no por el importe que consta en sus datos fiscales. Y quien tenga que hacerlo a pesar de no constar nada en sus datos fiscales.La cuestión aquí es que estás intentando echar en el tejado de la Administración la responsabilidad personal de cada uno respecto a su obligación de declarar correctamente el IRPF. Y a eso es a lo que te digo que no, que, incluso si decidieran no volver a emitir los datos fiscales, no volví a poner a disposición de los contribuyentes los borradores, eliminar los programas de ayuda como RentaWeb, etc, cada uno de nosotros seguiría estando obligado a declarar el IRPF correctamente.Es decir: si consideras que no debes declarar nada de Vine en tu IRPF, adelante; pero, si en julio te mandan un requerimiento para saber porqué no lo has hecho, no digas que "porque Hacienda no sabe donde ponerlo, porque no me lo volcó en el borrador, porque, en los datos fiscales no venía la casilla donde ponerlos...". Busca tus razones válidas, que dices tener, pero olvida la responsabilidad de la Administración, porque no existe.
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Enasua 02/04/25 11:22
Ha respondido al tema Declaración Renta 2024
Si te refieres a que has tenido un procedimiento judicial contra la Seguridad Social para que te reconocieran el derecho a la pensión por incapacidad, sí: gastos de defensa jurídica a aplicar el año de la minuta, máximo 300,00 euros. Si es un abogado que simplemente te ha ayudado con la burocracia para obtener la pensión, pero sin juicio, no.
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Enasua 02/04/25 10:27
Ha respondido al tema Declaración Renta 2024
Es normal porque, la pensión por incapacidad permanente absoluta, está exenta de tributación (no hay que pagar impuestos por ese dinero). 
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Enasua 02/04/25 10:20
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Te empeñas en buscarle 5 pies al gato... "Y hacienda a fecha de hoy, en su documento OFICIAL de la información fiscal del borrador, no saben dónde poner dicha cantidad, ni reconocen la clave, ni amazon ha aportado sus documentos de identificación de forma válida, ni ha aportado las cifras en el formato que les exige hacienda".Un poquito de formación: la DAC7 exigió a determinadas entidades que presentarán un modelo informativo; el mismo para todos: Vinted, Amazon y demás. Los datos fiscales no los hace "un señor"; es un programa informático que coge tu NIF de todos los modelos informativos que se han mandado a la AEAT donde apareces. El borrador tampoco lo hace "un señor"; en él, otro programa informático vuelca parte de de los datos fiscales, sin más. Otros datos no se vuelcan, pero eso no quiere decir que la AEAT no sepa dónde ponerlos.Ejemplo muy sencillo: cuando tu padre y su hermana venden la casa heredada de los abuelos, en los datos fiscales consta que existe esa venta, así como la fecha de escritura; pero no pone por qué cantidad, y eso que, por supuesto, consta en la base de datos de la AEAT porque lo ha informado el notario. Y, esa venta, no consta en el borrador, aunque hay un único apartado donde ponerlo y, la AEAT, sabe perfectamente dónde va. ¿Por qué? Porque, lo que hay que declarar, no es el importe imputado por el notario: hay que poner el valor de adquisición, los gastos... Y hay veces que no tiene que declararse porque, por ejemplo, se trate de una disolución de condominio... Y, otras, que pueda acogerse a una exención...En vuestro caso pasa algo parecido: no sois iguales que quien vende en Wallapop, pero, el modelo informativo donde aparecéis, es el mismo. Por eso el programa informático no puede colocar un importe sin más en una casilla fija. Muchos, la mayoría, no tendrán que declarar nada (ejemplo: una conocida que vendió su coche por Wallapop; está en sus datos fiscales porque le dieron 5mil euros, pero no tiene que declarar nada porque, la compra, 15 años antes, fue de 30mil), y, otros, tendrán que incluirlo como parte de su actividad económica; y, algunos de los viners, habrán hecho lo que dijeron por aquí que iban a hacer (guardar justificante del precio de mercado de cada producto que recibían porque, aunque les ponían un importe en su informe fiscal, al público se vendía más barato al incluir descuentos) y, en consecuencia, aunque tengan que aplicar un importe en concepto de ganancia patrimonial, será diferente al imputado por Amazon. Y suma y sigue.
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Enasua 02/04/25 09:57
Ha respondido al tema Consulta sobre IRPF: Transferencias por manutención
No, no son "rendimientos" a efectos de IRPF; en todo caso, dado que es una cantidad importante, la Comunidad Autónoma podría considerarlo donación y hacerle una liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Pero no afecta al IRPF.Ella no tiene que hacer IRPF y tú puedes incluir el 50% del mínimo por descendientes por ella sin problema (no el total, puesto que esas cantidades que ha dado el padre demuestran que existe dependencia económica respecto a él y, en consecuencia, él tiene derecho al otro 50% del mínimo).
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