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Participaciones del usuario Enasua

Enasua 03/04/25 15:57
Ha respondido al tema Trabajo mantendrá este año la prestación de desempleo aunque los parados no presenten la declaración de la renta
Sin retenciones, si haces la declaración te va a salir a pagar, probablemente. Pero, como no estás obligado, no la hagas tú y no tendrás que pagar nada.
Enasua 03/04/25 15:56
Ha respondido al tema Trabajo mantendrá este año la prestación de desempleo aunque los parados no presenten la declaración de la renta
Este año son 15,876. Si no llegas a eso, no hay obligación. Si, superando eso, el segundo pagador es inferior a 1.500 euros, tampoco.
Enasua 03/04/25 15:39
Ha respondido al tema Muchas dudas con Deducciones por alquiler siendo arrendador
1. Sí. Además, si tenéis certificados de eficiencia energética anterior y posterior a ese cambio de ventanas, es probable que podáis aplicar la deducción por mejora de la eficiencia energética.2. Sí: los materiales, siempre que tengáis facturas donde pueda comprobarse que se han destinado al piso de alquiler (si están emitidas a vuestro domicilio, por ejemplo, no os lo van a pasar). Los electrodomésticos, igualmente si podéis justificar que se instalaron allí, se deducen a través de la amortización de bienes muebles, al 10% anual; haceos un Excel para controlar lo que lleváis deducido.3. Las facturas de la obra, si son de 2023, deberéis aplicarlas en 2023: habrá que hacer una solicitud de rectificación de la declaración de ese ejercicio para incluirlas como gastos de capital inmobiliario. Como no hay ingresos ese año, el importe íntegro quedará para los 4 siguientes ejercicios (y ya, en la declaración de 2024, podrás poner "gastos de 2023 pendientes").4. Sí, pero esos gastos ya no son de reparaciones y conservación, así que ya no quedan pendientes para aplicarlos en 2024: reducirán la base imponible general de 2023.5. No; si, cuando se pagó la derrama, el piso no estaba alquilado, no es deducible.6. Lo hace el programa; cuando hagas la solicitud de rectificación del 23 ya lo verás.7. Sí, prorrateado todo. Mejor en días, te beneficia. También la amortización mobiliaria e inmobiliaria va prorrateada.8. Eso es antiguo, el Supremo tiró ese criterio hace años. La amortización, en caso de adquisición lucrativa, se calcula sobre el mayor de: el valor catastral de la construcción o el valor de adquisición de la construcción. Los valores catastrales total y de la construcción vienen en los datos fiscales. 
Enasua 03/04/25 15:23
Ha respondido al tema Declaración Renta 2024
Porque ya te devolvían todo lo retenido sin necesidad de aplicar las deducciones. 
Enasua 03/04/25 15:22
Ha respondido al tema Desgravar primera vivienda
En general, no. Pero hay autonomías que tienen deducciones por adquisición de vivienda. Revisa las deducciones autonómicas de la Comunidad de tu hijo, a ver si cumplen requisitos.
Enasua 03/04/25 15:20
Ha respondido al tema Venta piso - IRPF
Sí, la plusvalía es un gasto que reduce el valor de transmisión. Puedes hacer una solicitud de rectificación, si se trata de una venta declarada en años anteriores. Si es una venta de 2024, tienes que declarar la ganancia o pérdida patrimonial obtenida, y tendrás en cuenta el importe de ese impuesto municipal para calcularla.
Enasua 03/04/25 15:08
Ha respondido al tema Renta 2014 - Pias, Seguro vida y Hogar
Esa casilla tendrás que rellenarla cuando recuperes el plan de ahorro, si es que los rendimientos no están exentos. Mientras sólo hagas ingresos, no tienes que pagar impuestos por ello.No existe deducción alguna por hacer aportaciones a un PIAS.Respecto a los seguros... Si compraste tu vivienda antes de 2013 y estás aplicando la deducción por inversión en vivienda habitual por los pagos realizados a un préstamo contratado para financiar su importe de compra, puedes deducir la parte del seguro de hogar que cubre el riesgo de incendios. El resto del seguro de hogar, y el de vida, sólo son deducibles si, en la escritura del préstamo hipotecario, consta expresamente que su contratación es requisito sine qua non para que te concedan la hipoteca (ojo: si su contratación sólo es necesaria para que te den un tipo más reducido, no; tiene que ser requisito sin el que no se te concede hipoteca alguna).Si la compra es posterior a 2013, ya no existe está deducción.Pero revisa las deducciones autonómicas de tu Comunidad, a ver si hay alguna donde puedas deducir esos gastos.
Enasua 03/04/25 15:01
Ha respondido al tema Declaración de la renta No obligados (matrinonios), no deja presentarla
Puede ser un error, para mucho en los primeros días de campaña. Normalmente eso pasa porque sale a pagar, pero, saliendo a 0, debería permitirlo. Espera unas semanas a ver (tampoco es que corra prisa, no hay nada que cobrar).También puede ser que haya algo que incluir en la declaración y no se haya incluido (una transmisión de un inmueble, o de unas acciones, por ejemplo; o ingresos de alquileres, etc), pero no creo que la cosa vaya por ahí.
Enasua 03/04/25 14:49
Ha respondido al tema Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda
Los inmuebles son de su propiedad desde el día en que fallecieron sus padres: de acuerdo con no-sé-qué artículo del Código Civil, una vez aceptada la herencia los efectos de dicha aceptación se retrotraen a la fecha del fallecimiento del causante. Por tanto, las imputaciones inmobiliarias tienen que declararse desde el 1 de enero y, además, lo suyo, si son cantidades altas, es hacer complementarias de los ejercicios no prescritos para incluirlas antes de que regularice el fisco.El hijo 2 no tiene nada que declarar respecto a las ventas de los inmuebles del hijo 1.El hijo 1 tiene la obligación de declarar las transmisiones, tanto de la casa como del garaje, tenga una ganancia o una pérdida.El importe que le dieran a esos inmuebles en la escritura de 2024 no sirve para nada a nivel IRPF.Tanto de una venta como de la otra, hay dos fechas de adquisición (las de fallecimiento de cada uno de los padres) y dos valores de adquisición (los que constan en el ISD presentado en tiempo y forma tras el deceso de cada uno). A esas cantidades hay que sumarles los gastos derivados de la adquisición (el ISD que se pagara por hacerse propietario de ese concreto inmueble, más notario, Registro y demás pagado por la elevación a público, pero sólo el porcentaje correspondiente a ese inmueble), menos la amortización en caso de que, desde 2013, esa casa o ese garaje hayan estado alquilados. La fecha y el importe de venta lo tienes en la escritura, restan la plusvalía, la inmobiliaria, la factura por hacer el certificado de eficiencia energética..., y habrá que dividirlo a la mitad, para poner una parte en la ganancia o pérdida derivada de la transmisión del 50% del inmueble heredado por la muerte de la madre y, la otra, igual por la muerte del padre.
Enasua 03/04/25 09:43
Ha respondido al tema Deducción por hijos menores - Declaración de la Renta
Sal de esa pantalla (en la que consta lo de que tú hija forma parte de tu unidad familiar). Estarás en otra pantalla en la que aparece el nombre de tu hija en una línea y, al final de la misma, hay una X que, en teoría, deberías poder picar para eliminar a la descendiente.Si, aún así, no puedes, tienes que volver a empezar la confección de la declaración. Sal de Renta Web y, cuando vuelvas a entrar, di que quieres iniciar una nueva declaración. Entonces sí podrás, seguro, picar esa X para eliminar a la descendiente.No existe ninguna vinculación de "custodia completa del otro progenitor". Hay que eliminar la referencia al descendiente de forma completa.