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Participaciones del usuario Charly17 - Bolsa

Charly17 16/07/25 11:47
Ha respondido al tema Seguimiento y opiniones de Trade Republic
En post anteriores se enlazó entrevista en Youtube con el que entonces era responsable de TR en España y Portugal, para promocionar eso del IBAN español, aunque esta persona ya no está en TR a día de hoy que ha fichado por N26. Es esta entrevista:https://www.youtube.com/watch?v=bGemhYoNQ9IClave lo que verbaliza entre el minuto 10:06 y el 10:29:"Seguimos utilizando la estructura de los bancos asociados [...] Seguimos apalancándonos en J.P. Morgan [...]"Que, con otras palabras, dicho está también en la Nota de Prensa del pasado 5 de junio que sacaron por eso del IBAN español y disponible en:https://assets.traderepublic.com/assets/files/250605_TradeRepublic_PressRelease_SpainBranchLaunch_ES_ES.pdfUno de los párrafos: Ese "como..." viene seguido de 3 entidades, pero no son las únicas, no agotan la lista, pues también está, sigue estando, por ejemplo, Citibank Europe. Que se tenga un IBAN (virtual) español obliga a la entidad a cumplir con sus obligaciones ante el fisco español, como cualquier otra entidad cuyo IBAN (virtual o no) comience por ES**,  y por eso está obligada a practicar retenciones fiscales que deberá ingresar en forma y plazo ante Hacienda, aunque el dinero de los clientes españoles acabe en una, o repartido entre varias, cuentas ómnibus, como bien explica el artículo antes enlazado que se basa en el análisis del Contrato Marco con TR que incorporó ese Anexo 10 con motivo de esa pompa de jabón -en mi opinión- que es el IBAN español.Lo mismo pasa con las cuentas TR con IBAN francés, italiano y austríaco. El dinero de franceses, italianos y austríacos, junto con españoles, acaba mezclado en esas cuentas ómnibus que ninguna de ellas está en España. El a qué cuenta óminbus va, o entre qué cuentas se reparte, es decisión unilateral de TR que en el Contrato Marco viene así aceptado por el cliente. 
Charly17 15/07/25 17:15
Ha respondido al tema Seguimiento y opiniones de Trade Republic
Estás igual que yo, sin convertir y tampoco tengo previsto hacerlo pues -al igual que tú- tengo 0 en efectivo y nada con ellos en valores. A mí me había llegado email de TR el 05-jul donde me dicen que tengo de plazo hasta 10-ago para hacer la conversión ¿al catolicismo?¿A ti te llego ese email, con asunto " Acción requerida: Activa tu IBAN español ahora"? Caso sí, ¿cuándo te llegó y qué plazo te dan para poder seguir recibiendo intereses por tu saldo en efectivo?Y sí, sobre el artículo, yo también lo veo así. Eso del IBAN español no es más que un puente lleno de lucecitas de colores para que el dinero acabe donde estaba antes de ese "notición" del IBAN nacional que en realidad sería un IBAN virtual. Lo que llegue ahí saltará automáticamente a donde antes llegaba con IBAN alemán; acaba aterrizando en cuentas ómnibus.
Charly17 12/07/25 21:30
Ha respondido al tema Seguimiento y opiniones de Trade Republic
Un artículo, escrito hace menos de un mes, que me ha resultado muy interesante e ilustrativo: https://www.tuinterescompuesto.com/p/que-debes-saber-sobre-el-iban-espanolY el nuevo Contrato Marco, 148 páginas, que incorpora al final las 15 páginas del "Anexo 10 - Condiciones Aplicables en España" (págs. 134-148):https://assets.traderepublic.com/assets/files/CA_ES-en-es.pdf
Charly17 07/07/25 16:01
Ha respondido al tema Seguimiento y opiniones de Trade Republic
😆Ya, y no la aconsejo, además.Uno es un poco "gato" y ya sabes aquello de la curiosidad mató al gato, claro que como tienen 7 vidas... 🐈🐈🐈🐈🐈🐈🐈 😉
Charly17 07/07/25 15:53
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Yo tampoco me he cambiado, pero el pasado sábado 5-jul me han enviado este correo: Como me dan de plazo hasta 10-ago (1 mes y 5 días desde el envío de ese email), entiendo que los intereses devengados por los 31 días del mes de julio los seguirán pagando el 01-ago y se supone, o eso supongo yo, que si no me cambio (no lo haré, tengo a cero el saldo de efectivo hace meses, y ninguna inversión con ellos) antes de llegado el dies ad quem que me han dado, ni idea qué pasaría con los intereses devengados (caso saldo positivo en cta. efectivo) en el mes de agosto... ¿Abonarán intereses el 01-sep por el tramo de días 1 a 9 de agosto, ambos inclusive,  y desde el 10-ago sin remuneración? No descarto, ya por curiosidad, meter 21 € para que durante todo agosto tenga ese saldo y ver qué pasa el 01-sep, cuando liquiden el mes de agosto vencido. Con ese importe, por 9 días al 2% TIN serían 0,01€ de intereses, y por los 31 días de agosto serían 0,03 € (si desprecian o ignoran el 3º decimal) o 0,04 € (si redondean al alza a 2 decimales teniendo en cuenta que el tercer decimal sería mayor o igual a 5).En el peor de los escenarios (que no paguen nada tampoco por los 9 días, del 1-9 de agosto) habría tenido inmovilizados 21€ durante un mes, cuyo coste de oportunidad es insignificante.  Si lo llego a hacer, que no lo he decidido, ya comentaré qué decidieron hacer ellos. 
Charly17 26/06/25 22:47
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Pues nada, al día siguiente, pero dentro del chat, como continuación, leo esto: Y debajo un documento descargable, formato PDF, que (en naranja datos alterados) dice: Pues no, para mí no es un "certificado" (palabra que ni siquiera está escrita) de titularidad de una cuenta bancaria, sino una "Confirmación de relación", pero cariño, ¿de qué relación hablamos? Me resulta de chiste. Y, por supuesto, mi DNI no aparece en momento alguno.Mi nombre y apellidos sí, pero si fuesen MARÍA GARCÍA GARCÍA, pues sería -por ejemplo- Bárbara Rey, entre otras. A lo mejor tengo una relación sentimental con TR, que me están confirmado, y yo sin enterarme, sin corresponderla... 🙄Además, es FALSO que para abrir el documento tuviese que introducir el número asignado a mi cuenta de valores. Se abre sin requerimiento de clave alguna: Rascando, un suma y sigue. 
Charly17 23/06/25 19:12
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Yo no me pasé al IBAN español, y por eso preguntaba si a quienes os habíais pasado salía en la interfaz de la nueva App eso que llamamos "Certificado de Titularidad" si en realidad uno tuviese realmente una cuenta bancaria española a su exclusivo nombre. No obstante, esa ruta que sugerías también la tengo en mi App y avanzando por donde sugerías comenzar llegué a esto:Que ya concretan sería un documento (a saber cuál...) para confirmar relación con TR.  En fin, y hasta eso les parece merecer la categoría de "caso".  
Charly17 23/06/25 12:42
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Yo entiendo que sí a todo, a las 4 cuestiones planteadas pues aluden solo a la cuenta de efectivo, pues otra cosa sería la cartera de valores que se pudiera tener con ellos como bróker intermediario, que no depositante. Aprovecho para una consulta a quienes ya tenéis IBAN spanish. ¿Veis la opción ahora de poder generar un CERTIFICADO DE TITULARIDAD que acredite que sois el titular único de ese IBAN español? Es que con IBAN alemán ya sabemos que era una cuenta omnibus, cuya titularidad a efectos jurídicos jamás recaía en clientes de TR. 
Charly17 21/06/25 13:04
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Hoy me ha llegado el aviso para cambiar IBAN anunciando consecuencias si no lo hago antes de una fecha: Como es email de hoy, 21-jun, me dan plazo de 1m y 20d Como es email de hoy, 21-jun, me dan plazo de 1m y 20dY como estoy a 0,00 tanto en efectivo como en cartera de valores, voy a esperar a que se cumpla la fecha sin hacer nada a ver el nuevo mensaje que me llega.Lo que no me dicen es qué pasa o pasará con la tarjeta de débito física que tengo desde que me había hecho cliente en 2024...
Charly17 15/06/25 13:53
Ha respondido al tema Seguimiento y opiniones de Trade Republic
En en otro reciente vídeo de marketing puro y duro, hablando de eso de la "novedad" del IBAN español, el responsable de TR en Spain, el entrevistado por un youtuber, dice (minuto 9:34): "Entonces ahora pues oye, se pueden hacer transferencias eh normales e instantáneas a la cuenta de de TR con IBAN español y ya tienes pues tu dinero pues eeeh custodiadooooooo oooo nooo nonooo custodiado, pero lo tienes con la experiencia local" 🤦‍♂️ Y poco más adelante (minuto 10:06) "Seguimos utilizando la estructura de los bancos asociados. J.P. Morgan, Citibank* o Deutsche Bank siguen siendo los que en último lugar tienen el dinero, por, un tema de de decisión estratégica y operativa pues eeeh es como mejor funciona, ¿no?, para poder pasar el tipo de interés completo al cliente final pues eh seguimos apalancándonos en J.P. Morgan, Deutsche Bank y Citibank y ese interés se lo pasamos aaaa al cliente."* En su Nota de Prensa no hablaban de Citibank y sí de HSBC (un gigante, eso sí, Hongkong and Shanghai Banking Corporation).Minuto 10:52:"La operativa coooon acciones, ETFs, también se informa en... nnn no no hay retenciones pero lo verás también en tu declaración de la renta, pues que tienes las operaciones igual que si operases con un, con un bancoooo español o con una plataforma de inversión española"https://www.youtube.com/watch?v=bGemhYoNQ9IMe cuesta, y mucho, creerme esto último sin saber, pues no me consta al menos, en qué entidad van a estar DEPOSITADOS los títulos-valores que se compren por la App de TR.  Por ejemplo, son bróker españoles, entre otros, ING y MyInvestor y utilizan, respectivamente, a RENTA 4 BANCO, S.A. y BANCO INVERSIS, S.A. (ambos bancos españoles, con sede social en Madrid y con códigos bancarios 0083 y 0232, respectivamente) ¿Alguien sabe dónde van a estar depositados los títulos-valores adquiridos con TR como mediador? ¿Lo dicen en algún sitio? Es que por la nacionalidad de ese depositante, entiendo que si no es española, dudo mucho que tengan que volcar datos directos sobre ventas de títulos que se puedan ver en el borrador de datos fiscales, pero puedo estar equivocado.  ¿Y los dividendos? ¿Van a practicar, además de la retención en origen (15% caso Países Bajos) como en los casos Ferrovial o Airbus, junto con la siguiente retención adicional del 19% en España? La misma pregunta, que ya salió, con los cupones de bonos/obligaciones que podrían tener hasta doble retención (en origen -fuera de España si el emisor y pagador es foráneo- y en destino).  El vídeo, de fecha 5 de junio, día en que empezaron con el "temazo" IBAN español, más que despejar dudas, es para mí una fuente de interrogantes. Me encanta que el youtuber diga incluso que como no hay límite de remuneración en el saldo de efectivo, que se puede tener hasta 500.000 euros o 1.000.000 de euros, promocionándole el producto. Pero hombre de dios... nada ni nadie garantizará más allá de los 100.000.