En esta ocasión no estoy del todo de acuerdo contigo, pero sólo voy a hacer unas correcciones a los cálculos, que creo en parte no son correctos y en parte no son completos. No hago mayores valoraciones porque no quiero defender a ningún político, independientemente de su colorín.
Lo primero de todo la incorrección. No puedes aplicar el típo mínimo del 19% a todo ese mínimo personal y familiar de 19.150 euros (te comiste 50 euros, pero es lo de menos). Tienes que aplicar la escala al igual que con los ingresos. Hasta 12.450 euros el 19% y al resto de ese mínimo personal y familiar el 24%. Las reducciones en cuota con la propuesta de reforma son 4.165 euros en 2015 y 3.973,50 euros en 2016.
Cierto, en 2016 cifra inferior a la de 2014 (en 2015 podemos decir que son iguales). Pero el cálculo hay que hacerlo completo. Hay que poner ingresos a esa familia. Hago dos supuestos, el primero, sólo uno de los cónyuges obtiene unos rendimientos netos del trabajo de 60.000 euros y el segundo, rebajo esa cuantía a la mitad, 30.000 euros.
Con 60.000 euros:
2014) Resto los 2.652 euros de reducción por rendimientos del trabajo y los 3.400 euros de reducción por declaración conjunta, base liquidable 53.948 euros. La cuota que le corresponde es de 17.386,70 euros. La reducción de sus mínimos personales y familiares (los 4.160,72 euros que has calculado) supone un 23,93% sobre esa cuota.
2015 y 2016) Resto los 2.000 euros de otros gastos deducibles y los 3.400 euros de reducción por declaración conjunta, la base liquidable es 54.600 euros. La cuota que le corresponde es en 2015 16.739,50 euros (la reducción de los mínimos personales y familiares supone un 24,88%) y en 2016 15.903,50 euros (la reducción por mínimos personales y familiares supone un 24,99%).
Con 30.000 euros:
2014) Resto los 2.652 euros de reducción por rendimientos del trabajo y los 3.400 euros de reducción por declaración conjunta, base liquidable 23.948 euros. La cuota que le corresponde es de 6.254,76 euros. La reducción de sus mínimos personales y familiares supone un 66,52% sobre esa cuota.
2015 y 2016) Resto los 2.000 euros de otros gastos deducibles y los 3.400 euros de reducción por declaración conjunta, la base liquidable es 24.600 euros. La cuota que le corresponde es en 2015 5.791,50 euros (la reducción de los mínimos personales y familiares supone un 71,92%) y en 2016 5.545,50 euros (la reducción por mínimos personales y familiares supone un 71,65%).
En ningún momento he considerado, además, que, como son familia numerosa, desde 2015 tienen derecho a una deducción con posibilidad de pago anticipado de 1.200 euros anuales, deducción que supone incluso un impuesto negativo, igual que la deducción por maternidad.
Saludos.