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Participaciones del usuario al.rodrigo - Fiscalidad

al.rodrigo 09/03/16 17:50
Ha respondido al tema ¿Plan de pensiones tratado como rendimiento de capital?
No se puede descontextualizar una sola frase. El todo de la sentencia hace referencia a lo que debe de considerarse renta a la hora de tener derecho a percibir un subsidio. Si analizas esos requisitos (páginas 7 y 8) http://www.sepe.es/contenidos/que_es_el_sepe/publicaciones/pdf/pdf_prestaciones/folleto_sub_desemp_esp.pdf , por ejemplo, están diciendo que si tienes un fondo de inversión tienes que computar como renta un rendimiento presunto igual al interés legal del valor del fondo. ¿Es esto un vuelco a la tributación en IRPF? No. Porque no habla para nada de cómo hay que tributar el fondo de inversión, hablan de lo que se considera renta o no a los solos efectos de tener derecho o no a percibir el subisidio. Igual establece la sentencia. Lo que de un plan de pensiones debe de considerarse renta a los solos efectos de la percepción del subsidio, pero no entra para nada en qué es rendimiento a efectos del IRPF. Saludos.
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al.rodrigo 08/03/16 13:39
Ha respondido al tema ¿Plan de pensiones tratado como rendimiento de capital?
Contestando un poco a lo bruto, las sentencias lo que hacen es interpretar las Leyes. Cuando esas interpretaciones son reiterativas lo que hacen es sentar antecedentes en cómo debe interpretarse la Ley en situaciones idénticas. La sentencia a la que aludes interpreta solamente normas de lo social y normas sancionadoras, pero en ningún momento entra en la normativa fiscal. Como ya te han dicho anteriormente, interpreta lo que debe de considerarse renta o no debe de considerarse renta para el cumplimiento de los requisitos para cobrar un subsidio. Pero ni menciona que la tributación sea de una manera o de otra. Tributa en su totalidad la prestación, como rendimiento de trabajo. Saludos.
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al.rodrigo 05/10/15 11:56
Ha respondido al tema Rescate de Pension 2000 Caixa
Sin volvernos locos a hacernos números, te interesa rescatarlo todo en forma de capital. Tienes un rendimiento de capital mobiliario de 67.000 euros, pero aproximadamente (es aquí donde no hago los números, hay que tener en cuenta fechas exactas) tienes un 60% no sujeto a IRPF por aplicación de coeficientes de abatimiento, tributas sólo por unos 27.000 euros. La reconversión a PIAS no es posible en tu caso. Saludos.
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al.rodrigo 29/09/15 12:46
Ha respondido al tema Rescate de Pension 2000 Caixa
Tienes un rendimiento de capital mobiliario por diferencia entre el capital acumulado (el total a percibir en caso de rescate en forma de capital o el capital con el que se suscribe la renta en caso de optar por ésta) menos las primas pagadas. Sobre el rendimiento procedente de primas pagadas antes del 31.12.1994 tienes una parte de ese rendimiento no sujeta, pero probablemente sea una nimiedad. En el caso de optar por la renta vitalicia, además del rendimiento del primer párrafo, tendrás que tributar por esa renta. Anualmente tendrás que considerar un porcentaje de tu renta como rendimiento de capital mobiliario, porcentaje que depende de tu edad en el momento de constitución de la renta. Fiscalmente tienes una opción interesante, si cumples los requisitos para ello (en este caso, no haber aportado ningún año más de 8.000 euros y no haber aportado al seguro durante toda su vigencia más de 240.000 euros) y si te lo permiten las condiciones del seguro. Se trata de reconvertir tu seguro, en el momento de la prestación, en un PIAS. Percibirás una renta vitalicia que tendrás que tributar como indico en el segundo párrafo, pero el rendimiento señalado en el primer párrafo te queda exento. Saludos.
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al.rodrigo 10/07/15 12:19
Ha respondido al tema Nueva y única tarifa del IRPF 2015 ¿preparando las próximas elecciones generales?
No, como pronto vendrá publicado mañana. Según han anunciado se aprueba hoy en el Consejo de Ministros. Además del cambio de la tarifa parece que vendrán más novedades, entre las que se han filtrado dos nuevas exenciones: las ayudas públicas a las víctimas de violencia de género y las ayudas sociales de primera necesidad, ambas tributan (actualmente) como rendimientos de trabajo. Saludos.
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al.rodrigo 08/06/15 12:05
Ha respondido al tema Perceptores de pensiones del extranjero
Instrucciones para solicitar la condonación: http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Informacion_institucional/Campanias/Pensiones_extranjeras_IRPF/Solicitud_condonacion_Instrucciones_cumplimentacion.pdf Impreso para presentación en papel: http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Informacion_institucional/Campanias/Pensiones_extranjeras_IRPF/Solicitud_condonacion.pdf Saludos.
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al.rodrigo 05/05/15 19:42
Ha respondido al tema Retención acciones DAX
Además tienes que ir a tu broker o a la entidad en la que tengas depositadas tus acciones, en Alemania te están reteniendo de más, no están aplicándote el convenio. Debes de solicitar que ajusten tus retenciones. Lo que ya desconozco es si por los excesos retenidos hasta ahora puedes solicitar una devolución de ingresos indebidos. Saludos.
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