Ahh claro José Luis, es que no es lo mismo, a ti al ser una revisión de grado, es diferente, tú ya tienes una IP concedida, puedes volver a pedirla como bien han estado barajado tus abogados si reclamar o volver a pedirla, en mi situación no, en el de esta chica no lo sé, si es una IP o una revisión de grado. Si es una IP como en mi caso, el procedimiento es así, y si se pasan los plazos y no demandas, tienes que volver a empezar el proceso, con todo lo que ello implica, si has agotado el máximo de IT la baja no puede ser por el mismo motivo hasta pasado 6 meses, eso contando con que tengas contrato, si no tienes como es mi caso, que haces?
Y vaya tela, año y medio para atender una reclamación previa de revisión de grado, vamos que te puedes morir literalmente esperando una respuesta