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Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total

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Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total
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Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total
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#2806

Re: Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total

Bueno no sabes lo que te agradezco todo. 
En cuanto sepa lo que me " dan " lo comento por aquí para que sí hay casos análogos pueda valer de ejemplo. Aunque creo que cada inspector va a su bola. Yo fui sin paracaídas sin abogado y sin nada preparado estaba totalmente ida y quizás sin querer y sin pensarlo eso hizo que me viera no apta, pero en ese momento me importaban otras cosas y pasar el EVI fue como ir a la farmacia, no era muy consciente de nada. 
Por si vale de algo...
#2807

Re: Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total

Acabo de alucinar completamente, se ha cumplido exactamente todo lo que has dicho lo que te faltó fue hora y minuto, controlas muchísimo e imagino yo descubrir todo el penúltimo día gracias a ti. Sigo alucinando.
Pero surgen mil dudas, por cierto es absoluta  100%, pero no veo en ningún sitio si es revisable y la reserva de puesto de trabajo es básica, por otro lado me deben muchos atrasos por lo que creo que se debería recalcular la base un vez q me los abonen y son desde el 2022 .. q por supuesto tienen q cotizar. Sobre todo me preocupa lo de REVISABLE q según leí en la pg de la SS lo tiene que decir pero no sé dónde. Todo esto hizo olvidar mi enfermedad.
Debo coger un abogado, además dice efectos 15 De MARZO Y LA IT QUE ME PAGARON SE RESTA O CÓMO QUEDA ??????INGRESO LUNES Y ES UNA OPERACIÓN IMPORTANTE (2 ) ESTARÉ DÍAS APAGADA... SÉ QUE HAY PLAZOS, perdón por las mayúsculas pero me cuesta escribir. Jo mil gracias por todo. En especial a José Luis 54 y a esta página. 
 
#2808

Re: Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total

Gabriela, si te han dado la absoluta es porque ellos lo consideran así debido a tus enfermedades y secuelas, aquí no regalan nada.
Cómo te he comentado antes la fecha de posible revisión, limitaciones, reserva de puesto de trabajo etc solo viene en la resolución y yo creo que hasta el Lunes o más probablemente el martes no la tendrás colgada en notificaciones telemáticas.
Mañana podrás ver donde hoy ves lo de los puntos el importe que te corresponde de atrasos y cuál va a ser tu pensión mensual .
Si has cobrado menos de IT desde esa fecha de marzo que de IPA esa diferencia te la pagan en atrasos, si es al revés no tienes que devolver nada.
Tu vas a cobrar en atrasos desde el 15 de marzo hasta el 31 de agosto y ya septiembre lo cobraras normal, sobre el 25.
El primer pago de los atrasos es muy irregular, quizás te llega a finales de este mes que a primeros de septiembre. No hay una regla escrita para ese tema 

Lo de la hora y minutos es imposible 😃😃, ya que lo dejan programado. Estoy seguro que no hay nadie trabajando ahora mismo.

#2809

Re: Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total

Ya lo creo lo mejor es estar bien eso lo vale todo, de esto no entendía nada y como fue de oficio y estaba a curarme q ya bastante duro es, de lo otro me olvidé era el Inss así q yo ni me planteaba nada. Ahora empiezo a entender, los 8 puntos.
Buenos suerte a los que estáis así a la espera y que sea rápido como lo mío lo que es no saber. Gracias siempre me acordaré de esta página. Y de José Luis 54. 
Me falta lo de los atrasos de la empresa que están aprobados así que tengo que buscar quien recalcule la BR no tengo la culpa de que no los hayan pagado. 
#2810

Re: Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total

Es complicado lo de la base reguladora, solo decirte que se cogen la base reguladora desde el día antes de la baja, quiero decir que si fue en marzo de 2023 el comienzo de la baja, cogen los meses anteriores, febrero 2023, enero 2023, diciembre 2022....(años o lo que necesiten) para calcular la incapacidad, si los atrasos son de la baja no contarán para la base reguladora de la incapacidad.

Un saludo a todos.
#2811

Re: Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total

Muchas gracias pero me deben 2022 y 2023 entiendo que podré pedir que recalculen, eso sí cuando me lo paguen q a este paso ...gracias.
Yo pensaba que se miraba justo antes de los 18 meses de baja ... Estos no por no cotizar pero ya veo q es antes de la baja. Siempre se aprende mucho, sobre todo preguntando, me quedó claro... Aún por encima me coge con una reducción por hijo menor, del 12'5%... Nunca pensé en la incapacidad de verdad bueno y la reducción no me quedaba otra, aunque vi que pagan un complemento por la brecha de genero de 30 y algo por hijo.. algo es algo.
#2812

Re: Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total

Hola Gabriela, una pregunta ahora que estoy repasando los mensajes. Tu baja es por enfermedad común o accidente laboral o accidente profesional? Es que según sea el motivo el cálculo de la base reguladora se hace de manera diferente y se coge como fechas para calcularlo perdidos de finalización diferentes.
Un saludo 
#2813

Re: Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total

Enfermedad común 
Hola.
#2814

Re: Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total

Perdona por la indiscreción, y la edad?
#2815

Re: Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total

De todas formas me recomiendas que revise con un abogado, sobre todo los atrasos y que la SS haya complementado por mi el 100% por la reducción de hijo a cargo que se ser así no pierdo tanto ( hay derecho a complemento del 100% pero solo para incapacidad muerte y supervivencia y jubilación)
#2816

Re: Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total

Tengo 50 sin ningún problema no te preocupes.
#2817

Re: Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total

Y 25 cotizados.
#2819

Re: Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total

Vale 😃😃, pues tu base reguladora para una de 50 años por enfermedad común y que lleva más de 18 meses de baja de calcula así:
Cómo a los 18 meses dejan de cotizar por ti, tu base reguladora se calcula desde el día que dejaron de cotizar por ti, siete años y medio para atrás. 
Por ejemplo, si fue en febrero del 2024 sería desde septiembre del 2016 hasta febrero del 2024, los dos últimos años (marzo 2022 a febrero 2024) no se revalorizan y desde septiembre del 2016 a febrero del 2022 se revalorizan los meses con el IPC intermensual.
A las suma de las bases reguladoras que te salgan de estos 90 meses hay que dividir entre 105 por el prorrateo de las pagas extras.
Así se obtiene la base reguladora en tu caso y cobrarías el 100% de lo que te salga más los complementos que dices que puedas tener.
Cómo ves no es facil